martes, 31 de julio de 2012

El Congreso interpela a Hortel.


Piden que el jefe del Servicio Penitenciario dé explicaciones en el Congreso sobre las salidas de presos a actos políticos


política

El diputado nacional y vicepresidente de la Comisión de Seguridad Interior de la HCDN, Miguel Bazze (UCR Buenos Aires), presentó un proyecto por el cual cita a dicha comisión al titular del Servicio Penitenciario Nacional, Víctor Hortel, para que “informe de sobre el régimen de salidas de ciudadanos privados de su libertad alojados en las cárceles de ese servicio, sobre las posibles excepciones de las que habrían sido beneficiarios algunos de los internos y sobre la existencia de una agrupación política vinculada con las mencionadas excepciones”.

En los fundamentos, Bazze aseguró que “la posible existencia de irregularidades de la naturaleza que han tomado estado público a partir de la supuesta existencia de una agrupación política que habría logrado conceder salidas especiales a personas privadas de su libertad, es de una gravedad tal que no admite otra posibilidad que no sea que esta Cámara se aboque a trabajar en la más exhaustiva investigación a fin de llegar inmediatamente al esclarecimiento de esa situación”.

“La falta seguridad es una innegable realidad en toda la Nación y es sin duda un problema complejo de difícil solución, en consecuencia el Estado debe actuar con la mayor seriedad”, indicó Bazze y agregó que “será más grave aún si se permite la existencia de hechos de semejante nivel de irresponsabilidad y de desconocimiento de las leyes que de comprobarse, sin duda denotan la existencia de una conducta autoritaria de parte de sus responsables”.

Victor Hortel recibió ayuda del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 20 para sus disparates "militantes".


Comunicado del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 20 de la Capital sobre la situación de Eduardo Vásquez

 
Buenos Aires, 31 de julio de 2012.-
Al Señora Directora del Centro de Información Judicial - Corte Suprema
de Justicia de la Nación.
Dra. María BOURDIN.
S / D
Tenemos el agrado de dirigirnos a la Señora Directora en nuestro carácter de integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 20 de Capital Federal, en el contexto de la causa Nro. 3562 seguida a Eduardo Arturo Vásquez en orden al delito de homicidio calificado por el vínculo, a fin de solicitarle tenga a bien dar a publicidad la información que se vuelca en el presente, con el objeto de encauzar y dar respuesta a los reclamos sociales y periodísticos vinculados a las actividades intra y extramuros desarrolladas por el encausado desde el mes de noviembre de 2011.
A esos fines, se hace saber que con motivo de solicitudes efectuadas por las autoridades del Servicio Penitenciario Federal que se detallarán infra, este Tribunal autorizó el traslado de Eduardo Vásquez a efectos de su participación en distintos eventos culturales.
En el primero de ellos, con motivo de las actividades culturales mencionadas en el Memorando 573/11 de la Dirección Nacional del Régimen Correccional del Servicio Penitenciario Federal y a partir del informe confeccionado por la División Educación de Complejo Penitenciario Federal Nro. 1 (Ezeiza) y requerido por el Jefe del Departamento Judicial de dicho centro carcelario mediante nota 7038/2011, se autorizó la participación de Vásquez en el evento cultural a realizarse por la agrupación “Vatayón Militante”, en el local “El Argentinazo” sito en Av. Corrientes 6257 de esta ciudad, el 25 de noviembre de 2011, quedando bajo exclusiva responsabilidad del Director del mencionado Complejo el mantenimiento de la seguridad y custodia del nombrado, debiendo reintegrar al mismo a su lugar de alojamiento una vez finalizado el evento.
El segundo traslado, vinculado a la participación de Vásquez, el 13 de enero de 2012, en el encuentro de talleres de extensión cultural a desarrollarse junto con la agrupación “Vatayón Militante” en el Complejo Penitenciario Federal Nro. II (Marcos Paz), fue autorizado por el Tribunal de Feria Nro. 3. La solicitud obedeció al requerimiento formulado mediante Nota 530/12 de la Dirección de Judicial (Dirección de Secretaría) del Servicio Penitenciario Federal (S.P.F.) en cumplimiento de las directivas impartidas mediante Memorando 35/11 de la Dirección Nacional del Régimen Correccional.
El tercer traslado, autorizado por éste Tribunal con motivo del requerimiento efectuado mediante Nota Nro. 806/2012 del Departamento Judicial del C.P.F. I (vinculada al Memorando 20/2012 de la Dirección Principal de Trato y  Tratamiento del S.P.F.), fue para que Eduardo Vásquez, como integrante del grupo musical de su unidad de alojamiento, participara el 6 de junio de 2012 del evento realizado en el Complejo Penitenciario Federal IV con motivo del 34º aniversario de ese establecimiento, el 1º aniversario del Centro de Rehabilitación para  Drogadependientes “Beata Madre Teresa de Calcuta” y el 17º aniversario del inicio de actividades del C.R.D.
La cuarta remisión, también autorizada por éste órgano colegiado, con motivo de la Nota 5603/2012 del Departamento Judicial del C.P.F. I, fue para que Vásquez fuera trasladado, el 24 de junio de 2012, a la Academia Superior de Estudios Penitenciarios “Roberto Pettinato”, para participar en la "29 Feria de Trabajo, Arte y Cultura" impulsada y promovida por la Dirección General de Régimen Correccional y el Ente de Cooperación Técnica y Financiera. Resulta de obviedad reiterar que quedó bajo exclusiva responsabilidad del Director del mencionado Complejo el mantenimiento de la seguridad y custodia del nombrado, debiendo reintegrarse al mismo, a su lugar de alojamiento, una vez finalizado el evento.
Finalmente, con motivo de Nota (sin número) del Departamento Judicial del C.P.F. I y de la Nota 10.683 de la Dirección de Judicial del S.P.F. (que refiere a la Resolución Nro. 1127/12 de la Dirección Nacional del Régimen Correccional) se autorizó el traslado del encartado, el 29 de junio de 2012, al Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para participar en el “Festival de Rock” a realizarse en dicho establecimiento.
Cabe señalar que la información vertida es reflejo de lo tramitado en el Legajo de Personalidad de Eduardo Arturo Vásquez; y que dicho expediente, como así también la totalidad de la causa Nro. 3562, ha estado a disposición de las partes desde el ingreso del sumario a éste Tribunal, que tuviera lugar el 28 de abril de 2011.-
Por último, se pone en vuestro conocimiento que lo acontecido con el referido Vásquez se encuentra dentro de los cánones de tratamiento de las personas privadas de su libertad, en los términos de la ley 24.660 y que el referido registra conducta ejemplar (10) en los últimos tres trimestres calificados.
Saludamos a la Sra. Directora con distinguida consideración.

Patricia G. Mallo (juez de Cámara)
Pablo G. Laufer (juez de Cámara)
Luis Fernando Niño (juez de Cámara)
Ricardo Santiago Lombardo (secretario de Cámara)

jueves, 26 de julio de 2012

Las reformas al Código Civil y Comercial de la Nación, que pronto serán debatidas en el Congreso.


