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sábado, 4 de enero de 2014

ES OBLIGATORIO CONSULTAR A LAS COMUNIDADES ORIGINARIAS.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA



(AW) La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en contra del gobierno de Neuquen y favor del Pueblo Mapuche, invalidando un decreto del Gobernador Jorge Sobisch, que cercenaba derechos y garantías a los pueblos originarios impidiéndoles entre otras cosas, obtener reconocimiento legal.
La Corte Suprema falló a favor de la consulta previa y la autoidentificación
Friday, 03 de January de 2014

La Corte Suprema de Justicia de la Nación reafirmó la obligación para los gobiernos del cumplimiento de la consulta previa a los pueblos originarios cuando se tomen medidas que los afecten y revalidó el derecho a la autoidentificación de las comunidades. Red Eco Alternativo
(Luis Gauna-Red Eco) Neuquen - La resolución es parte de la sentencia con fecha del 10 de diciembre en la cual el máximo tribunal del país falló a favor del Pueblo Mapuche y en contra del gobierno de Neuquén, declarando la inconstitucionalidad del decreto 1.184/02 que desconocía derechos originarios.
El decreto firmado en agosto de 2002 por el Gobernador Jorge Sobisch, limitaba el reconocimiento de las comunidades originarias exigiendo que se evaluara su “identidad étnica”, su lengua, la convivencia en un “hábitat común” con un determinado tipo de “cultura y organización” y que fueran como mínimo de diez familias.
En 2009, el Superior Tribunal de Justicia de Neuquén, sólo aceptó parcialmente el pedido de inconstitucionalidad de la Confederación Mapuche. El fallo actual, cuestiona a la justicia neuquina por no declarar la inconstitucionalidad del Decreto que no se ajusta al Convenio 169 de la OIT y en el que no hubo participación originaria para su elaboración.
Así mismo, el fallo de la Corte Suprema hace hincapié en el derecho de autoidentificación de las comunidades, por el cual no hace falta que el Estado reconozca a una comunidad originaria, para que ésta cuente con los derechos como tal. Ya en 2002, la Confederación mapuche, había señalado la oposición entre el derecho a la autoidentificación y el criterio de reconocimiento e identificación por parte del Estado que traía aparejado el Decreto.
Aquel decreto, por medio de la ley local 1.800, imponía modificaciones en los artículos de la ley Nacional 23.302 de “Política indígena y apoyo a las comunidades indígenas”. Con éste marco regulatorio el gobierno de Sobisch, como luego el de Sapag, encuadró el reconocimiento de las comunidades como así la atribución de sus derechos como pueblos originarios a las vicisitudes y decisiones gubernamentales, violando el artículo 75 inc.17 de la Constitución Nacional.
“Este pensamiento autoritario, discriminador y antidemocrático lo demostró Sobisch y lo continuo Jorge Sapag, cuando han impedido desde 1997 que se registren nuevas comunidades mapuche en la Provincia. Esto llevó a que una decena de nuevas comunidades reconstituidas se registraran en el RENACI (Registro Nacional de Comunidades Indígenas). Estos registros fueron impugnados por el gobierno de Neuquén en una clara persecución al derecho a organizarse desde su identidad a las comunidades mapuche. El INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) -Renaci (Registro Nacional de Comunidades Indígenas) cedió a esta presión y dejó de registrar nuevas comunidades desde 2009. Son más de una decena de comunidades que han quedado excluidas de este derecho desde ese momento, quedando en un desamparo jurídico ante el.

domingo, 6 de enero de 2013

La Cámara Civil y Comercial Federal suspendió a través de una medida cautelar la estatización del predio ferial de La Rural en el barrio de Palermo.



La presidenta Cristina Kirchner había dispuesto la estatización del predio a través del decreto 2552, el 20 de diciembre último, pero esto quedó suspendido tras la decisión de la Cámara.
Además, la Sociedad Rural no tendrá que desalojar el predio el 20 de enero, como lo había planteado el Gobierno.
Cristina había declarado nula la venta que Carlos Menem autorizó a favor de la Sociedad Rural en 1991. Ésta recurrió inmediatamente a la justicia, pero la jueza de primera instancia Silvina Bracamonte rechazó la medida cautelar a su favor.
Pero la Cámara formada por Graciela Medina, Ricardo Guarignoni y Francisco de las Carreras, dio lugar a la medida y ahora la Sociedad Rural no deberá desprenderse del predio hasta que la cuestión judicial culmine.

miércoles, 4 de enero de 2012

Corrupción en la Secretaría de Derechos Humanos.



