viernes, 25 de enero de 2013

María del Carmen Falbo:Telefono!


OTRA DESPROLIJIDAD INEXCUSABLE DE FALBO

LA REINA DE CORAZONES






El Reino del Revés
  
“Dejemos que el jurado considere el veredicto de culpabilidad” dijo el Rey...
“No, no!” dijo la Reina. “Primero la pena-El veredicto después”*.
Lewis CarrollAlice’s Adventures in Wonderland.

En el página/12 de hoy, sale una nota de Horacio Cecchi titulada "Defensas incomunicadas". A continuación agregamos su texto:

Al menos 66 defensores bonaerenses se quedaron de turno y sin línea de celular. La empresa Claro cortó por falta de pago. Las defensorías dependen de la procuradora Falbo. Las fiscalías también, pero ninguna sufrió cortes en sus celulares.

Ayer, defensores oficiales presentaron una nota ante la Procuración. Falbo regresa en febrero de vacaciones. Todas las jurisdicciones, La Plata, Berisso, Ensenada, Saladillo, Brandsen, deberán esperar.

No se trata del primer paso hacia la autonomía de las defensas. Más bien, parece un síntoma de la dependencia.

Los celulares de 66 defensores públicos bonaerenses se quedaron de improviso mudos. Tal como lo señala en la nota presentada ante la Procuración, el defensor de turno en el fuero juvenil Julián Axat se dirigió a la empresa Claro, donde le explicaron que el corte se debía a una deuda de $ 7.431,27 pesos. El deudor responsable es el Poder Judicial bonaerense.
Axat informó que el segundo celular con que cuenta su defensoría no funciona y no pudo ser reparado por la deuda.

“Dependemos de la buena voluntad de las fiscalías, que informen a los defensores de casos de urgencia.” Urgencia viene a representar los casos de detenciones ilegales, apremios y torturas que suele utilizar la Bonaerense, haya o no línea.

De este modo, Falbo demuestra una vez más su incompetencia y su falta de voluntad para organizar una estructura moderna y eficiente para la Defensa Pública. Los fiscales no se han quedado sin el servicio de celulares porque utilizan los de la empresa MovistarMovistar también corta el servicio ante la falta de pago, pero antes envía notificaciones y el corte del servicio es paulatino.

Nos comunicamos con Julián Axat y nos aclaró algunas cuestiones. Ante la falta de actividad alguna por parte de los responsables de estos temas de contratación —claramente ajenos a la competencia de los defensores públicos—, Axat, por su propia inicativa, fue a la empresa Claro. Allí le informaron que había 66 líneas cortadas (de defensores público) debido a la deuda de $ 7.431,27 por esas líneas.

Luego de que se pusiera en conocimiento de las oficinas correspondientes el problema, no se ha solucionado el problema. Mientras tanto, la Falbo continúa sus vacaciones como si nada sucediera.

Con la mejor buena fe, uno podría afirmar que el corte de los 66 celulares de Claro pudo haber sido un error administrativo. Sin embargo, segúnAxat, a él le habían cortado el servicio en varias oportunidades este año. Es por esa razón que hace tiempo se había dictado una resolución para que se reemplace los teléfonos Claro por Movistar a todos los defensores públicos —como sucede con los fiscales—. Sin embargo, esa disposición no ha sido llevada a la práctica; si se hubiera hecho, esto jamás habría sucedido. 

Luego de enterada la Procuración del problema, ya no puede invocarse más la posible negligencia, es sencillamente un hecho escandaloso. Si bien a Julián Axat le dieron una nueva línea —ahora sí— Movistar, sigue incomunicado. Ello por cuanto nadie conoce el nuevo número de telefóno.

Pero lo más patetico del caso es la posición del funcionario que notificó a Julian Axat de la "solución del caso":


Aparentemente a la Procuradora le tiene sin cuidado que 66 defensores estén incomunicados. Por su cargo y responsabilidades funcionales, debería haber interrumpido sus vacaciones para solucionar el problema. Lo podría haber hecho habilitando algún pago directo que se pudiera hacer desde la Procuración e, incluso, poniendo dinero de su bolsillo hasta que se regularice la situación.