Los chicos y el nuevo Código Civil: los cambios que se vienen

Las modificaciones serán debatidas en las próximas semanas
Las reformas al Código Civil y Comercial de la Nación, que pronto serán debatidas en el Congreso, plantean cambios estructurales en el proceso de adopción que buscan, sobre todo, acortar los tiempos de espera, uno de los puntos más cuestionados del sistema actual.
Pero ese no es el único cambio que traerá a la vida de millones de chicos y chicas el nuevo Código Civil, en el que vienen trabajando desde hace años expertos y jueces de todo el país. Según explica el propio Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte Suprema de Justicia y quien encabezó la comisión de reforma, el nuevo texto pone énfasis en la protección de los niños "conforme a la convención internacional de derechos con numerosas consecuencias prácticas”, y facilita la adopción ampliando las personas que pueden hacerlo "acelerando los trámites y dando una serie de seguridades para evitar abusos con los niños", al tiempo que "se reconoce el verdadero rol de los jóvenes y su autonomía progresiva".
La adopción, un gran avance
Con respecto a la adopción, en el texto propuesto sesimplifican los trámites para obtener la custodia legal de los niños pero no disminuyen las condiciones que deben cumplir quienes quieran adoptar. Se incluye la figura de niños en “situación de adoptabilidad”, esto es, niños que continúen en situación de desamparo tras seis meses de trabajo social con la familia biológica.
Esta noción de “adoptabilidad” permite limitar a 60, 90 o 180 días lo que ahora puede llevar, al menos, un año.
En el Código que se proyecta “queda prohibida expresamente la entrega directa en guarda de niños, niñas y adolescentes mediante escritura pública o acto administrativo”, es decir, la guarda provisoria con la sola intervención de escribano. Y “la declaración judicial de la situación de adoptabilidad no puede ser dictada si algún familiar o referente afectivo del niño o niña ofrece asumir su guarda o tutela y tal pedido es considerado adecuado al interés de éste”.
Según María Elena Naddeo, presidenta de la Comisión Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud de la Legislatura porteña, se busca “evitar la cronicidad de niños, niñas y adolescentes en los hogares convivenciales o lugares de abrigo, cuando están separados de su grupo familiar”. En la actualidad, “el organismo administrativo adopta una medida excepcional por un máximo de 90 días, con posibilidades de prórrogas, a fin de lograr la recuperación de los vínculos con la familia de origen cuando no hubiere situación de abuso o maltrato comprobado”, explicó.
Con ella coincide Beatriz Gelman, psicóloga y también titular de Adoptare, para quien “por lo general, los trámites suelen ser extensos y, sólo en casos excepcionales (aquellos que involucran a chicos más grandes o con alguna discapacidad), se logra facilitar el proceso”.
Por su lado, la asesora general tutelar de la Ciudad de Buenos Aires, Laura Musa, aseguró que "en la discusión sobre adopción, uno de los temas del anteproyecto del Código Civil, tenemos que hablar del origen de los chicos" porque "hay que cambiar la idea de que los niños pobres están disponibles para ser pasados a las clases medias como si fueran objetos"."En el imaginario existe la idea de que hay un montón de chicos pobres disponibles para ser adoptados. La deconstrucción de este discurso cuesta mucho, porque quienes lo promueven tienen recursos y tienen medios de comunicación", señaló la abogada en el marco del debate sobre adopción, uno de los temas que serán reformados en el Código Civil.
Para la especialista, “existe una presión por forzar que los chicos que están en situación de vulnerabilidad social sean para la adopción” y entendió que "más allá de los tiempos jurídicos, hoy es complicado adoptar porque no hay gran cantidad de niños huérfanos. Y no es obligación del Estado proveer de niños a las personas que no pueden tener chicos".
Emilio García Méndez, presidente de la Fundación Sur Argentina, explicó que esta situación se da en la Argentina "porque las políticas sociales funcionan. Entonces hay menos familias que llegan a la instancia de tener que entregar a sus hijos en adopción”.“La paradoja en la adopción es que el tema más importante no está en la adopción en sí, sino antes, en los procesos jurídicos, que llevan a los chicos a estar en estado de adoptabilidad”, aseguró García Méndez.
Los casos excpecionales que ocurren en la realidad 
Pero, más allá de que se coincide en lo positivo de los cambios por venir, hay expertos, en infancia y derecho, que hablan de casos específicos que deberían tenerse en cuenta. Uno de ellos es Alejandro Molina, ex juez y abogado dedicado a atender cuestiones de familia, niñez y adolescencia, para quien "hay una realidad natural que nos lleva a encontrarnos con casos especiales en los que los niños son confiados por sus progenitores al cuidado de personas de su amistad o confianza y finalmente comprenden que no se harán cargo de ellos, aceptando que sean adoptados por esos guardadores "de hecho" o delegados del ejercicio de la autoridad parental, que el proyecto, como decimos más arriba, designa como responsabilidad parental". Y agrega: "más aun, si la entrega directa ha generado un vínculo satisfactorio entre el niño y sus guardadores de hecho, estimamos decisivo el mismo por encima del vínculo entre progenitores y adoptantes porque lo que está de por medio es el interés superior del niño y este interés queda configurado en la vinculación de referencia" (ver aparte).
A su vez, Marisa Russomando, psicóloga, directora de Espacio La Cigüeña, sostuvo que la actualización del texto traerá una nueva idea de familia en un sentido más amplio y actual. "El concepto que tenemos de ella está cambiando, pero no se agota ni se pierde. Lo que se busca en cada nueva manera de construirla es el deseo de vínculo, ya sea en las familias monoparentales, ensambladas o conformadas por homosexuales, entre otras variables", puntualizó.

El derecho a conocer el origen 
Las personas adoptadas tendrán garantizado “el derecho a conocer los orígenes”. Se trata del derecho a “acceder al expediente judicial en el que se tramitó su adopción, y demás información que conste en registros judiciales o administrativos”. Si la persona es menor de edad, el juez “debe disponer la intervención del equipo técnico del tribunal, del registro de adoptantes correspondiente o de los equipos interdisciplinarios de mediación”. La familia adoptiva “puede solicitar asesoramiento a esos organismos”. Cada expediente debe tener “la mayor cantidad posible de información” acerca del origen de la persona que fue adoptada. Quienes adopten “deben comprometerse expresamente a hacer conocer sus orígenes al adoptado”.
El apellido de los bebés, un cambio notorio
El nuevo Código propuesto también abre el debate sobre el apellido de los bebés porque establece que los padres podrán poner a sus hijos el apellido de uno u otro, o ambos, en cualquier orden. Se estima que la reforma podría ser aprobada este año y entraría en vigencia a mediados de 2013.
Cuando esto suceda, una persona nacida de una pareja llevará el apellido de alguno de los integrantes de esa pareja. La decisión de cuál será corresponde a los cónyuges: es una decisión igualitaria voluntaria en una convención privada (entre el padre y madre de ese niño) en que cualquier apellido puede ir primero . Si no fuese posible llegar a un acuerdo, “ se determina por sorteo realizado en el Registro de las Personas”. Es opcional agregar el segundo apellido y pasado el tiempo, una vez que el interesado demuestre “edad y madurez” suficientes, “se puede agregar el apellido” que había quedado excluido inicialmente.
El anteproyecto confirma, además, que todos los hijos de un mismo matrimonio deben llevar el mismo apellido que el primogénito, para evitar que haya diferencias de apellidos incluso entre hermanos de padre y madre. Por otra parte, “el hijo extramatrimonial con un solo vínculo filial” llevará el apellido “de ese progenitor”.

El progenitor afín, acorde a los nuevos tiempos
Por otro lado, el nuevo proyecto de Código Civil y Comercial establece la figura del “progenitor afín”, que se trata del “cónyuge o conviviente con quien tiene a su cargo el cuidado personal del niño. El afín debe cooperar con la crianza y educación de los hijos del otro, realizar los actos cotidianos relativos a su formación y adoptar decisiones ante situaciones de urgencia”. El caso viene a ejemplificar un sentido central del proyecto: reemplazar el actual Código, centenario, no tanto para establecer nuevos criterios como para registrar los cambios que se han producido en la sociedad.