Exclusivo de NOVA
Escándalo en la Secretaría de Derechos Humanos: Denuncian despidos irregulares de 26 trabajadores
  
Desde fines de 2009, un grupo de promotores desconoce el destino de sus sueldos. La titular del área, Sara Derotier de Cobacho, les dijo que había “problemas” con la Gobernación. Las amenazas de Fernando Cano.
Aunque no de manera formal, una nueva denuncia sacude el de por sí agitado presente de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia, que conduce Sara Derotier de Cobacho. Se trata de un grupo de promotores del área que denuncian haber sido despedidos a fines de 2009 de manera “irregular”, porque nunca recibieron el telegrama de despido y hasta incluso sospechan que sus sueldos podrían seguir siendo cobrados por otros. Los cuestionamientos alcanzan a la titular de la cartera y al subsecretario del área, Fernando Cano.
Los promotores territoriales de la secretaría son trabajadores sociales que hacen trabajo de campo en los barrios. El 20 de diciembre de 2009, en vísperas de una reunión para planificar las actividades del año siguiente, un grupo recibió la noticia de que no debían presentarse porque el decreto que oficializaría su continuidad estaba “caído” y que, por lo tanto, “quedaban sin trabajo”.
Entre esos 26 promotores está Liliana Enrique Galván, que brindó su testimonio aNOVA. Hija de desaparecidos, la mujer ingresó a la Secretaría de DD.HH el 1° de agosto de 2008, y trabajó sin vacaciones hasta el diciembre fatídico de 2009, cuando le informaron sobre la “caída” del decreto.
“Lo llamativo -explica hoy- es que yo tengo la credencial que confirma que yo prestaría servicios hasta el 30 de diciembre de 2009, y el llamado fue el 20”. A partir de ese momento comenzó un extenso raid de entrevistas, trámites, averiguaciones, solicitudes de audiencia ignoradas y la acusación por amenazas al subsecretario Fernando Cano. Su situación laboral sigue igual, porque aún no recibió su telegrama de despido y tampoco conoce el destino de sus sueldos de dos años.
La mujer aclara que “la mayoría de los que sufrimos esto no quieren hablar, por miedo. Hay mucho temor en la Secretaría”. Los trabajadores del área apuntan al subsecretario Fernando Cano, el marido de la nieta de Cobacho, Amanda Danielis. Debido al delicado estado de salud de la titular del área, Cano es quien se ocupa de la mayoría de los asuntos del organismo.

La respuesta de Cobacho
Aquel diciembre de 2009, después de recibir la noticia, Liliana E. Galván fue a hablar junto a una compañera con la propia Sara Derotier de Cobacho. Según contó, la titular del área les dijo que “no nos hiciéramos problema, que los decretos caían todos los años, que íbamos a cobrar y en marzo de 2010 íbamos a ser reintegradas”. “En enero cobramos, pero en febrero ya no cobramos un centavo ni tampoco nos llamaron”, aclaró.
En marzo, en una nueva reunión, Cobacho les explicó que había “problemas con la Gobernación” y que tenían que “entender”. En ATE les tomaron la denuncia pero les pidieron el telegrama de despido. Después fueron al IPS, donde les solicitaron la certificación del empleador para ver sus aportes jubilatorios.
Sin embargo, de vuelta en el instituto, papeles en mano, Liliana E. Galván y su compañera se encontraron con que no les quisieron dar información respecto de sus aportes. “Nunca recibimos una carta de despido, y ahí empecé con los telegramas, aunque nunca nadie me respondió nada”, reconstruye hoy la mujer.
Precisamente en uno de esos telegramas Liliana Enrique Galván advirtió sobre las amenazas que sufrió por parte de Fernando Cano: “Me llamó para pedirme que me dejara de joder, y me dijo: ‘¿No tenés miedo que te pase algo, con lo que le pasó a tu papá? Podés terminar en una zanja’”.
Su padre fue secuestrado por la dictadura y permaneció desaparecido hasta el año 2009, cuando sus restos fueron depositados en el cementerio de Avellaneda. “Como hija de desaparecidos, me repugna que Cano esté ahí”, afirma la mujer, pero aclara que “si (el gobernador, Daniel) Scioli tiene ganas de dejar esa gente sabiendo cómo son, es su problema. Yo estoy peleando por mis derechos”.