Me gustaría saber qué habría hecho si el corte del servicio de celulares le hubiera ocurrido a ella y a su staff más cercano.

Pero no, ella sigue descansando y de vacaciones. ¡Por favor no te estreses Falbo.



* El término “sentence” no equivale a la palabra castellana “sentencia”, sino al pronunciamiento judicial que impone una pena. En el sistema estadounidense, la pena es impuesta por un juez profesional en una audiencia separada y posterior (sentencing hearing) a la del juicio común en el que interviene el jurado (trial). El jurado, con su veredicto (verdict), sólo se pronuncia sobre los hechos, lo que en el juicio penal equivale al juicio sobre la culpabilidad. En conclusión, el párrafo de Lewis Carroll citado significa que se debe imponer la pena antes de que exista pronunciamiento sobre la culpabilidad.

La Cámara en lo Civil y Comercial Federal rechazó todos los planteos del Gobierno contra la medida cautelar que dictó el Tribunal por la cual frenó el decreto mediante el cual había dispuesto que el predio ferial de Palermo pase a manos del Estado Nacional.



Los jueces de la Sala de Feria Graciela Medina, Francisco De las Carreras y Ricardo Guarinoni, no hicieron lugar a todos los planteos interpuestos por el Gobierno, que además de pedir la incompetencia de la Cámara en el tema también había recusado al pleno del Tribunal.

La Cámara Federal de Casación Penal resolvió, por mayoría, rechazar el recurso de casación deducido contra la denegatoria del arresto domiciliario solicitado por la defensa de la condenada Ana María Fernández.



Lo resolvió la Sala de Feria, es la causa conocida como Cromañón, y se trata de la presentación que hiciera la defensa de Ana María Fernández, a fin de que se disponga su prisión domiciliaria, dado que es madre de un menor, actualmente en período de lactancia.
El voto mayoritario entendió que, al presente, ni la salud del niño ni la de su madre están en riesgo, que la unidad de detención del Servicio Penitenciario donde se encuentra alojada Fernández cuenta con sectores para albergar a madres con hijos y los elementos necesarios para brindar el cuidado que requieren los menores, que el bebé no se encuentra en situación de desamparo ni de inseguridad material o moral y que la decisión de mantenerlo consigo es del resorte decisivo de su progenitora, habida cuenta que su pareja no se encuentra impedida de hacerse cargo en la medida de sus posibilidades; razones por las cuales la decisión recurrida resguarda la relación materno filial y el interés superior del niño.
El voto minoritario consideró, con fundamento en el interés superior del niño, que resulta suficiente para conceder el arresto domiciliario la circunstancia de que la recurrente es la madre biológica que amamanta a su hijo y que el contexto de nuestras cárceles no es el más adecuado para que un niño en sus primeros momentos de la vida permanezca allí.

jueves, 24 de enero de 2013

La justicia de Santa Cruz autorizó a Edith Casas a contraer matrimonio con Víctor Cingolani, acusado y condenado por el asesinato de su hermana gemela.



La jueza subrogante de Pico Truncado, Gabriela Zapata, consideró que Casas se encuentra en condiciones desde el punto de vista psicológico para contraer matrimonio.
La joven fue sometida a una serie de exámenes a pedido de su familia, que intenta impedir la boda.
La madre de Casa había dicho a los medios: “Pedimos las pericias para ver si está alterada o presionada, porque sabemos que Víctor es un manipulador”.
Pero el informe pericial concluyó: “Casas no presenta disfunción psicológica o mental que le impida contraer matrimonio”.

El fiscal federal Federico Delgado presentó esta mañana el pedido de juicio oral y público para los ex secretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi, a quienes, como al resto de los ex funcionarios procesados, los acusó de ser “cómplices” de la tragedia ferroviaria de Once, que dejó 51 muertos.