La prestación alimentaria obligatoria
A partir de las modificaciones propuestas en el nuevo Código, los padres “deben la prestación alimentaria hasta los 21 años o incluso hasta los 25 si, por razón de sus estudios o preparación para un oficio o arte, no puede proveerse de medios. La obligación alimentaria cesa si se acredita que el hijo mayor de 18 años cuenta con recursos suficientes para procurárselos por sí mismo”.

Las voces de los chicos y su participación en las decisiones
El anteproyecto incorpora la perspectiva del ejercicio de los derechos por parte de las personas que no han alcanzado la mayoría de edad, a quienes diferencia entre adolescentes (“persona menor de edad que cumplió trece años”) y “menor de edad”, que es quien no ha alcanzado los 18. En ambos casos, una persona menor de edad puede ejercer “sus derechos a través de sus representantes legales”. Pero quien “cuenta con edad y grado de madurez suficiente puede ejercer por sí los actos que le son permitidos por el ordenamiento jurídico”. En caso de que “haya conflicto de intereses con sus representantes legales, puede intervenir con asistencia letrada”. Quien no ha alcanzado la mayoría de edad, estipula el anteproyecto, tiene derecho a ser oído “en todo proceso judicial que le concierne, así como a participar en las decisiones sobre su persona”. El texto propuesto, además, presupone cierta progresión en la toma de decisiones. Así, las y los adolescentes de entre 13 y 16 años “tienen aptitud para decidir por sí respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física”. Ante un tratamiento invasivo, la decisión será de los padres pero el chico ha de brindar su consentimiento. Por lo demás, desde los 16 “el adolescente es considerado como un adulto para las decisiones atinentes al cuidado de su propio cuerpo”.

La imagen y la fertilización asistida
Por otro lado, el nuevo Código Civil plantea cambios en otras áreas que involucran aniños, niñas y adolescentes. Veamos.
- Derecho a la imagen. Para captar o reproducir la voz o la imagen de una persona es necesario contar con su autorización, salvo que participe en actos públicos, que exista un interés científico, cultural o educativo, o se trate del derecho de informar. Ante fallecimiento, el consentimiento lo pueden efectuar los herederos.
- Maternidad subrogada. Es el llamado “alquiler de vientre”. El proyecto crea la figura de la “gestación por sustitución” y la autoriza con el consentimiento previo, informado y libre de las partes intervinientes. Prohíbe que la gestante reciba retribuciones por llevar adelante la gestación. Apunta a la necesidad de una futura ley para las especifidades.
- Fertilización asistida. Considera persona al embrión implantado en el vientre, mediante las técnicas de fertilización asistida. Regula la filiación en casos en que se recurrió a esas técnicas. Acepta la reproducción con material genético de terceras personas, pero la filiación no se determinará por el dato genético, sino por la voluntad de la pareja.

domingo, 22 de julio de 2012

"Inconstitucionalidad de la aplicación de la ley de Impuestos a la Ganancia aplicada a la jubilación".


Opiniones en Libertad 



En el reclamo por "la inconstitucionalidad de la aplicación de la ley de Impuestos a la Ganancia aplicada a la jubilación".
El jubilado Marcelo Asmar, representado por la doctora Mónica Castañeira, presentó un amparo en el Juzgado Federal Nº2 contra la AFIP reclamando "la inconstitucionalidad de la aplicación de la ley de Impuestos a la Ganancia aplicada a la jubilación" y logró que esa instancia judicial fuese habilitada.
La resolución que acogió el amparo salió el pasado 13 de julio -antes del inicio de la feria judicial-, declarando "la inconstitucionalidad de la aplicación de la Ley de Impuestos a la Ganancia sobre la jubilación, que no es una ganancia, sino la justa retribución de una tarea", consideró la letrada.
"El impuesto a la ganancia sobre el haber jubilatorio no corresponde, porque no hay ganancia -añadió-. La ganancia existe en aquel que tiene una inversión que corre un riesgo empresarial y tiene o no ganancia".
En la opinión de Castañeira, es "autoritario el tema, porque los que tienen haberes -ya sean activos o pasivos- son cautivos porque sí o sí les descuentan. Además, este caso es el de un haber de un jubilado que ya aportó cuando estaba en actividad". Así, se declaró "inconstitucional la aplicación de la Ley de Impuesto a la Ganancia sobre la jubilación".
En la resolución se detalló que la jubilación de Asmar "no es susceptible de ser alcanzada por el impuesto a la ganancia, teniendo en cuenta el carácter alimentario del beneficio, y que es producto de los aportes extraordinarios realizados por el peticionante durante su vida laboral a fin de acceder a una vejez decorosa". El amparista tiene 95 años.
Ahora hay que esperar lo que defina la AFIP, que puede llegar a apelar.

Posted: 21 Jul 2012 05:25 PM PDT
Legisladores provinciales de la oposición profundizaron los cuestionamientos contra la decisión del gobierno bonaerense de disponer una extensión automática de las licencias para la explotación de bingos a través de una resolución del Instituto de Loterías y Casinos, al señalar que esa medida no puede adoptarse sin el respaldo de una ley, por lo que, adelantaron, analizan recurrir a la Justicia.
Representantes del Frente Amplio Progresista (FAP) y de la Coalición Cívica (CC) cargaron ayer contra el gobernador Daniel Scioli, quien decidió avanzar con la renovación de los permisos de explotación de salas de juego a cambio del pago de un canon que le reportaría 1.500 millones de pesos con el objetivo de conseguir fondos adicionales en medio de la complicada situación financiera que atraviesa la Provincia.
La operatoria alcanza a 14 salas de juego ubicadas en territorio bonaerense cuyas licencias están próximas a vencer y que ahora serán extendidas por unos 15 años. Para la renovación, la Provincia estableció el pago de un canon extraordinario e inmediato, que alcanzaría los 1.100 millones de pesos, y otro, accesorio y en 60 cuotas, en torno a los 400 millones de pesos.
Ayer, el diputado bonaerense del FAP Juan Carlos Juárez dijo que desde ese bloque se analiza la posibilidad de ir a la Justicia para frenar la extensión de las licencias de bingos, al considerar que ese trámite "debería
hacerse a través de una ley.
"No es muy buen ejemplo desde el punto de vista educativo que una provincia tenga que recurrir a financiarse con el juego, porque además el Gobierno va a recibir un adelanto más o menos de 2 mil millones de pesos, frente a los 50 mil millones que va a recaudar el juego durante todo ese tiempo", aseguró Juárez.
El diputado sostuvo que "como el acuerdo con los Bingos llega hasta el 2027, es decir va a alcanzar a otras tres gestiones más, entendemos que cualquier avance en este sentido debe ser mediante la sanción de una Ley".
Juárez dijo que desde su espacio impulsarán una modificación a la ley de Bingos porque las salas de juego "tienen que tener un canon mucho más importante que el que se les cobra".

