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jueves, 25 de septiembre de 2014

La delincuente Clarissa Antonini tiene otra causa penal.

Acusados: Juez de garantías Julián Busteros, los Fiscales en lo Criminal de la Provincia, el Dr. Darío Provisionato, Olszaniecki y la Antonini y la Polícia  Acusados de homicidio en grado de tentativa  y de encubrimiento.

PRESENTADA EN OFICINA DE DENUNCIA HOY 25.09.2014


FORMULA DENUNCIA
 Señor Juez:

                                            JUAN RICARDO MUSSA, D.N.I. Nro. 4.705.745, por derecho propio, Celular 011-5660-7025, con domicilio real en la Av. PTE. Quintana nº 26, Piso 3°, Depto. nº “7” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el patrocinio letrado del Dra. MARIA ROSA RUBINO, abogada inscripta al To. XXI Fo. 358 del C.A.S.I., IVA responsable inscripta, C.U.I.T. Nº 27 -14.857.984-7 .Legajo de la Caja de Previsión de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, constituyendo ambos domicilio en la calle Alvear 498 de esta Ciudad, me presento ante V.S. y respetuosamente digo:

 I. OBJETO:

Que vengo a interponer formal denuncia  los fines de impulsar el proceso penal, al proporcionar elementos de convicción, argumentar sobre ellos los delitos cometidos en la presente actuación son los de tentativa de homicidio (arts. 42 y 79 C.P.), daño (183 C.P.) con Premeditación y Alevosía, Asociación Ilícita (Art. 210 bis C.P.)., Violación a la Ley de Flagrancia así como también  se investigue la comisión de los delitos de Incumplimiento de los Deberes de Funcionario denuncia a fin de que Público (Art. 246 y 247), por parte del  Juez de Garantías Dr. Julián Busteros,  el  Fiscal en lo Criminal de la Provincia, el Dr. Darío Provisionato,  al 2do. Jefe de la Distrital de Florencio Varela, Comisario Fernández y Otros. Y extiendo por Encubrimiento  la presente denuncia porque siempre han mantenido bajo 7 llaves para que nada de este hecho se descubra, en los presentes expedientes, Caratulado "MUSSA, Juan Ricardo s/ Lesiones", Expediente Nro.     I.I.P. N° 13-02-8374-10, el expediente caratulado "FERNANDEZ, JAVIER, s/ Lesiones", Expediente Nro. I.I.P. N° 13-02-8272-10 y el expediente caratulado "MUSSA, JUAN RICARDO S/ USURPACIÓN", Expediente Nro. I.I.P. N° 13-02-8300-10, V.S., a las Fiscales: Dra. Gisela Olszaniecki y la Dra. Clarissa Antonini, me dijeron en la Procuración, que al dilucidar los presentes expedientes habría serios problemas para los funcionarios, “…porque nunca debían las autoridades haberlo mandado a liberar su propiedad, es un caso para un grave Jury”.

 II.-HECHOS DENUNCIADOS:

                        A fin de dar precisión a la cuestión de hecho sobre la que girará la presente ampliación de denuncia es que deberé puntualizar algunas cuestiones de suma relevancia.

Cuándo había denunciado la usurpación de mi propiedad, había notado de parte de la Autoridades una atención que me hacía sentir un Ciudadano satisfecho, porque todo estaba encaminado a la recuperación de mi casa, que la misma Autoridades que desde la Jefatura Departamental, a cargo del Comisario Fernández 2do. Jefe Distrital y el  Fiscal en lo Criminal de la Provincia, el Dr. Provisionatotelefónicamente se comunicaban con el Intendente Pereyra y el Juez de Garantías, me decían que me quedará tranquilo que en minutos iba a ocurrir, el desalojo de mi predio y que esto iba a ocurrir el próximo viernes 27 de agosto de 2010.

Me dijeron que además que me darían custodia policial para que no tuviera problema alguno. En su consecuencia, el cual me dijo que al no tener nada por escrito, no podía darme escolta policial.  Cuándo me facilitó la custodia de dos policías de uniforme y con armas, correspondientes a la dotación de la Comisaría 3ra. Dándoles las correspondientes instrucciones. Creí entonces que las mismas se referían a proteger mi vida de cualquier agresión que pudiera sufrir, pero DEBO AFIRMAR QUE ME SIENTO COMO UN CORDERO MANDADO AL MATADERO.