“Es evidente la complicidad de los funcionarios. Es que el Estado para inyectar fondos (subsidios a TBA) tenía que cumplir algunos pasos previstos en el contrato. Los funcionarios, privilegiando los intereses del concesionario, se limitan a llenar papeles para que formalmente los pasos parecieran cumplidos y así permitir los desembolsos, ¿el tren?, el tren siguió siempre abrazado a los vientos de la fortuna que el 22 de febrero cambiaron de dirección”, expresó el fiscal en el escrito.
La presentación del fiscal también es contra los ex titulares de la Comisión Nacional de Regulación de Transporte Pedro Ochoa y Antonio Sícaro; y Antonio Luna, ex subsecretario de Transporte ferroviario.
A todos los acusó por los delitos de estrago culposo y administración fraudulenta, este último en virtud del mal manejo que tuvieron los subsidios que recibió TBA por parte del Estado Nacional, los cuales- según detalló- entre 2003 a 2010 fueron de 1.924.625.755,67 pesos.

domingo, 20 de enero de 2013

La catástrofe criminal de Once se cobró la vida de 51 pasajeros, una de ellas estaba embarazada y 797 heridos de distinta magnitud.

Procesamientos ratificados por la Masacre de Once
Unas horas después del anuncio oficial sobre la compra de coches de pasajeros para su renovación en el F.C. Mitre y Sarmiento, sin mencionar en la proclama la masacre de Once, por parte de la presidente, la Cámara Federal ratificó el procesamiento de los ex secretarios: Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi, también revocó el sobreseimiento del maquinista Marcos Antonio Córdoba y de Eduardo Sícaro, ex titular de la CNRT, también fueron procesados Antonio Luna, subsecretario de Transporte Ferroviario y Pedro Ochoa Romero, interventor de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) desde el 9 de febrero de 2004. Por Juan Carlos Cena y Elena Luz González Bazán, de MONAREFA
Por ANRed- E (redaccion@anred.org)
 El gobierno nacional continúa silenciando este accidente anunciado.
La Cámara afirma que: "no caben dudas en cuanto a que (los ex funcionarios) se encontraban en cabal conocimiento de los términos contractuales y de las graves deficiencias que rodeaban la prestación del servicio por parte de Trenes de Buenos Aires (TBA), pese a lo cual permitieron su continuidad sin adoptar medida alguna tendiente a modificar la vergonzosa realidad".
En el caso de Eduardo Sícaro, quien pese a haber abandonado su cargo, sigue siendo un hombre fuerte en el ministerio a cargo de Florencio Randazzo.
A Sícaro, en tanto, la Cámara le cuestiona que "a tenor de sus concretas facultades -entre las que se encontraba la posibilidad de disponer la suspensión preventiva del servicio-, no hubiese adoptado otras tantas decisiones concretas y efectivas para evitar que una formación saliera a las vías en las condiciones en que se encontraba el tren" siniestrado en Once.
El tribunal de feria modificó la calificación legal por la de "estrago culposo y administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública".
Sobre el maquinista Córdoba, el fallo evalúa que "más allá del estado de la formación o incluso a partir de ello, en derredor del nombrado se alzan una serie de constancias que impiden sostener que actuó con la diligencia debida en la conducción de la formación". La tragedia fue consecuencia, según los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah, de "una concatenación de eventos" en la que se combinaron "una negligencia en la conducción y el estado del tren siniestrado".
El fallo dispuso confirmar los procesamientos y también mantener las libertades de los empresarios tanto de Trenes de Buenos Aires (TBA) y de su controlante, Cometrans; de los ex funcionarios Jaime, Schiavi, Antonio Luna y el también ex titular de la CNRT Pedro Ochoa Romero, todos por una misma figura delictiva, "estrago culposo y administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública".
EL EMBARGO ES POR 600 MILLONES DE PESOS
Se trabó un embargo sobre los bienes de todos los procesados, "hasta cubrir la suma de seiscientos millones de pesos", según dicta el fallo. Por su parte, la Cámara Federal dictó los procesamientos y revocó la prisión preventiva para los hermanos Sergio y Mario Cirigliano.