Destino incierto
El caso se agravó cuando Enrique Galván comenzó a sospechar que su sueldo pudo haber estado todo ese tiempo en otras manos, pese a que hoy “no pueda afirmarlo”.
En agosto de 2010, transcurridos unos meses de su despido irregular, su deuda con el Banco Provincia -que le descontaba la tarjeta de crédito de su salario-, ascendía a nueve mil pesos. Sin embargo, “de la noche a la mañana, me llegó un resumen que decía que sólo debía 272 pesos -relató-. Hablé con el banco y me dijeron que habían cobrado la deuda de la cuenta de mi sueldo”.
Con la tarjeta de cobro, Liliana E. Galván comprobó que la cuenta todavía existía, aunque su número de clave para ingresar era “incorrecto”. Ahí crecieron las sospechas. La mujer ya le pidió dos audiencias al gobernador Daniel Scioli, aunque nadie le respondió. “A mí nunca me llegó la carta de despido, y todavía figuro que trabajo para el gobierno de la Provincia -enfatizó-. Necesitó regularizar mi situación”.
En su último telegrama, enviado el 19 de diciembre -y al que tuvo acceso NOVA-, Liliana E. Galván intimó a la Provincia para que “en un plazo de 48 horas aclare mi situación laboral, atento que desde el 1º de agosto de 2008 revisto como personal de la administración pública de la provincia de Buenos Aires en la Secretaría de Derechos Humanos”.
“Asimismo –sigue el texto-, y en los términos y los alcances de la ley mencionada notifico que mi fuerza de trabajo se encuentra a plena disposición de la Secretaría y del gobierno de la provincia de Buenos Aires, no habiéndose dispuesto disponibilidad, cese ni reubicación por ninguna de las causales previstas”.
La mujer sostiene que “por lo expuesto, y no otorgándome ninguna función desde el mes de diciembre de 2009, habiendo percibido mi última remuneración correspondiente a dicho mes y año; y no habiéndose dictado el cese de la relación laboral, intimo para que en un plazo de 48 horas se me abonen los salarios del período comprendido entre el mes de enero de 2010 y el mes de diciembre de 2011”.
Todo eso, solicita Enrique Galván, “bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales ante el fuero que corresponda, y todo ello sin perjuicio de reclamar por los daños y perjuicios ocasionados debido a que en los registros públicos me encuentro de revista en la administración pública de la provincia de Buenos Aires, hecho que me impide formalizar otra relación laboral bajo relación de dependencia”.
Por último, la mujer pidió que se le informe “detalladamente” el destino de sus salarios “devengados entre el 01/01/2010 y el 01/08/2010”. Caso contrario, señaló, y a fin de poner “a buen resguardo” sus “derechos”, Liliana E. Galván radicará una denuncia penal por “la posible comisión de delitos de la acción pública”.

sábado, 31 de diciembre de 2011

El jefe de gobierno porteño Mauricio Macri fue sobreseído en una causa donde se lo acusaba por supuestos malos tratos a personas en situación de calle, a través de la disuelta Unidad de Control y Espacio Público (UCEP).


La jueza María Fontbona de Pombo consideró que la participación de Macri “aparece reducida al dictado del decreto 1223/08″, por el cual se creó la UCEP.
La unidad tenía el objeto de “mejorar el orden y la organización en el espacio público”, pero fue denunciada por maltratos, salpicando al jefe de gobierno que quedó implicado en una causa caratulada como “Macri, Mauricio, Piccardo Pablo, UCEP s/Amenazas y otros delitos”.
Tras la polémica con la UCEP, todas sus funciones fueron transferidas al Ministerio de Desarrollo Social.

martes, 3 de mayo de 2011

Sigue la conmoción social en Bolivia.

BOLIVIA

La marcha de las esperanzas

Por Antonio Peredo Leigue
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Mayo 1, 2011

La abrogación del decreto que elevó de golpe el precio de los carburantes, no calmó la protesta del pueblo; los precios de varios productos de la canasta familiar subieron y no volvieron a bajar. El decreto que aumentó 10% los salarios, en vez de calmar los ánimos, los exacerbó aún más de lo que estaban. El gobierno del presidente Evo Morales tuvo que enfrentar una huelga de la COB, la primera desde que inició su mandato. Durante diez días, las calles de La Paz y otras ciudades, se llenaron de trabajadores que expresaban no sólo su protesta sino se rechazo a una actitud que no esperaban de este gobierno.