Ya con el auto Policial de custodia, nos dirigimos a mí al predio, en el camino me encuentro con el Sr. Carlos Tassara Gerente de Armadaja y el Ex Presidente de Armadaja, Sr. Ramón Galarza, les digo que voy para el Predio con la Policía, me preguntan si los llevo para allá les digo que suban, pero a unas dos cuadras que ellos habían subido a mi auto, se acercan los Policías Martin Pablo Rigo DNI 24.910.685 y Luis Arenillas DNI 28.747.698, me comentan que era mejor que se bajarán del auto, no entendí el planteo, pero después del atentado era claro para evitar testigos de lo que me iba a ocurrir, la impunidad que lograron estos delincuentes, que solo lo pueden hacer con el apoyo de las Autoridades Políticas del Distrito, el Juez de Garantías, la Fiscalía y la Policía, como sabían que iba al predio? quién les informo?, la escena estada toda premeditada, como lo dijo el testigo Javier Fernández   Porque la Policía no tomo los recaudo de protegerme y esta es la 2º vez que me dejan a la merced de estos asesinos y no en mi propiedad que solo estaban 2 policías y varios vecinos, no Señor Fiscal de Cámara Dr. Dragui, esto lo hicieron frente al edificio de la U.F.I DE FLORENCIO VARELA,  Ahora entiendo que sus intenciones eran nuevamente ésas es decir obtener mi muerte.


Al día de la fecha si no me desasna el Funcionario de la Procuración, nunca había entendido porque Dr. Darío Provisionato había dejado mi expediente o cuál fue el motivo, pero ahora sé que fue partícipe necesario del atentado que sufrí.

Pero el medio para darme muerte, y perfectamente idóneo, tal como estaban las costas, no me cabe duda, que la gente que había tomado la planta y a la que hago referencia UT supra, atestiguarían respecto de dicho accidente. Ignoro la actitud que hubiera asumido el personal policial que supuestamente protegían mi vida y mi integridad física.


 III,-SOLICITO LA INMEDIATA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA VIGENTE.

Considero que, de ninguna manera, al haber sido víctima de un delito en contra de mi vida, puedo verme perjudicado por complicidad del Poder Político, del Poder Judicial y de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.


IV-. Medidas de Pruebas:

1).- Solicito se cite a prestar declaración testimonial a los Señores  Jonatan Knaper, Luis Alberto Morochi (D.N.I. n° 92.994.801), Juan Ramón Vargas (D.N.I. n° 23.599.253), Demetrio Martires Vargas (D.N.I. n° 21.347.671), Arnaldo Andrés González (D.N.I. n° 26.580.975), Juan Domínguez (D.N.I. n° 11.202.555), Hernán Gabriel Vega (D.N.I. n° 29.782.362), , Javier Rolando Fernández (D.N.I. n° 28.649.540), Ezequiel Fernández, Sebastián Fernández, Ismael Cano (D.N.I. n° 16.207.725).

a).- Solicito a V.S. como prueba por los delitos cometidos, ad efectum videndi a los aquí denunciados, se saquen copias certificadas a los presentes expedientes: Caratulado "MUSSA, Juan Ricardo s/ Lesiones", Expediente Nro.             I.I.P. N° 13-02-8374-10, el expediente caratulado "FERNANDEZ, JAVIER, s/ Lesiones",Expediente Nro. I.I.P. N° 13-02-8272-10 y el expediente caratulado "MUSSA, JUAN RICARDO S/ USURPACIÓN", así como también las iniciadas que se suceden en la presente solicitud de medidas de pruebas.

b) Adjunto copias de las declaraciones del Policía Luis Arenillas, donde dice: “…Que preguntado de si alguna de esas piedras le impacto al cuerpo del señor Mussa manifiesta que ninguna”.

c) Adjunto copias de las declaraciones de los Policías Martin Pablo Rigo.

d).- Adjunto copia del Resumen de Atención del Sanatorio Mater Dei, motivo de atención “traumatismo por enfrentamiento callejero”, se hicieron 10 placas con contusiones en el cráneo, codo, muñeca, fémur, rodilla, tobillo, pie y tórax, habla a las claras que me quisieron matar.

e).- Adjunto copias de la Denuncia formalizada en la Fiscalía General de Cámara a cargo del Dr. Luis Martin Dragui de fecha 22 de septiembre de 2010.


f).- Adjunto copias de la ampliación de  Denuncia en la causa Nº 098/10 formalizada en la Fiscalía General  de Cámara a cargo del Dr. Luis Martin Dragui de fecha 28 de septiembre de 2010.

g).- Adjunto copias de la Denuncia formalizada en la Fiscalía General
de Cámara a cargo del Dr. Luis Martin Dragui de fecha 23 de noviembre de 2010.

h).- Adjunto copias de la Denuncia formalizada en la Fiscalía General, expediente Nro. IPP 23.393/2010 Dr. Rivas.

i).- Adjunto copia de la denuncia contra Dra. Clarissa Antonini, ante la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia, con fecha 16 de septiembre de 2014.