A los empresarios se los acusa de "administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y estrago culposo" y adoptó igual actitud para el resto de los integrantes de las empresas Cometrans y TBA imputados en la causa, al revocar la figura de "asociación ilícita" y de "dolo" que había usado el juez federal de primera instancia Claudio Bonadio.
Hasta aquí la información.
Desde el MONAREFA sostenemos que es una medida adecuada este procesamiento, que funcionarios responsables y nombrados en cada momento por este gobierno nacional durante años en sus mandatos nada hicieron para mejorar el servicio de trenes suburbanos. Pero que la investigación debe continuar.
Cuando decimos nada, es nada. Es una afirmación y lo ratificamos. Denunciamos y alertamos una y otra vez, técnicamente que esos trenes suburbanos se iban deteriorando día a día, por la ausencia del mantenimiento preventivo, más, sobre una estructura con alarmantes muestras de fatiga de material camino al gangrenamiento. Con reducción notable de personal básico, de herramientas y repuestos, además la falta de capacitación por parte de su personal y con complicidades que siempre, en todos los siniestros, terminó con chivos expiatorios.
Es dable repetir, el gobierno nacional tiene oídos sordos con respecto a esta masacre que le ha costado la vida a tantos y ha destruido familias de por vida, los que perdieron un ser querido y los que deberán afrontar por siempre lesiones de diferente magnitud física y psicológica por siempre.
Antes de la masacre de Once, dijimos tomando un momento doloroso como fue otra masacre como la de Cromagñon que se venía el Cromagñon ferroviario (diciembre del 2004) no callamos nunca y siempre, política y técnicamente lo refrendamos y corroboramos en los hechos concretos.
No hubo panfleto, como en muchos otros casos, fue la fuerza del conocimiento y la verdad. Y con dolor lo tuvimos que afirmar aquel 22 de febrero del 2012 y los días y meses posteriores.
Ahora, esperamos realmente justicia.
Sabemos que somos escépticos, porque desde el poder Ejecutivo se le entregan la reparación de coches de pasajeros a la empresa Emfer, quienes son responsables de la masacre de Once, la familia Cirigliano, desplazada a medias. Y en cuanto a los coches comprados a China serán usufructuados por los concesionarios… lindo negocio…
Desde este mismo gobierno nada se hizo para solucionar el problema del transporte ferroviario en general. El existente es rudimentario, pírrico y vergonzoso. Es la demostración de que todo lo anunciado en los atriles quedó allí, en el atril. Porque el ferrocarril ausente tiene tal magnitud que es ya inconmensurable, por la falta, por la ausencia y por las consecuencias siniestras que ha dejado.
En cuanto a los sindicatos y cuerpos de delegados: más que vergonzoso es lamentable, nada dijeron, nada hablaron, tienen el teléfono roto hace mucho.
El RITO Reglamento Interno Técnico Operativo está para algo… en los tiempos de los Ferrocarriles Argentinos a pesar de las falencias y defectos, se cumplía y las formaciones no salían en el estado que salen y salieron… y los sindicatos vigilaban el cumplimiento del RITO. Desde los sindicatos solo hay silencio, no se evita que la formación salga con las anomalías como en la actualidad. La vigilancia firme para que se aplique las normativas de la Seguridad en el Trabajo está ausente, diríamos, cómplice con sus silencios. No se trata de denuncias televisivas, se trata de coraje y decisión cuando se es conducción gremial frente a las patronales y no los micrófonos de los medios de comunicación.
Porque cuando se habla de lo nacional debemos decir que el Ferrocarril es un bien nacional. Cuando se habla de lo popular decimos que el ferrocarril es un Servicio Público, sin fines de lucro. Donde el viaje en tren deberá ser cómodo, efectivo, económico y seguro, para los pasajeros y para la preservación del medio ambiente.
La otra muestra contundente son los trenes a Mar del Plata que tardan 12 horas o más o el tren a Tucumán, toda una odisea, la de un viaje alrededor del mundo en 24 horas, si llega.
No hay nada de nacional y mucho menos de popular, en esta materia, si hay grandes negociados y grandes mentiras que se repiten una y otra vez…
A días de cumplirse 11 meses de aquella masacre, esperamos JUSTICIA. Porque no hay justicia cuando los funcionarios judicializados siguen libres y ocupando cargos de responsabilidad. Comparemos con el simple ladrón de gallinas, éste, va preso.
MONAREFA (Movimiento Nacional por la Recuperación de los Ferrocarriles Argentinos).