De una manera dificultosa, a marchas forzadas, se llegó a un arreglo que no satisfizo expectativas, pero que el pueblo comprendió que era racional. Casi de inmediato, los jubilados iniciaron una marcha en la que, por la edad de los marchistas, podía causar víctimas. Dos ministros debieron llegar hasta el lugar donde estaban éstos y dar un punto y medio más al porcentaje de aumento fijado para las rentas.

Simultáneamente, la COB realizaba su reunión ampliada en Tarija para decidir la fecha de su próximo Congreso aunque, sobre todo por las circunstancias, acordó resoluciones que vuelven a tensar las relaciones entre trabajadores y gobierno.

A grandes rasgos, esta es la situación que estamos viviendo, situación compleja y, al parecer, difícil de solucionar. La perspectiva es que, continuamente, se produzcan reclamos de diferentes sectores por cualquier motivo, no solamente salarial. Volveríamos a una etapa, tantas veces repetida, de un gobierno convertido en apagafuegos, cuya mayor preocupación sea buscar la medida más prudente para impedir que se agrave el conflicto social. Al mismo tiempo, buscaría equilibrios para evitar que entremos en una espiral inflacionaria. Pero, iniciada la dinámica de los reclamos, es casi imposible eludir la inflación incontrolada. Con toda seguridad, el gobierno ya se ha dado cuenta de este peligro.

Analizar las causas que provocaron esa situación puede ser un método para encontrar el camino correcto que impida otra frustración del pueblo boliviano, como ocurrió ya en oportunidades anteriores.

Los cuatro años iniciales del gobierno de Evo Morales, se caracterizaron por un apoyo masivo, pese a las graves provocaciones de una oposición enceguecida por su pérdida de convocatoria. Fue una ceguera total pues no imaginaron que fuera tan brusca su separación de los mecanismos de poder a los que estaba acostumbrada.

En ese periodo se implementó una política económica que rompió con el mito de país miserable con el que nos conocía todo el mundo. Las cinco consultas públicas que se realizaron en ese periodo, incluyendo la reelección de Evo, fueron triunfales. Pero se mantenía una expectativa relacionada con la redistribución de la riqueza. Es decir, seguíamos siendo un país con una enorme diferencia entre el minoritario sector más rico y el masivo sector más pobre. Esa expectativa se transformó en molestia y luego en protesta que fue creciendo.

Para entonces, ya debieron tomarse medidas. Sobre todo si se produjeron hechos, aunque aislados, que ya mostraban el nivel del desencanto incubado en las organizaciones sociales. Caranavi y Potosí no podían analizarse como hechos separados; respondían a la misma causa. Lo más grave es que, el gobierno, reaccionó del mismo modo: buscar el desgaste de la movilización. En vista de que no ocurrió así, usó la represión y luego se sentó a dialogar, con muy pocas posibilidades de éxito.

Si entonces, con habilidad concertadora, el gobierno lograba entendimientos, el grave error del aumento brusco en los precios del combustible, hubiese tenido menor repercusión. Pero, las cosas ocurrieron así y los efectos son los que estamos viviendo. Pero, vayamos al siguiente evento.

La carga económica que significa la subvención de los combustibles, es un hecho reconocido por todos. Pero, al mismo tiempo, el promedio de los ingresos familiares, por más que se hubiese aumentado en un 20%, no habría permitido hacer frente a una elevación tan alta en todos los precios.

A nivel internacional, el alza de precios de los alimentos era ya evidente y no parecía posible que se mantuviesen bajos en el país. En esas condiciones, lo correcto era tomar decisiones que favoreciesen a la población de bajos recursos. Un aumento tan alto en los combustibles, con la evidencia de que iba a repercutir en la economía de los pobres y más pobres, fue una decisión desafortunada.