"ESCANDALOSO"

Los cuestionamientos de Juárez se sumaron a los del presidente del bloque de diputados de la CC, Walter Martello, quien calificó a la medida como "una de las situaciones más escandalosas en lo relacionado entre juegos de azar y política".
"Se va a renovar por 15 años licencias que aún no están vencidas. Es un mecanismo inédito en la administración pública, que además, se hace a cambio de un canon irrisorio y no es por el pago del aguinaldo, ya que el monto no alcanza para cubrirlo", sostuvo Martello.
En ese sentido, Martello afirmó que la operación significa un "formidable negocio para los bingueros avalado por el gobernador y el directorio de Lotería de la provincia".
Como Juárez, Martello también lanzó una advertencia sobre las posibles implicancias legales de la renovación de licencias.
"Estamos viendo la posibilidad de denunciar al gobernador por incumplimiento de las leyes que adhieren a los pactos de lucha contra la corrupción. Ya que se plantean pautas específicas en cuanto a las contrataciones. Además pretendemos que se nos dé la posibilidad de un debate parlamentario".
"Con esta medida, por cada 100 pesos que reciben los bingos por las máquinas tragamonedas, el Estado obtiene sólo 5 pesos".

miércoles, 18 de julio de 2012

El genocidio de Scioli.


NOTIVIDAAño XII, Nº 840, 17 de julio de 2012
Provincia de Buenos Aires
 PROTOCOLO PARA “ABORTOS NO PUNIBLES”
La provincia de Buenos Aires ha implementado un nuevo mecanismo sistemático para eliminar a personas inocentes, los niños por nacer. La “adecuacion” al fallo de la Corte Suprema de Justicia del pasado 13 de marzo, esgrimida por el Gobierno provincial, no tiene más asidero que el móvil ideológico ni encuentra otra explicación que la presión del Ejecutivo nacional que primero politiza y corrompe la administración de justicia y después avasalla las autonomías provinciales.
El ministro de Salud provincial, Alejandro Colliapresentó hoy el Protocolo de “Aborto no Punible” (Resolución 3146/12), “se fundamenta en la necesidad de contar con pautas que garanticen el acceso al aborto en los supuestos contemplados como no punibles en los términos del Artículo Nº 86, Inciso 1 y 2 del Código Penal y del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
Los especialistas del ministerio de Salud presentaron el nuevo Protocolo ante los titulares de las comisiones de Salud de Diputados y Senadores, Viviana Nocito y Marcelo Carignani, respectivamente. En el encuentro también estuvieron presentes la ministra de Gobierno, Cristina Álvarez Rodríguez y el subsecretario de Derechos Humanos de la Provincia, Nicolás Carvalho.
El Protocolo dice que a partir de la interpretación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible en tres supuestos:
1. Si se ha realizado con el fin de evitar un peligro para la vida ò la salud de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
 2. Si el embarazo proviene de una violación, conforme la manifestación de la propia victima o su representante legal y con prescindencia de la denuncia y/o calificación penal del hecho.
3. Si el embarazo proviene de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota ó demente.
Asimismo agrega que “al concluir que el aborto practicado a una mujer víctima de violación no es punible otorga protección legal al equipo de salud que realiza la práctica, garantizando así el acceso a la misma. La realización de la práctica no implica ninguna responsabilidad administrativa, civil, ni penal para el equipo de salud”.
Con la implementación del Protocolo, el Gobierno de la provincia de Buenos Aires renuncia servilmente al declamado federalismo y se hace cómplice de los crímenes que la  Resolución  faculte. 
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NOTIVIDAAño XII, Nº 840, 17 de julio de 2012
Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja

domingo, 15 de julio de 2012

Los padres y el hermano del vicepresidente Amado Boudou también serán investigados en la causa judicial contra el funcionario por presunto enriquecimiento ilícito.


 Así lo dijeron fuentes judiciales en base a un requerimiento del fiscal Jorge Di Lello. Ello fue la semana pasada, tras conocerse que Amado Rubén Boudou, de 78 años, y su esposa, Azul Sapin Costa Álvarez, viven en un lujoso departamento del mismo barrio que tiene como habitante a su hijo, Puerto Madero.
El argumento explicado en Tribunales es que la figura del enriquecimiento ilícito también habla de “personas interpuestas”, es decir testaferros que puedan haber colaborado con el funcionario que se enriqueció de manera ilícita. Y a ellos les cabe la misma pena que para el autor del delito. Juan Bautista Boudou, hermano del Vicepresidente, también quedó en la mira por los viajes realizados al extranjero y pagados por la empresa The Old Fund, controlante hoy de la ex Ciccone Calcográfica.
“Será reprimido con reclusión o prisión de dos a seis años, multa del cincuenta por ciento al ciento por ciento del valor del enriquecimiento e inhabilitación absoluta perpetua, el que al ser debidamente requerido no justificare la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable suyo o de persona interpuesta para disimularlo, ocurrido con posterioridad a la asunción de un cargo o empleo público y hasta dos años después de haber cesado en su desempeño”, dice el artículo 268 bis del Código Penal.
Allí se agrega: “Se entenderá que hubo enriquecimiento no sólo cuando el patrimonio se hubiese incrementado con dinero, cosas o bienes, sino también cuando se hubiesen cancelado deudas o extinguido obligaciones que lo afectaban”. Y concluye: “La persona interpuesta para disimular el enriquecimiento será reprimida con la misma pena que el autor del hecho”.
En la misma situación que los padres y el hermano de Boudou se encuentran, por ejemplo, la novia del vicepresidente, Agustina Kämpfer; su amigo y socio José María Núñez Carmona; y el abogado al que él dice no conocer y que ahora preside la nueva Ciccone Calcográfica, Alejandro Vandenbroele, entre otros.
Y al igual que se hizo con ellos, ahora la Fiscalía pidió respecto de los nuevos imputados un amplio informe patrimonial sobre sus bienes, sus movimientos financieros y sus cuentas bancarias, entre otras medidas.
Hace dos semanas, este diario difundió que los padres de Boudou viven desde febrero de 2009 en un departamento del complejo Bayres Madero. La propiedad fue cotizada en su momento en un millón de pesos. En la actualidad, las viviendas de ese complejo cotizan a 4.500 dólares el metro cuadrado.
Ayer se informó que los padres de Boudou son los garantes del contrato de alquiler que el Vicepresidente tiene con el dueño del departamento en el que vive, en el complejo Madero Center. Y la garantía, justamente, es la propiedad en la que ellos viven.
El juez Ariel Lijo recibió una presentación similar del abogado Ricardo Monner Sans, quien determinó que los padres de Boudou cobran sendas jubilaciones de $ 1.732 obtenidas en 2006.
Fuente Diario Los Andes de Mendoza

A dos años de la aprobación de la Ley de Matrimonio Igualitario ya se celebraron más de 6 mil casamientos entre personas del mismo sexo en todo el país, la mayoría de ellos en Buenos Aires y Capital Federal según informó la Comunidad Homosexual Argentina (CHA).





Este domingo se cumplen dos años de la aprobación de la legislación que convirtió a la Argentina en el primer país de Latinoamérica y el Caribe en otorgar el derecho a las parejas del mismo sexo.
La CHA sostuvo que las provincias con número alto de casamientos son las que registran mayor cantidad de población, entre las que citó Córdoba, Santa Fe y Mendoza.
“Las estadísticas son solo una referencia para saber que la Ley de Matrimonio Igualitario es una necesidad para toda nuestra comunidad GLTTBI en todo el país” aseguró el presidente de la CHA, César Cigliutti.
“Lo fundamental es que desde hace dos años tenemos este derecho, que el Estado reconoce a nuestras familias y que la democracia de nuestro país respeta la diversidad, como debería ser en todas partes del mundo”, agregó.

sábado, 14 de julio de 2012

En la causa “Cromañón II”, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 24 condenó a Rafael Levy, dueño del predio donde funcionaba el boliche, a cuatro años y medio de prisión por “incendio culposo”.