jueves, 17 de enero de 2013

María Ramona Ovando fue absuelta de culpa y cargo por el Tribunal Penal N° 1 de Eldorado, Misiones, y de inmediato recuperó su libertad.

MARÍA OVANDO: INOCENTE Y LIBRE 

"No paró ni un auto y ella murió en mis brazos"

(AW)  Estaba acusada del delito de "abandono" de su hija "seguido de muerte agravado por el vínculo". El jueves a la mañana, acompañada por la dirigente socialista Vilma Ripoll, se entrevistó con el Defensor de Menores para reclamar la restitución de sus hijos.
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Luego de estar un año y medio detenida en el penal de Villa Lanús, acusada por la muerte de su hija Carolina de tres años de edad, el 19 de noviembre comenzó el juicio contra María Ovando. La fiscalía direccionó la investigación para imputarle el delito de "abandono seguido de muerte, agravado por el vínculo".
La defensa, en manos de los abogados Eduardo Paredes y Roxana Rivas, indicó que había "animosidad" por parte de la fiscalía porque excluyó "a cualquier otra persona que pudo haber tenido incidencia en el desenlace final de Carolina". Agregó que "optaron por no investigar las reales causas de la muerte, ni siquiera un posible abuso sexual como sugieren algunos testimonios".
El martes 27 fueron los alegatos y el fiscal Federico Rodríguez pidió para María Ovando una pena de cinco años de prisión. Dijo que la pobreza no es atenuante para descuidar a los hijos, que la acusada mentía y que "tuvo intención de matar a su hija" Carolina, fallecida en abril del año pasado.
Por su parte, el abogado Paredes dijo que el Estado no tiene "autoridad ética para juzgarla porque la abandonó". Solicitó la nulidad del juicio y la absolución de la imputada.
El miércoles 28, previo a la sentencia, María hizo uso de su derecho de dirigirse al Tribunal y con lágrimas en sus ojos, dijo: "Me duele lo que pasó con Carolina. Ese día ella amaneció con un fuerte dolor de panza. Yo no tenía plata en ese momento, no tenía de dónde sacar, pero igual salí a la ruta para llevarla al hospital, pero no me dio el tiempo porque no paró ni un auto y ella murió en mis brazos".
Secándose las lágrimas con sus manos, agregó: "Yo vivía con mis hijos en una casita muy chiquitita". La casita, que está en el medio del monte, apenas es una habitación para ella y sus hijos, carece de servicios básicos, como luz y agua, no tiene baño y el agua para consumo la saca de un arroyo contaminado por las pasteras.
"Quiero recuperar a mis hijos. Durante muchos años fui madre y padre a la vez. No hice nada en contra de mis hijos", suplicó María.
Tras escuchar el breve relato, el presidente del Tribunal, Atilio León, y los camaristas Lydia Gallardo y Juan Carlos Sosa se retiraron de la sala de audiencias para deliberar en torno al veredicto. A su regreso, León leyó la sentencia y, con respecto a la parte que a todos interesaba, dijo: "Este Tribunal resuelve por unanimidad (...) otorgar la absolución y la inmediata libertad" a María Ovando.
La sala se colmó de aplausos y de expresiones de alegría. María Ovando sonrió aliviada.
El 5 de diciembre, a las 12:00 horas, se darán a conocer los fundamentos de la resolución del Tribunal.
Pobre y mujer: una carga social muy injusta
María Ovando tiene 37 años de edad, es analfabeta, sufrió la violencia familiar y fue empleada doméstica desde muy niña. Su primer parto fue a los 14 años. Varios de sus hijos están indocumentados y nunca pudo acceder a una asistencia estatal ni a la asignación universal por hijo. Nunca tuvo trabajo formal. Su último empleo fue picar piedras para el municipio de Colonia Delicia, tarea que realizó estando embarazada y hasta horas antes del parto. El municipio le pagaba con un bono por valor de 160 pesos.
Cuando Carolina murió en sus brazos, ingresó al monte y la enterró a orillas del arroyo Aguapeí, en Colonia Mado, tal como hacen los aborígenes que entierran a sus muertos en el propio territorio.
La policía la detuvo y fue trasladada al penal de Villa Lanús. Estaba amamantando a su beba de dos meses y no permitieron que la llevara. Desde su traslado, tuvo un solo contacto con su familia.
El juez de instrucción Roberto Saldaña llevó adelante la causa hasta octubre de 2011, en que cerró la etapa de instrucción, pero antes le negó a María Ovando el derecho de esperar el juicio en libertad. Esa posibilidad también fue negada en dos oportunidades por el Tribunal Penal Nº 1, el que finalmente la absolvió y ordenó su libertad.
La solidaridad en acción
En los últimos meses el caso de María Ovando se nacionalizó luego que, en el marco del Encuentro Nacional de Mujeres que se realizó en Posadas el mes pasado, la diputada nacional (m.c) Vilma Ripoll (MST-Proyecto Sur) se reunió con el ministro de Derechos Humanos de la provincia de Misiones, Edmundo Soria Vieta, y le entregó un informe, con copia al gobernador Maurice Closs, que relataba el caso de Ovando.
Al reclamo de la dirigente socialista se sumó Madres de Plaza de Mayo-Línea Fundadora, con Elia Espen a la cabeza, asociaciones, organizaciones gremiales y ciudadanos que comenzaron a pedir por las redes sociales la liberación de María por considerar que condenarla implicaba "criminalizar la pobreza", a la vez que denunciaban al Estado por incumplir sus obligaciones básicas.