En la sospecha de que la actuación de los Señores  Dr. Julián Busteros,   Dr. Darío Provisionato, Comisario Fernández, Dra. Gisela Olszaniecki y la Dra. Clarissa Antonini, pueden resultar alcanzados por las disposiciones del Código Penal, se formula la presente denuncia y se solicita a V.S., se inste la pertinente investigación.

 V.-PETITORIO-.

         a) Se tenga por constituido el domicilio, por  formulada la presente denuncia y se inicie el trámite judicial correspondiente;

            b) Se me autorice a constituirme como parte PARTICULAR DANMIFICADO de manera oportuna.
            c) Se dispongan las medidas de prueba pertinente, pendiente, a investigar en relación al hecho denunciado, citándose oportunamente a los presuntos involucrados, y adoptándose a su respecto los recaudos procesales que impidan que eludan el accionar de la justicia o que entorpezcan la investigación.
  
            Tener presente lo expuesto y proveer de Conformidad, 
          Se Afianzara la Justicia

martes, 15 de noviembre de 2011

Taringa entró en el estado nirvanico de wawanco.



En el día de hoy la Cámara del Crimen, aseguró el procesamiento de los tres administradores del sitio web Taringa!. Dicha decisión estuvo basada en el hecho de que la página publicaba contenidos de libros sin previa autorización de los autores. 
En este sentido, el Tribunal considera que Alberto Nakayama, y los hermanos Matías y Hernán Botbol, habrían violado la ley de Propiedad Intelectual al menos 12 veces al subir obras literarias a internet.
Marcelo Lucini y Mario Filozof integrantes de la Cámara, sostienen que los procesados estaban a cargo de una firma y que contrataron el servicio de hosting del portal Taringa!, con el fin de “ofrecer a usuarios anónimos la posibilidad de compartir y descargar gratuitamente archivos cuyo contenido no está autorizado para publicar por el autor”
Los administradores procesados avalaron la “reproducción ilícita del material que se pública” según el fallo dado a conocer. Mientras que los acusados manifestaron en su descargo que  ”las obras literarias no están almacenadas en la página, sino en el sitio rapidshare, cuyos servidores están localizados fuera del territorio nacional, por lo que no puede aplicarse al caso la ley penal argentina”
Ante estos dichos, los jueces de la Sala VI recordaron ”más allá de que los links desde los cuales se habrían descargado las obras reproducidas ilegalmente (rapidshare.com, 4shared.com y mediafire.com) están efectivamente fuera del país, los del dominio taringa.net desde donde se ofrecía su descarga (kui.wiroos.com.ar y lanark.wiroos.com) y cuyos titulares serían los imputados, registran domicilio en la República Argentina”
“Se comprobó que las obras fueron reproducidas indebidamente al colgarlas en una página web sin los permisos pertinentes, por los usuarios y a la cual Taringa! redireccionaba la búsqueda de terceros no identificados”, concluyeron los magistrados.

martes, 4 de enero de 2011

Temen por la seguridad de Duhalde.

Duhalde advierte que podría ser víctima de agresiones


El ex presidente dijo que “cualquier loco” podría pegarle con un palo “por la cabeza”. “No me gusta nada la forma cómo se maneja el Gobierno”, apuntó. Además, criticó la toma de tierras y reclamó que se “respete la propiedad pública y privada”.
El ex presidente Eduardo Duhalde aseguró que debido las reiteradas acusaciones que recibe por parte del oficialismo “cualquier “loco podría pegarle “con un palo en la cabeza” si lo ven “caminando por la calle”.

“No quiero saber nada con la forma con la que se manejan desde el Gobierno nacional, con esta agresión permanente. Lo que hacen conmigo es una agresión, diga que hay poco loco que le cree porque, sino, cuando me vean caminando por la calle me pegan con un palo en la cabeza”, señaló Duhalde en declaraciones a Radio 10.

Por otro lado, se mostró en contra de las tomas de terrenos y remarcó que el “Gobierno tiene que dar seguridad de que va a cumplir con la obligación constitucional de hacer respetar la propiedad pública y privada”.