Pero esa fue la situación con la que iniciamos este 2011. Ya en ese momento, era preciso reunirse con las organizaciones sociales, precisamente con aquellas que protestaron con mayor vehemencia. Decidir el porcentaje de aumento salarial, sin esa consulta, sumó otro error a la cadena de desaciertos en que se ha caído en los últimos meses. Además de estar muy por debajo de los reclamos populares, ese incremento iba a llegar sólo a algunos sectores: Fuerzas Armadas y Policía, magisterio y trabajadores en salud. No se decía nada sobre el resto de la población.

Finalmente se llegó a la negociación, en medio de petardos y bloqueos que tuvieron paralizada a la sede del gobierno. Hubo un acuerdo con sabor a poco, según la gente que se movilizó en esas tensas jornadas. Era, una vez más, momento de reflexionar y reconducir la relación de los gobernantes con el pueblo. Al contrario, hubo un anuncio urticante: los días de huelga se descontarían de los salarios.
La reacción de la Central Obrera Boliviana, reunida en Tarija, ha sido de total enfrentamiento. La imagen simbólica fue la de Pedro Montes rompiendo el decreto de descuento con un ?carajo? de desprecio. Esa es la situación. ¿Podrá sostenerse otra confrontación?, ¿es lo que aconsejan los ministros?

Estoy convencido que no es ese el camino. Hay que dar una explicación amplia, clara y franca. Si no está con el movimiento popular, el gobierno quedará encuevado. Si las organizaciones sociales no sienten que están comprometidas con un proceso de cambio, no avanzaremos. No sé si es la última oportunidad que tiene el presidente Evo Morales, pero sé que es una oportunidad que no puede despreciarse. Este gobierno, que es un gobierno del pueblo, no puede actuar con el criterio de que la autoridad debe ser respetada y su mandato no puede discutirse. Las enseñanzas de la realidad dicen todo lo contrario: es el pueblo que debe ser respetado y su demanda debe ser escuchada. Las marchas de este primer trimestre de 2011 han sido, hasta ahora, marchas de la esperanza frustrada. Es ineludible y urgente lograr que renazca la esperanza.

miércoles, 6 de abril de 2011

Ley de educación en Honduras.


HONDURAS-EDUCACIÓN
Congreso hondureño concluye la aprobación de la Ley de Educación
El Congreso Nacional de Honduras terminó este martes de aprobar la Ley de Fortalecimiento a la Educación Pública y a la Participación Comunitaria. Mientras, los docentes mantienen un diálogo con el Gobierno.
Audios disponibles:
Edwin Olivas, líder magisterial (tregua) - 20 seg. (158 KB)

El jueves pasado, los diputados aprobaron 21 artículos de la ley y dejaron pendiente el número 22 que se refiere a la vigencia del decreto.
Fue para que los maestros pudieran mandaran recomendaciones, algo que no ocurrió.
Este martes, el Congreso aprobó la norma con 2 nuevos artículos y, a la vez, ratificó el acta que dejó el decreto listo para enviarlo al Poder Ejecutivo para su sanción y posterior publicación en La Gaceta.
Los nuevos artículos autorizan al Ministerio de Finanzas para que identifique fondos nacionales o extranjeros para el mejoramiento de la calidad educativa.
Asimismo, indican que anualmente se destinarán 11 millones de lempiras ala Secretaría de Planificación para que ejecute proyectos de desarrollo tecnológicos en las escuelas y colegios de segunda enseñanza.
Mientras tanto, los gremios magisteriales suspendieron la huelga que mantuvieron 5 semanas para intentar un diálogo con el presidente Porfirio Lobo. Dieron un plazo de 2 semanas para resolver el conflicto.
Los gremios reunidos en la Federación de Colegios Magisteriales de Honduras exigen que se archive la Ley de Participación Ciudadana para el Fortalecimiento de la Calidad Educativa.
Consideran que la iniciativa es un paso hacia la privatización de la educación y el fin del estatuto del docente.
Al mismo tiempo, los docentes demandan la solución de la crisis financiera del Instituto Nacional de Previsión del magisterio (Inprema).
Y reclaman que se derogue el decreto de emergencia que autoriza la deducción de sueldo, la suspensión de docentes y la contratación temporal de maestros para sustituirlos. (PÚLSAR)

martes, 15 de marzo de 2011

Nuevo fallo a favor de conscriptos de Malvinas.


Reconocen beneficios a ex conscriptos durante el conflicto en Malvinas que no habían sido trasladados a las islas.