 Seguirá en libertad hasta que se sustancien las apelaciones.
En tanto, el ex comisario de la seccional 7ma., Gabriel Sevald; y los ex funcionarios ibarristas Juan Carlos López, Enrique Carelli y Vicente Rizzo– fueron absueltos.
“Siempre es muy difícil condenar a funcionarios. Acá vemos que a Levy, que no tiene un sostén político, lo condenaron. Al resto de los funcionarios, que incluía a funcionarios sobre los cuales había más pruebas en su contra, se los absolvió”, consideró Fernando Soto, uno de los abogados querellantes.

lunes, 9 de julio de 2012

Norma Burgos, el delito, la droga y la muerte.


Colegio Madre Teresa de Florencio Varela, antro de narcotráfico y desmadre del alumnado devenido en muerte.

En el proceso de desintegración social y moral que estamos viviendo, las instituciones educativas tienen un rol destacado.
Parece que Domingo Faustino Sarmiento pasó por estas tierras para dejarnos la estructura educativa mas avanzada de aquellos tiempos, para que una horda de badulaques, venga hoy a decirnos que lo que esta bien esta mal y esta bien que esté todo mal.
EN EL COLEGIO MADRE TERESA SE TRAFICAN DROGAS.
Y no solo eso, sino que ademas se consumen con el conocimiento de Norma Burgos, responsable de la Institución y de la situación.
Hay un curso en particular de 35 alumnos que solo cuenta tres que no consumen.
En sexto año, un pichón de basura humana vende drogas.
Los malvivientes que concurren al instituto, “entendieron” que uno de los alumnos que no consume…”los habia escrachado”…. por lo que en la condición rateril que los distingue, fueron contra su compañero con tal bestialidad, brutalidad, saña y desvergüenza que el mismo debió abandonar la institución ante la inacción de la delincuente Norma Burgos.
La basura moral continuó el acoso, amenzas y tortura sicologica hasta que el alumno, quebrantado y angustiado, incurrió en un intento de suicidio, siendo internado en un siquiatrico.
Los delincuentes con patente de alumno, y gracias a la comprensión de la delincuente Norma Burgos, continuaron con el acoso, esta vez renovado, deseandolé la muerte a la víctima a traves de sus celulares EN HORAS DE CLASE, en un colegio en el que cada cual hace lo que se le canta, como se le canta y cuando se le canta.Hasta le ofrecieron ayuda a la víctima para que se muera.El colmo de la perversión.La víctima no solo se ha desempeñado ejemplarmente en el paso por la institución sino que observó siempre una conducta intachable.
Ahora la situación ha tomado formato judicial y es inminente una conferencia de prensa al respecto.
Cualquier persona que pueda aportarnos información sobre lo que pasa en esta institución puede hacerlo bajo la mas estricta garantia de reserva a los teléfonos de pantalla.
Que la sangre y las lagrimas de la víctima caiga sobre la cabeza de la delincuente NORMA BURGOS.
Esta nota será ampliada.

Miceli a juicio.


MICELI

 
editorial Alberto Castagnoli
MICELI,COLABORADORA DE LA DICTADURA MILITAR, EX MINISTRA K Y FUNCIONARIA DE LAS MADRES DE PLAZA DE MAYO A JUICIO POR "LA BOLSA" Tras tres años de haberse oficializado la instrucción de la jueza María Romilda Servini de Cubría, el juicio oral por el hallazgo en junio de 2007 de 100.000 pesos y 31.670 dólares dentro de una bolsa en el baño del despacho de la entonces ministra de Economía, Felisa Miceli, recién se iniciará el próximo 29 de octubre. La entonces titular del Palacio de Hacienda durante la gestión de Néstor Kirchner y ex Directora de Presupuestos Provinciales durante le gestion del ministro de Economia de la dictadura militar Jose Alfredo Martinez de Hoz será la primera ex funcionaria K que afrontá un juicio oral. En septiembre de 2009, la Cámara Federal rechazó el pedido de anulación del proceso de la ex ministra y confirmó el juicio oral. Recién ahora el Tribunal Oral Federal Nº2 da a conocer la fecha de inicio del proceso por uno de los primeros casos de corrupción conocidos en la era K, después de Skanska. Desde junio de 2007 hasta ahora, Miceli fue designada por el Gobierno como tesorera de la Fundación de Madres de Plaza de Mayo. Durante el escándalo por los planes de viviendas sociales "Sueños compartidos", la ex funcionaria que fue convocada para ajustar la cuentas de las Madres no dio explicaciones sobre registrados que fueron borrados en el Banco Central sobre movimientos de la asociación de Hebe de Bonafini. El TOF 2 precisó que hasta ahora se trazó el mapa de la "ruta del dinero" por la que Miceli obtuvo el dinero que fue encontrado por un bombero en el baño del despacho de la ex funcionaria. Ese bombero tendrá que declarar durante el juicio. Ante el juez de Instrucción, Miceli aseguró que ese dinero se lo había prestado su hermano para una "operación inmobiliaria" y que lo guardó en su despacho porque "no tuvo tiempo" para depositarlo en el banco. Felisa Micheli tampoco pudo explicar por qué desapareció el acta de Bomberos sobre el hallazgo. En ese documento, el monto registrado habría sido superior: U$S 241.000. El fiscal federal Guillermo Marijuan determinó "la mendacidad con la que se desenvolvió la imputada a lo largo de la investigación", a raíz de las varias versiones que ensayó para intentar justificar el dinero en su poder. Para el fiscal, ese dinero "tenía un origen espurio" y "llegó a su poder por afuera de una operación financiera legal, regular y debidamente registrada, que contara, además, con su correspondiente respaldo documental". Según Marijuán, Miceli "encubrió con la tenencia del dinero hallado en el interior del baño de su despacho en el Ministerio de Economía y Producción de la Nación el origen espurio del mismo". Este no es la única causa judicial que pesa contra la ex funcionaria. Está imputada en una causa donde está acusada por presuntas irregularidades en la venta de un frigorífico en 2005, cuando era titular del Banco de la Nación. Para colmo, cuando fue citada a declarar, no se presentó ni envió ningún abogado en su representación.

domingo, 8 de julio de 2012

SERGIO Y PABLO SCHOKLENDER SALIERON DE LA CARCEL DESPUES DE QUE LES REDUJERAN LA FIANZA.

ARGENTINA

La Cámara Federal les redujo de 4 millones a 40 mil pesos la fianza que les había fijado el juez Norberto Oyarbide. Estarán en libertad mientras dure la investigación por el desvío de fondos destinados a construir viviendas sociales.

Por Irina Hauser


Sergio Schoklender dejó el penal de Ezeiza pasadas las 20 y aprovechó las cámaras para criticar a Oyarbide.
Los hermanos Sergio y Pablo Schoklender dejaron ayer a la noche el penal de Ezeiza, donde estaban detenidos desde mediados de mayo, imputados como jefe y organizador, respectivamente, de una asociación ilícita que desvió fondos públicos que debían usarse para construir viviendas sociales. Con los votos de dos de sus tres integrantes, la Sala I de la Cámara Federal les redujo de 4 millones a 40 mil pesos la fianza que les había fijado el juez Norberto Oyarbide como condición para que recuperaran la libertad. El tribunal bajó al mismo monto la caución de dos millones de pesos que le había tocado al contador Alejandro Gotkin. Los tres, a través de sus abogados defensores, consiguieron depositar rápidamente el dinero y, aunque siguen bajo sospecha, podrán permanecer en libertad mientras dure la investigación judicial.