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El programa "Periodismo Para Todos", que conduce Jorge Lanata los domingos en Canal 13, también ayudó a visibilizar la causa de María cuando contó su historia y la entrevistó en el penal. Luego continuó la difusión en su programa diario en radio Mitre.
En tanto, Ripoll comenzó una campaña de apoyo para presentar un recurso de "amicus curiae" que solicitaba el sobreseimiento y la libertad de María Ovando. Al momento de su presentación consiguió 17 mil firmas.
Luego de la sentencia, la dirigente del Movimiento Socialista de los Trabajadores dijo que "seguiremos peleando para que María sea atendida por inconvenientes de salud y para que recupere a sus hijos y pueda tener una casa y trabajo digno".
Este jueves a la mañana Ripoll acompañó a María Ovando, quien se entrevistó con el Defensor de Menores, Carlos Elena, para reclamar la restitución de sus hijos y que se tomen "medidas de protección" y "custodia policial para evitar cualquier tipo de traslado de los niños", por parte de la familia que hoy tiene la guarda provisoria
Tras la reunión se firmó un acta y el defensor elevó oficios al Juzgado de Familia informando esta situación y a las comisarías de Puerto Esperanza y Colonia Delicia requirió que "se notifique a los guardadores que no pueden retirar a los menores a su cargo del domicilio, solicitando se disponga una custodia que resguarde lo requerido y notificando que deben permitir una visita amplia de la madre, señora María Ovando, respetando a sus hijos".
.Liliana Giambelluca

miércoles, 16 de enero de 2013

El derecho a no ser explotadx.