Lo dispuso la Cámara Federal de Córdoba. El tribunal confirmó un fallo que hizo lugar al reclamo de 32 ex soldados que fueron movilizados durante la guerra a Comodoro Rivadavia pero que no combatieron en territorio isleño

En los autos caratulados “Arfinetti, Victor Hugo c/EN – Ministerio de Defensa- Acción Declarativa de Certeza”, la Sala  “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial, con voto de los Dres. Ignacio María Vélez Funes y Luis R. Martínez, resolvió confirmar la Resolución Nº 567 del 4 de diciembre de 2009 dictada por el Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba  y declarar -por fundamentos propios- la inconstitucionalidad del decreto 509/88 que  otorgaba este beneficio sólo a aquellos soldados que combatieron en  las Islas Malvinas.

Antecedentes de la causa
El reclamo de los 32  actores se circunscribe a que se les declare certeza sobre la interpretación de la legislación que impide considerarlos como ex combatientes de Malvinas, solicitando además la declaración de inconstitucionalidad del Decreto reglamentario pertinente N° 509/88 en cuanto limita los alcances de aquellos militares que son reconocidos como “veteranos de guerra”, según hayan combatido al enemigo en concretas acciones bélicas en el establecido ámbito geográfico determinado por el gobierno militar el 7 de abril de 1982.
Por su parte, el Estado Nacional, en su carácter de demandado y apelante manifiesta su discrepancia con lo decidido en primera instancia cuestionando que se haya tenido en cuenta el concepto de combatiente que establece la Convención de Ginebra ya que, expresa,  éste es un instrumento del derecho internacional de la guerra y nada tiene que ver con el derecho interno y con una decisión graciable del Estado Argentino de otorgar beneficios a los que, de acuerdo con una valoración política, merecen cierto reconocimiento.
Sostiene que la jueza de grado ha dictado su fallo sin considerar el interés público involucrado ya que los costos de la Administración serán cuantiosos al ser obligada a otorgar, a quienes no deberían ostentar la condición de Veteranos de Guerra de Malvinas, los beneficios que sólo para ellos depara la legislación vigente y su reglamentación.