Sergio dejó el penal de Ezeiza pasadas las 20. Al salir aprovechó las cámaras que lo esperaban y una vez más despotricó contra Oyarbide, a quien describió como un ?personaje siniestro? que trabaja ?presionado por el Gobierno?, y contra la titular de la fundación Madres de Plaza de Mayo, Hebe de Bonafini. Dijo que después de que él dejó la entidad, un año atrás, hubo ?malversación de fondos?, ?con la complicidad de funcionarios del Ministerio de Planificación Federal?. ?Nunca puse el culo (sic) en una Ferrari, ni siquiera en el asiento del conductor. No sé cómo es ese auto por dentro?, ironizó. Según un allegado a Schoklender, a Capital lo llevó un periodista de Radio Mitre. Pablo se había ido un rato antes, con bajo perfil. Lo fue a buscar su novia Noelia, también imputada. Sus compañeros de pabellón, la mayoría extranjeros, le hicieron una despedida en la que cumplió con la ceremonia tumbera de dejarles sus cosas. Libros, ropa y hasta una plancha. Gotkin logró pasar inadvertido.

La Cámara ya había ordenado la excarcelación de los tres al considerar que sus detenciones estaban injustificadas y que no había ?riesgo procesal? a la vista. Lo que sucedió fue que Oyarbide les fijó fianzas elevadas que sus abogados apelaron por considerar imposibles de satisfacer. Los camaristas Jorge Ballestero y Eduardo Freiler les dieron la razón ayer. Señalaron que el juez debió considerar la situación patrimonial actual de los imputados, ya que sus inmuebles se encuentran embargados y todos sus bienes inhibidos por decisión de él.

Ballestero dijo que la fianza establecida por Oyarbide era de ?quimérico cumplimiento?. Lo acusó de basarse en una ?estimación? patrimonial ?absolutamente foránea a la temática que aquí correspondía atender? con la intención de ?denegar? de manera ?implícita? el derecho a la excarcelación que había reconocido la Cámara. Freiler enfatizó que la regla es que la caución está para ?asegurar el sometimiento del imputado al tribunal?, pero no para ?impedir su libertad?. El tercer camarista, Eduardo Farah, votó por mantener los 4 millones de fianza. Para él había que considerar el enriquecimiento, el alto grado de sospecha y que les puede tocar una pena de cumplimiento efectivo.

El monto quedó en 40 mil pesos, tomando como referencia la garantía que dio Pablo Schoklender cuando pidió permiso para salir del país. Al mediodía los abogados de Pablo Schoklender y de Gotkin fueron los primeros en depositar el dinero en el Banco Ciudad. Patricia Alonso, quien fuera mano derecha de Sergio, también imputada, se habría ocupado de juntar el dinero para él.

Sergio había estado ayer mismo en los Tribunales de Retiro, donde volvió a ampliar su indagatoria. Al salir reprodujo ante la prensa lo que le había dicho al juez: que después de su salida de la fundación, durante la gestión de Bonafini y su hija Alejandra, ?desaparecieron unos 130 millones de pesos en certificados de obras?. Insistió en mencionar que el vicepresidente Amado Boudou planeaba obtener acciones de Meldorek, una de las empresas usadas para desviar fondos, pero admitió que no tenía pruebas.

CONDENARON A NUEVE REPRESORES POR EL PLAN DE APROPIACION DE MENORES DURANTE LA ULTIMA DICTADURA .

ARGENTINA

ESTA VEZ SE HIZO JUSTICIA

50 AÑOS
PARA VIDELA, QUE MORIRÁ DONDE SIEMPRE TUVO QUE ESTAR
?Una práctica sistemática y generalizada?

El dictador Jorge Rafael Videla recibió 50 años de prisión. Las penas fueron bajando hasta los cinco años que recibió la apropiadora de Francisco Madariaga. El tribunal dio por probado el plan sistemático y los secuestros de los niños aún no encontrados.

Por Alejandra Dandan

El dictador Jorge Rafael Videla junto al dictador Reynaldo Bignone: a pudrirse en la cárcel. (foto Ignacio Piovano)


Y el día llegó. La Justicia dio por probado que la existencia de una ?práctica sistemática y generalizada de sustracción, retención y ocultamiento de menores de edad? en ?el marco de un plan general de aniquilación que desplegó sobre parte de la población civil, con el argumento de combatir la subversión implementando métodos del terrorismo de Estado durante los años 1976 a 1983 de la última dictadura militar?. Esa definición, pendiente desde el Juicio a las Juntas de Comandantes que no lo había dado por probado, reclamada durante más de 36 años por las Abuelas de Plaza de Mayo y por los nietos identificados, la dijo ayer la presidenta del Tribunal Oral Federal 6, María del Carmen Roqueta, en la sentencia del juicio por el robo de bebés. El dictador Jorge Rafael Videla recibió la pena histórica de 50 años de prisión, que se da por primera vez, por haber organizado esa práctica. El tribunal condenó además a otros ocho represores, entre ellos a Reynaldo Bignone, Santiago Riveros y los marinos Antonio Vañek y Jorge ?El Tigre? Acosta. Los jueces imputaron a los acusados por los casos de los niños que aún están desaparecidos, es decir, dieron por probados sus secuestros y entendieron que el delito continúa. También impulsaron una investigación sobre el emblemático vicario castrense Emilio Graselli y dispusieron la rectificación de las partidas de nacimiento. ?Es un día memorable para la Argentina y para todo el mundo civilizado que sabe que en un país donde no hay justicia, no puede haber democracia. Y acá la estamos haciendo entre todos?, señaló Estela de Carlotto, presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo.

La sala de los tribunales de Retiro estaba en silencio. Frente a la línea de acusados, el blazer azul de Videla, el poncho de Bignone, la chalina de Riveros, se ubicó a las 18.18 Roqueta, seguida por los jueces Julio Luis Panela, Domingo Altieri y Pedro García de la Torre. Roqueta leyó poco después el artículo en el que por primera vez aparece definido legalmente el robo de niños como sistema. La sala escuchó. Luego leyó el nombre de Videla, los nombres de sus víctimas y llegó a la condena. Cuando leyó el monto de la pena, los 50 años pedidos por todas las querellas y la fiscalía de Martín Niklison, un número que pareció en ciertas ocasiones imposible, ahí, sí, se escuchó un suspiro colectivo en forma de alivio.

?Tengo una mezcla de sensaciones?, dijo Estela de Carlotto, presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo apenas se levantó de la sala. ?Porque por un lado celebro la condena de 50 años para Videla, lo cual se da por primera vez, y está el reconocimiento explícito y claro de la Justicia de que hubo un robo sistemático de niños y se condena al responsable emblemático. Pero por otro, las demás penas fueron más livianas de lo que esperábamos, aunque los abogados tienen su explicación, todavía podremos verlas.?

Estela se sentó al lado de Francisco Madariaga, que llevó a juicio a sus apropiadores Víctor Gallo y Susana Colombo. Detrás estaba Abel Madariaga, su padre, el único padre sobreviviente de los 35 casos revisados durante el juicio. Atrás y adelante estaban Elsa Pavón con su nieta Paula Logares; Macarena Gelman, María Victoria Montenegro, Rosa Roisinblit con su nieto Guillermo y Sara Méndez ?la única de esas madres que sobrevivió? pegada a su hijo Simón, ahora recuperado.