NUEVA LEY DE TRATA



(AW) Por la reforma a la Ley de Trata, el oficialismo parlamentario tuvo que virar su posición en dos puntos. Por un lado su política criminal absurda, no penalizar cuando la víctima "consentía" el delito. Por otro reconocer la abyecta relación de miembros de las fuerzas de seguridad y del Poder Judicial con el crimen organizado. De todas maneras sigue siendo delito hacer trabajar a los animales en extensas jornadas sin descanso pero no es protegido adecuadamente el derecho del humano a no ser explotadx.
Mario_Ganora

Por Mario Ganora abogado penalistas y vicepresidente de la Fundación Alameda.

La nueva ley 26842 fue sancionada apresuradamente a instancias del Poder Ejecutivo Nacional como respuesta al fiasco del caso Marita Verón. El proyecto de ley estaba condenado a dormir el sueño de los justos en el Congreso Nacional pese a las protestas de las organizaciones no gubernamentales hasta que estalló la indignación popular como consecuencia de un fallo que contrarió todas las expectativas. El fracaso de la ley 26.364 denunciado sistemáticamente durante años se tornó de golpe intolerable para la sociedad argentina. Haciendo de la necesidad virtud, el oficialismo en la Cámara de Diputados se vio en la obligación de desdecirse de todos los argumentos que blandió en 2008 para imponer una ley contraria al bloque de constitucionalidad y esencialmente inocua. La Historia había rebatido el relato enunciado por Aníbal Fernández y Vilma Ibarra en 2008 y demostró que nosotros teníamos razón.

El Gobierno Nacional hasta el momento impermeable a las críticas fundadas en los hechos y en el derecho tuvo que reconocer su error y modificar una política criminal absurda y reconocer, para colmo, la siniestra relación de miembros de las fuerzas de seguridad y del Poder Judicial con el crimen organizado, fenómeno también hasta ese momento tenazmente negado.
Pero más allá de las anécdotas, el análisis del proceso histórico de sanción de la ley revela la aparición de un fenómeno novedoso que debe ser política y jurídicamente trabajado por las fuerzas progresistas. Se trata de un concepto que debe ser desarrollado a través del estudio y de la lucha política.
El proyecto que luego se transformaría en ley 26.842 fue objeto de una sorda resistencia por muchas razones. Pero hay una que se destaca sobre las demás y que pone sobre el tapete la esencia del conflicto social que se inicia en la década del noventa, que determinó la crisis de representación del 2001 y que se prolonga hasta nuestros días haciendo crujir el consenso social.
Existe un derecho oscuramente reconocido en el art. 21 del Pacto de San José de Costa Rica y que da sentido a otras normas supranacionales: el derecho a no ser explotado. La antigua idea kantiana de que el ser humano es un fin en sí mismo y que, por lo tanto, no puede ser usado como un medio para otros propósitos encuentra expresión en la referida convención que obliga a los estados prohibir por ley cualquier forma de explotación del hombre por el hombre. Esta idea sirve también de fundamento a los arts. 4 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 8 del Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 6 y concordantes del Pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 32, 34 y 36 de la Convención sobre los Derechos del Niño, 6 de la Convención de Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; 6 del Pacto de San José de Costa Rica, entre otros.
Este derecho fue escandalosamente desconocido durante el gobierno de Carlos Saúl Menem. En esa época se operó una profunda regresión política y jurídica. Con el pretexto de liberar las fuerzas productivas de las trabas del estado paternalista modificó y redujo a la impotencia la legislación protectora del trabajo y permitió así que el ser humano pudiera ser reducido a la condición de mercancía que se negocia en el mercado. Quien consintiera "voluntariamente" en su explotación, sea como instrumento de producción, sea como instrumento de placer, liberaba de responsabilidad a su explotador. La renuncia a los derechos, no admitida por los antiguos liberales excepto con relación a los estrictamente patrimoniales y en la medida en que no afectaran el orden público (arts. 19, 21 y 953 del C.C.), fue aceptada y defendida como progresista por los neoliberales. El silencio y la indiferencia de los juristas, en especial de los civilistas y laboralistas, fue el signo más elocuente de la corrupción de ese período. De ahí que se regeneraran formas de explotación desaparecidas hacía décadas. La ley 26.364 sancionada en 2008 fue, en realidad, continuación y consecuencia de esas ideas ya que la captación, el traslado, la acogida para la explotación consentida de mayores de edad no debía tener sanción. Tanto la ley 26364 como los tipos penales de los arts. 125 bis, 126 y 127 del Código Penal no se adaptaban al Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena. Sólo quedaba en pie la vieja ley 12.331 para enfrentar la explotación de la prostitución organizada. Una interpretación torcida de los alcances del art. 19 C.N., realizado por algunos tribunales y cierto sector de la doctrina, tendiente a justificar la autodegradación como proyecto de vida válido y al servicio del enriquecimiento ajeno completó el círculo vicioso.
La nueva ley, producto de una lucha de años, significa un cambio sustancial en ese sentido. La eliminación del consentimiento como causa de justificación de los delitos que entrañan formas groseras y gravísimas de explotación del hombre por el hombre (arts. 145 bis, 125 bis, 126 y 127 C.P.) es un paso muy importante para revertir la tendencia de los años noventa, aunque las penas de las figuras básicas no sean lo suficientemente severas. Pero esto es sólo el comienzo ya que es necesario que la ley no sea letra muerta, que los mecanismos asistenciales funcionen, que las otras ramas del derecho en su práctica no sean un obstáculo sino el necesario complemento de la política criminal.
Sin perjuicio de lo anterior es bueno dejar sentado que existen cuestiones que no están contempladas como delitos en el Código Penal y que también son violaciones al derecho de no ser explotado. En el derecho comparado son punibles la violación de las normas que protegen los derechos del trabajador y las disposiciones tendientes a tutelar la higiene y la seguridad en el trabajo. No es racional que la ley penal argentina contemple como delito hacer trabajar a los animales en jornadas excesivas sin concederles el adecuado descanso según las estaciones (art. 2 inc. 3 de la ley 14.346) o emplearlos para trabajar cuando no están en estado físico adecuado (art. 2 inc. 4 de la mencionada ley) y guarde silencio respecto de las personas.