Fundamentos del fallo
 “…Ahora bien, un aspecto de cabal importancia a tener en cuenta, es aquel a partir de cuando se “adquiere” el estado militar, ya que desde allí el ciudadano queda sometido a las leyes y reglamentos militares específicos…”
“…En relación a éste punto, resulta importante tener presente lo dicho por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto a que: “Los ciudadanos convocados para cumplir la carga pública del servicio militar obligatorio adquieren desde su presentación, conforme al art. 13 de la ley 17.531, estado militar, e integran el personal de las fuerzas armadas en calidad de reserva incorporada –art. 3 de la ley 19.101”
“…De la lectura e interpretación armónica de lo expuesto precedentemente como de las normas citadas, puede inferirse sin duda alguna que por las funciones que llevaron a cabo todos aquellos ciudadanos conscriptos que estuvieron -con motivo o a raíz del conflicto bélico de Malvinas- ubicados en Comodoro Rivadavia y a las ordenes de la Fuerza Armada Argentina,  gozaban de estado militar, es decir: eran militares, sujetos a reglamentos y leyes especiales.”
“…Sentado ello, cabe referirse a continuación bajo qué condiciones fueron convocados estos militares. A tal efecto, cobra importancia el Decreto N° 999/82 del 31 de mayo de 1982 a través del cual, el entonces Presidente de facto de la Nación, Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri reconoce el estado de guerra en el que se encontraba nuestro país...”
“…Conforme la normativa citada precedentemente, se puede concluir que nuestro país se encontraba jurídica y militarmente en “estado de guerra” desde el 31 de mayo de 1982 y, bajo las particularidades de tal situación se procedió a la convocatoria de los ciudadanos argentinos que, conforme el ordenamiento jurídico imperante en ese momento, estaban en condiciones de ser alcanzadas por la misma y con plena condición todos ellos bajo “estado militar” con las consecuencias jurídicas que ello implicaba
Por otra parte, el decreto 688/82 en lo referente  a la Reserva Estratégica Militar  se refiere
“…al REGIMIENTO DE INFANTERIA 8 (RI 8) estableciendo: “Si bien esta Unidad no es prevista para la operación de recuperación de las islas, se la incluye en este Capítulo pues constituye el primer refuerzo ordenado que llega al TO sobre la finalización de la operación ROSARIO…” (ver fs. 122/124).
“…La referencia apuntada obedece a la necesidad de resaltar que con ello queda demostrado clara y específicamente la convocatoria efectuada por el Estado para ejercer funciones militares defensivas y específicas en el conflicto bélico y las tareas puntuales a las que estaban sujetos a raíz de ello, bajo la condición del “estado de guerra” reconocido oficialmente y por tanto todos los soldados –cualquiera fuere su jerarquía militar de mando-, estaba frente al enemigo “…desde el momento que ha emprendido los servicios de seguridad contra el mismo…” (Art. 882 –Código de Justicia Militar- aprobado por la entonces vigente Ley 14.029…”
El art. 1 del Decreto 509/88 dice: “A los efectos de la aplicación de la ley 23.109, se considerará veterano de guerra a los ex soldados conscriptos que desde el 2 de abril al 14 de junio de 1982 participaron en las acciones bélicas desarrolladas en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, cuya jurisdicción fuera determinada el 7 de abril de dicho año y que abarcaba la plataforma continental, las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y el espacio aéreo correspondiente.
Dicha disposición normativa se dictó a los fines de reglamentar lo dispuesto en la Ley N° 23.109, la que en su art. 1 establece: “Tendrán derecho a los beneficios que acuerda la presente ley los ex soldados conscriptos que han participado en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982”
“…Ahora bien, de los términos del art. 1 de la Ley 23.109, se infiere con meridiana claridad que la voluntad del Congreso de la Nación fue que todos aquellos ex soldados que tuvieron participación en el conflicto bélico del Atlántico Sur, gocen de ciertos y determinados beneficios, pero no limitando ello solo a los soldados combatientes…”
 “… considero que resulta desacertado e injusto por parte del Poder Ejecutivo de la Nación el dictado de un decreto que so pretexto del poder reglamentario altere el espíritu de la propia ley que reglamenta sesgando el objeto y motivación que tuvo el legislador limitando discrecionalmente, por meras consecuencias y efecto económico para el Estado el otorgamiento de esos beneficios tal como ha argüido en su defensa la demandada invocando al respecto el interés público general…”
“… los actores tenían  la condición de ex conscriptos que tuvieron plena participación en el conflicto bélico de Malvinas y a su vez con estado militar, siendo indiferente que desarrollaren sus responsabilidades militares en la vanguardia con lucha efectiva sobre el enemigo, o se mantuvieran en la retaguardia con funciones logísticas militares dentro del Teatro de Operaciones Militares establecido,  porque todos contribuían militarmente a un mismo objetivo, aún cuando algunas tropas como la de los accionantes se hubieran encontrado puestas en el continente y no hubieran llegado a combatir directamente al enemigo inglés.
“ …No debe perderse de vista –reitero- que este grupo de ciudadanos que cumplían el servicio militar obligatorio, que hoy acude a los estrados judiciales en busca del reconocimiento de sus derechos, fueron convocados en su oportunidad para defender la soberanía nacional sobre los territorios del sur por lo que fueron trasladados a Comodoro Rivadavia siendo su destino el Regimiento de Infantería 8 (RI 8), no pudiendo negarse ante tal convocatoria en virtud de hallarse desde ese momento en “estado militar” y bajo régimen de justicia militar …”
 “…Si bien es cierto que algunos tuvieron que combatir al enemigo directamente con armas, no puede desconocerse que otros cumplieron distintas funciones no menos importantes o trascendentes o necesarias militarmente tales como de logística, comunicaciones, inteligencia, sanitarias, de seguridad, o el haber ocupado puestos en retaguardia que son indispensables para que los que están en primera línea puedan efectivamente combatir debidamente resguardados a sus espaldas asegurando la logística de aprovisionamiento, apoyo y debido control del espacio territorial del continente…”
“…Lo expuesto precedentemente no implica desconocer y menos aún desmerecer, el honor y la valentía de aquellos soldados que efectivamente combatieron empuñando armas contra el enemigo, dando todo de sí mismos –su esfuerzo, su sangre y hasta su vida- en la lucha por la reivindicación territorial de las Islas Malvinas…”

jueves, 28 de octubre de 2010

Cristina Kirchner tien su canal de television.