?Yo lloré como una desgraciada, para serte sincera, porque fue la primera vez que escuché que existía el nombre de mi hermana?, dijo, como pudo, Adriana Moyano, la tía de Victoria Moyano Artigas, apenas se paró de su silla. ?Treinta y cinco años para ver la cara de los que vieron nacer y sostuvieron a nuestro sobrina?, replicó al lado, Elsa Poblete. ?Magnacco estaba ahí ?dijo?: agarrando a mi sobrina.?

El punto más importante de la sentencia sin duda fue la definición del robo de niños. En una fórmula compacta, precisa y muy cuidada, el tribunal desplegó lo que no estaba dicho hasta ahora y a partir de ahora repetirá la Justicia. Después de leer una serie de nulidades, Roqueta pronunció el punto ocho de su sentencia: ?No hacer lugar a los planteos de prescripción penal interpuestos por las defensas ?dijo y siguió? por tratarse los hechos juzgados de delitos de lesa humanidad implementados mediante una práctica sistemática y generalizada de sustracción, retención y ocultamiento de menores de edad, haciendo incierta, alterando o suprimiendo su identidad en ocasión del secuestro, cautiverio, desaparición o muerte de sus madres, en el marco de un plan general de aniquilación que desplegó sobre parte de la población civil con el argumento de combatir la subversión implementando métodos del terrorismo de Estado durante los años 1976 a 1983 de la última dictadura militar, artículo 118 de la Constitución?.

No dijo ?plan?, pero dijo ?práctica sistemática?, tal como lo habían sostenido la querella de Abuelas de Plaza de Mayo y la fiscalía. Esa decisión había quedado pendiente desde el Juicio a las Juntas, en el que se absolvió a Videla por cinco de los seis casos que llegaron a juicio. Allí se consideró que ese práctica sistemática no existía y que las apropiaciones eran casos ?aislados?.

Las penas

Al lado de Videla, el que recibió la segunda pena más alta fue el marino Antonio Vañek, condenado a 40 años de prisión como responsable de la Armada. El resto de las penas fueron más bajas de lo que se había pedido. Sin embargo, entre ellas, hubo una escala más alta para los lugares de mando, los llamados ?instrumentadores? del plan: entre ellos, Acosta por la ESMA, condenado a 30 años de prisión y Riveros por Campo de Mayo, condenado a 20 pero juzgado sólo por dos casos.

Bignone recibió una pena de 15 años de prisión, menos de los 50 que pidió la fiscalía. Llegó a juicio por su participación en la última junta de comandantes, como Rubén Franco. Los dos estaban acusados por la firma de dos resoluciones: la de la autoamnistía y la que declaró la muerte de los desaparecidos, es decir también de los niños. Las querellas se esforzaron en mostrar, durante el debate, el documento con el peso y los efectos de cualquier otro acontecimiento jurídico y penal. Por alguna razón que anoche aún no se conocía, el tribunal condenó a Bignone pero absolvió a Franco.

Entre los autores directos ?los responsables de haberse quedado con los niños? se hallaron las penas más bajas. Víctor Gallo y su ex mujer Susana Colombo, acusados por la apropiación de Francisco Madariaga, recibieron 15 y 5 años de prisión. Francisco lloró cuando Roqueta leyó la condena a Gallo, y luego volvió a hacerlo cuando pronunció la de Colombo. La pena para Gallo fue más baja que la que este Tribunal le había puesto a Víctor Rei por la apropiación de Alejandro Sandoval (que fue de 16 años) y la pena sobre Colombo fue la mínima, un dato que permite entender que los jueces tomaron aquello que ella argumentó durante el juicio: que su silencio fue producto de la violencia de género.

El tribunal anunció que dará a conocer los fundamentos de la sentencia el 17 de septiembre. Allí habrá otros elementos para analizar. La condena a Videla es una de ellas, de la lectura de ayer se desprendieron datos importantes para esta y otras causas. Uno de ellos es que la acusación incluyó el caso de Macarena Gelman, que nació en territorio uruguayo. La decisión es importante porque pese a que hay antecedentes en el fallo de Orletti y de Arancibia Clavel, las defensas alegaban que no podía incluirse porque la causa específica del Plan Cóndor todavía no tiene sentencia.

El otro dato, más fino jurídicamente, es que la acusación incluyó a niños que aún están desaparecidos, entre ellos el hijo de Laura Carlotto y nieto de la presidenta de Abuelas, y a Clara Anahí Mariani, la nieta de Chicha Mariani. Para los abogados aparece una revisión de cosas que dejó escrita la Cámara Federal en la causa 13 de 1985. Al descartar los casos que habían llegado a juicio porque los niños no estaban, entendió que no había delito. ?La defensa había usado esos argumentos: dijo que no se sabe si están vivos y tampoco está probado que estén apropiados, por eso una definición sobre eso a nivel jurídico y simbólico es muy importante?, había dicho un día antes a Página/12 Alan Iud, del equipo jurídico de Abuelas.

A la noche, los ocupantes de la sala donde se habían realizado las audiencias durante un año y medio se retiraban. Estela de Carlotto se chocaba con Mirta Guarino, que llegaba de afuera. A Victoria Montenegro la agarraban las Abuelas de las filas de adelante. Taty Almeida, de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, se emocionaba con el juicio justo, legal, ?jamás por mano propia?. En ese momento pasó Elsa Pavón por la puerta de la sala. Chiquitita, abajo de la campera, como pudo levantó el dedo pulgar de la mano derecha y así dejó la sala. ?Tuvieron un juicio justo en plena luz del día ?dijo? y con toda la justicia y la ley que no tuvieron los nuestros.?

En los pasillos estaban todos. No se escuchó el Himno Nacional que los familiares de los represores suelen ponerse a cantar en los finales de los juicios como si fuese el escudo desde donde batallar. La Cámara de Casación habilitó una sala para ellos y siguieron la sentencia a través de una pantalla. Afuera se amontonaban las abuelas. Una de ellas le dijo a otra: ?Misión cumplida?. Era Jorgelina Azzarri de Pereyra, la madre de Liliana Pereyra, una de las mujeres cuya historia y tránsito por la maternidad clandestina se escuchó en las audiencias. Una mujer que, además, encontró a su nieto hace cuatro años, pero él aún vive con otra identidad. ?¿Por qué misión cumplida? Por los años de lucha, de pedir, de elaborar, a medida que pasan los juicios, los hijos y los nietos van logrando esto que es pedir justicia.?

Afuera de los tribunales, con la noche cerrada y el frío, los organismos de derechos humanos estaban acompañados por jóvenes de agrupaciones políticas y sociales. Cuando los vio, más temprano, Isabel Fernández Blanco, una de las sobrevivientes, decía: ?¡Ya no estamos solos!?.

fuente: Página 12
Jorge Rafael Videla, ¿habla?

Por Alejandro Kaufman *

En el crimen de la desaparición residen los rasgos distintivos de su eficacia, más allá del homicidio: la incertidumbre, el silencio, la denegación, los cuerpos insepultos ?ni vivos ni muertos, no reconocidos ni localizados, por lo tanto dispersos, ubicuos, presentes en su ausencia?. Son las singularidades argentinas del terrorismo de Estado destinadas a perdurar, a proseguir sus efectos proyectados hacia un futuro indeterminado. El castigo, demandado tanto tiempo como utopía y ahora consumado en una magnitud inédita, no es a partir de entonces sino un hilo más del tejido que enhebra la memoria.