sábado, 12 de enero de 2013

Resoluciones en la causa por la "tragedia de Once".


 La sala II de la Cámara Federal porteña agravó las acusaciones contra los imputados por la tragedia de Once, los ex secretarios de transporte,  Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime fueron procesaros por ‘defraudación y estrago culposo’,  estaban procesados por delitos de ‘abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público’.
El maquinista, Antonio Córdoba, y  Eduardo Sícaro, ex titular de la CNRT que estaban sobreseídos, la Cámara los procesó por ‘estrago culposo’.
Los  empresarios del grupo Cirigliano, fueron acusados por la Cámara  por ‘estrago doloso’.
La Cámara  pidió que: “el juez federal Claudio Bonadío envíe la causa a juicio oral y que el Estado le brinde atención a las víctimas de la tragedia”.

domingo, 6 de enero de 2013

La Cámara Civil y Comercial Federal suspendió a través de una medida cautelar la estatización del predio ferial de La Rural en el barrio de Palermo.



La presidenta Cristina Kirchner había dispuesto la estatización del predio a través del decreto 2552, el 20 de diciembre último, pero esto quedó suspendido tras la decisión de la Cámara.
Además, la Sociedad Rural no tendrá que desalojar el predio el 20 de enero, como lo había planteado el Gobierno.
Cristina había declarado nula la venta que Carlos Menem autorizó a favor de la Sociedad Rural en 1991. Ésta recurrió inmediatamente a la justicia, pero la jueza de primera instancia Silvina Bracamonte rechazó la medida cautelar a su favor.
Pero la Cámara formada por Graciela Medina, Ricardo Guarignoni y Francisco de las Carreras, dio lugar a la medida y ahora la Sociedad Rural no deberá desprenderse del predio hasta que la cuestión judicial culmine.