CFK tiene su canal en YouTube
Buenos Aires, 26 de octubre de 2010
La presidenta Cristina Fernández de Kirchner lanzó hoy un nuevo canal de comunicación a través del servicio gratuito de videos en línea Youtube, en el cual se difundirá la actividad oficial de gobierno.
El mismo funcionará a partir de hoy y difundirá los actos de gobierno y las actividades de la distintas áreas de gestión.
El nuevo espacio “servirá para contarnos las cosas que nos parecen importantes, para el país y el mundo” dijo Cristina en el mensaje inaugural. La idea del canal es transmitir los actos oficiales, aunque también mostrar el backstage de las actividades presidenciales. Los últimos momentos antes de comenzar un acto, la firma de algún decreto que se pueda difundir o incluso imágenes del despacho del primer piso de la Casa Rosada serán parte de las novedades del canal de Cristina.
Luego de probar las redes sociales, y ser usuaria frecuente de Twitter, la jefa de Estado, abre un nuevo modo de comunicación, asociando a la red de vídeos más importante del mundo.
Además, youtube.com/casarosada cuenta con un segmento de “Música para Todos”, una novedosa selección de distintas versiones del Himno Nacional Argentino, entre ellas la de Charly García y la de los Tekis, sin olvidarse de los momentos más destacados del festejo del Bicentenario.

miércoles, 6 de octubre de 2010

Correa dice que fue un golpe con su asesinato incluido.

ECUADOR-GOLPE
Gobierno de Ecuador extendió el Estado de Excepción hasta el viernes
Luego del intento de Golpe de Estado del pasado jueves, el Gobierno ecuatoriano extendió el Estado de Excepción hasta el 8 de octubre. El Canciller ecuatoriano responsabilizó al ex presidente, Lucio Gutiérrez.
Un decreto firmado por el presidente, Rafael Correa, extiende la movilización de las Fuerzas Armadas hasta el próximo viernes. El período finalizaba este martes.
La resolución presidencial afirma que "es necesario renovar el Estado de Excepción para garantizar la seguridad de los asambleístas por medio de la intervención de las Fuerzas Armadas".
El decreto 493 indica que "se ratifica la movilización nacional y militar de las Fuerzas Armadas para garantizar la soberanía nacional y el orden interno en toda la república".
El primer decretó para movilizar a las fuerzas militares fue emitido el pasado jueves, en medio de la conmoción por el intento de Golpe de Estado.
Mientras que el canciller de Ecuador, Ricardo Patiño, responsabilizó por el intento de golpe al ex presidente, Lucio Gutiérrez.
En tanto, reconoció que "los que dispararon al pueblo que estaba en las calles, los que dispararon a este Gobierno, están libres, por lo tanto no está superada la crisis".
Por otra parte, se publicó el registro de comunicaciones de la Central Radio Patrulla de la Policía Nacional de Ecuador durante el levantamiento.
En la grabación se escucha a policías expresando su intención de asesinar al presidente Correa. (PÚLSAR)
(+) Gobierno de Ecuador rechaza acusaciones de montaje sobre intento de Golpe

jueves, 30 de septiembre de 2010

Sublevacion policial en Ecuador.

ECUADOR
Unos 120 militares se unen a protesta de la Policía en Ecuador
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Cientos de policías permanecen en el Regimiento Uno de la capital y otro grupo también se ha congregado frente al Cuartel Modelo de Guayaquil.contra una reducción de sus beneficios salariales por parte de la policía, que ha ocupado un regimiento de la capital y ha obligado a cerrar el aeropuerto de Quito, según dijo hoy a Efe una fuente gubernamental.Oficiales militares se reunieron hoy temprano con el ministro de Defensa, Javier Ponce, a quien le expresaron su insatisfacción por el cambio en el sistema de bonificaciones y ascensos, dijo la fuente, que pidió no ser identificada."Hay descontento por el despido de condecoraciones, pero existe un desconocimiento del personal militar en cuanto a ese decreto", dijo la fuente, la cual hizo hincapié en que las condecoraciones "serán reemplazadas por compensación".Algunos de los militares que se reunieron con Ponce se congregaron tras el encuentro en las afueras del ministerio, donde hay unas 120 personas, de acuerdo con la fuente.Mientras, cientos de policías permanecen en el Regimiento Uno de la capital y otro grupo también se ha congregado frente al Cuartel Modelo de Guayaquil, en protesta por la reducción de sus beneficios salariales.