La condena penal no concluye con el trayecto de la lucha porque 1) hay que ver de qué modo se mantiene su efectividad, de qué modo se la administra ?obligación del Estado, que puede incumplirse, como ha ocurrido?; 2) los perpetradores y sus cómplices no permanecen inactivos, sino que actúan de manera estratégica y constante.

La condena se incumple cuando la restricción que le es propia se burla y transgrede, y se logra por añadidura una aceptación social aparente de la transformación de la cárcel en un domicilio desde donde se ejercen derechos ciudadanos, obligatoriamente vedados, limitados o controlados por el sistema penal. Los perpetradores y sus cómplices perseveran en el dispositivo postdictatorial residual del terrorismo de Estado. La de-

saparición de Jorge Julio López forma parte de sus responsabilidades morales y políticas, tanto como la intervención pública en ejercicio de una ciudadanía que el sistema penal fracasa en restringir y controlar. Asistimos a un esquema por el cual una revista extranjera sondea la opinión pública y verifica en ella una complacencia y condescendencia con la operación discursiva del terrorismo de Estado residual que supone algo así como un otorgamiento de entrevistas. Ello da lugar a las condiciones de posibilidad concomitantes, por las cuales se asocian una editorial irresponsable e inescrupulosa, un negacionista bajo la forma que adquiere entre nosotros, que no es la del historiador sino la del periodista, y el máximo responsable del terrorismo de Estado. En conjunto, originan un evento cuyo propósito es necesario debatir y dilucidar. Designar un propósito no tiene que ver con intenciones sino con efectos: la palabra del perpetrador de lesa humanidad, en tanto refrenda los rasgos constitutivos del crimen de la desaparición, prosigue en la senda de su perpetración. Confirma el silencio sobre el destino de los cuerpos, perturba la memoria de las víctimas al remover las heridas, al profundizar el trauma, inquietando las conciencias con su impunidad para hablar, cuando debería callar en forma definitiva ?es a lo que se lo condenó, porque la condena no es en esencia ambulatoria, sino al silencio en tanto concurrencia a la esfera pública, para siempre vedada a perpetradores condenados?. Es por lo mismo que no pueden ser autorizados para inscribirse en la universidad pública. Concederles derechos de intervención en la esfera pública para que perseveren en su denegación desaparecedora implica complicidad, responsabilidad, omisión o ingenuidad respecto del crimen de lesa humanidad.

Ni falta que hace abundar en que estos sucesos testimonian la profundidad de la anomia en que se encuentran vastos sectores de los medios y la cultura que heredamos de la dictadura. Los negacionistas post o neo nazis travestidos de historiadores fueron ampliamente contestados en su lugar y momento. Nuestra prensa hegemónica parece ser un terreno fértil para operaciones de la índole señalada. Numerosos antecedentes las precedieron, desde la confrontación entre Alfredo Bravo y su torturador reunidos por Mariano Grondona, hasta el desenvolvimiento próspero e incluso prestigioso de diversas figuras comunicacionales y culturales partícipes del horror de la dictadura. ¿Sabrán reconocer las nuevas generaciones en estas tramas la naturaleza de las matrices civiles de la dictadura? Porque en la trayectoria que la palabra de JRV recorrió desde su clausura ambulatoria hasta la confección de un best seller se verifican tales matrices, ahora exentas de culpa patente, pero no menos responsables de perpetuar el crimen de la desaparición, y todo ello aun sin la desmentida y la contradesmentida que no hicieron más que plasmar la obscenidad de todo el caso.

La palabra de JRV nunca puede ser otra cosa que pura amenaza, demostración de su impermeabilidad al castigo, de su competencia para establecer ?estoy aquí, intacto, y puedo decir exactamente lo mismo que dije en 1977, cuando quiero, y todavía me lo celebran?. La amenaza no consiste en la inminencia de algún suceso truculento, sino en la persistencia de las condiciones que definen la singularidad de la desaparición. Solo podría consentirse con su palabra frente a los tribunales, ya sea como defensa en ejercicio de garantías, o como confesión, en efecto, pero no de la manera obscena en que se dijo, sino en esclarecimiento del destino de los cuerpos de los desaparecidos y las identidades robadas de los centenares de nacidos en cautiverio que falta encontrar, así como las pistas o certidumbres que permitan establecer la suerte de Jorge Julio López. Cualquier otra cosa forma parte de la condición perpetradora, la actualiza y la mantiene viva en detrimento de la sociedad que requiere del ministerio público protección, defensa frente a las secuelas del horror.

Como ocurre cada vez, en cada situación límite, son las mismas voces aquellas que aciertan con sus intuiciones radicales y heroicas: las Madres y las Abuelas, junto a pocas voces más, señalaron la ignominia, la falta cometida por el aparato estatal de contención, la inadecuación y perversidad de lo que en forma alguna puede ser llamado ?libro? ni ?entrevista periodística?.

La palabra de JRV participa de la modalidad argentina con que se desenvolvió el aparato mediático cultural de la dictadura: mediante la promoción de una hegemonía antipolítica, espectacular, banalizadora y frívola. Tales actitudes mediático-culturales no pueden ser combatidas con los mismos recursos ni en el mismo terreno. ¿Aún no lo comprendemos?

* Ex director de la carrera de Ciencias de la Comunicación de la UBA.


HIJOS calificó de "ejemplares" las condenas por robo de bebés

La agrupación HIJOS calificó de "ejemplares" las condenas a los represores por el robo de bebés durante la última dictadura cívico militar, y consideró que se trató de un "día histórico".

Mediante un comunicado la agrupación indicó que "a 35 años de cometidos los más de 500 robos de bebés, por fin la Justicia condenó a los máximos responsables".

"Las condenas fueron ejemplares. Este juicio fue posible gracias a las Abuelas de Plaza de Mayo que lograron transformar su incansable lucha por restituir la identidad a esos niños, hoy jóvenes, en un reclamo de toda la sociedad".

Más adelante HIJOS calificó como "histórico" el día que se dio a conocer la sentencia, "para todos los argentinos y para la comunidad internacional", porque "en ningún otro lugar del mundo la apropiación de menores fue juzgada y condenados sus responsables".

"Es inédito este fallo que ordena también ampliar las investigaciones en torno al ex capellán de la Armada, el obispo Graselli y a personas vinculadas al llamado `Movimiento Familiar Cristiano´ que habrían intervenido en hacer posible estos delitos".

Destacó el comunicado que el terrorismo de Estado impuesto por la última dictadura cívico militar "no sólo tuvo como objetivo la desaparición forzada de personas, sino también la apropiación de menores".

En ese sentido precisó que esos menores después de ser separados de sus familias "eran entregados a amigos y conocidos de militares y policías o criados por los propios asesinos de sus padres biológicos y con la connivencia de la Justicia y de sectores de la Iglesia Católica".

Señaló que "esto quedó plasmado en el reconocimiento por parte del tribunal que condenó a Jorge Rafael Videla, Reynaldo Benito Bignone, Antonio Vañek, Jorge "El Tigre" Acosta, Víctor Gallo, Juan Antonio Azic, Jorge Luis Magnacco y a Inés Susana Colombo al afirmar que no fueron casos aislados".

Finalmente destacó lo expresado por el tribunal en el sentido que en Argentina "se implementó desde el Estado un plan sistemático de robo de bebes. El objetivo era sustraerles su identidad negándoles saber quiénes eran, quiénes fueron sus padres y que toda una familia los estaba buscando".