sábado, 4 de agosto de 2012

Identifican los restos de 2 cubanos desaparecidos por la dictadura cívico - militar.

MEMORIA




(AW) Eran diplomáticos y fueron vistos por sobrevivientes en el campo de concentración Automotores Orletti. Habían sido secuestrados el 9 de agosto de 1976 cerca de la embajada de la isla en Buenos Aires. Los restos de uno de ellos se hallaron el pasado 11 de junio en un barril forrado con cemento en San Fernando.

Stella Calloni
Corresponsal
Periódico La Jornada

Buenos Aires, 2 de agosto.
A pocos días del 36 aniversario de su desaparición fueron identificados los restos de Crescencio Galañena Hernández, diplomático cubano, secuestrado junto a Jesús Cejas Arias, también funcionario de la embajada de Cuba y quienes fueron vistos por algunos sobrevivientes en su paso por el Centro Clandestino de Detención Automotores Orletti, sede de la Operación Cóndor, coordinadora criminal de las dictaduras del Cono Sur en los años 70-80.
Ambos jóvenes fueron secuestrados el 9 de agosto de 1976 en el barrio de Belgrano a escasa distancia de la sede diplomática que fue víctima de varios atentados durante la pasada dictadura (1976-1983).
Desde el mismo día del golpe militar del 24 de marzo de 1976 la embajada cubana fue rodeada por militares, y hubo diversos tipos de hostigamientos y amenazas . Pero lo más grave es que -además de los dos diplomáticos fueron secuestrados y desaparecidos empleados argentinos de esa misión.
Los restos de Galañena fueron encontrados el pasado 11 de junio en un barril forrado con cemento en San Fernando.
En una zona cercana a este lugar en la misma jurisdicción de San Fernando en 1976 fueron encontrados durante un dragado en el río otros toneles con cuerpos, que fueron enterrados como NN y luego en 1989 desenterrados, dos de los cuales fueron identificados por el Equipo de Antropología Forense (EAF). Eran los restos de Ana María del Carmen Pérez, embarazada de nueve meses, asesinada con su hijo mediante varios disparos en el vientre y también el joven Marcelo Gelman, hijo del poeta argentino Juan Gelman y su primera esposa Bertha.
En ambos casos habían sido víctimas de terribles torturas, antes de ser asesinados y colocados sus cuerpos en toneles de unos 200 litros, también llenos de cemento.
Los datos señalan que habrían sido arrojados en octubre de 1976. Ambos habían pasado por el infierno de Orletti, sede de la Operación Cóndor -coordinadora de las dictaduras del Cono Sur en los años70- en Buenos Aires.
La noticia de la identificación se conoció hoy a través del informe de una fuente judicial a Página 12. La periodista Victoria Ginzberg -hija de desaparecidos- relata que los restos fueron hallados por un grupo de niños que cazaban roedores en el lugar, en un predio frente al aeródromo de San Fernando. El tonel estaba roto y oxidado y los niños pudieron ver huesos adentro y llamaron a la policía, que descubrió otros dos toneles más.
También se estima que puedan aparecer otros restos en el lugar. Los miembros del Equipo Argentino de Antropología Forense, que en general da estas noticias, después de que se haya informado a los familiares de las víctimas, aún no han hecho declaraciones hasta esta noche.
Ahora el expediente será llevado al juzgado del juez Daniel Rafecas, quien investiga a los responsables de los delitos de lesa humanidad cometidos en Orletti.
El caso de los dos diplomáticos cubanos fue incluido en el primer juicio que condenó a varios de los responsables de los crímenes cometidos en el lugar adonde llegaban los integrantes de Cóndor de los distintos países, como es el caso del Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas de Uruguay, en general encabezados por los militares uruguayos José Nino Gavazzo (detenido en su país) y Manuel Cordero (detenido en Argentina).
Un aporte importante lo hizo el general Manuel Contreras jefe de la policía política del dictador chileno Augusto Pinochet, quien ante su detención en Chile y enojado con la Agencia Central de Inteligencia (CIA) a la que adjudicó responsabilidad en las dictaduras, dijo a la prensa en su país en 1996- y luego a la jueza argentina María Servini de Cubría- que pasaron rumbo a Buenos Aires el agente de la CIA y de la inteligencia chilena Michael Townley y Guillermo Novo Sampol, integrante de los grupos terroristas cubanos de Miami, para interrogar a los funcionarios de Cuba secuestrados en Argentina.
Novo Sampol fue uno de los asesinos que activó la bomba que mató a Orlando Letelier ex ministro del presidente Salvador Allende y a su secretaria estadunidense Ronni Moffitt a fines de septiembre de 1976. Contreras no dudó en señalar que estos habían participado en la tortura y el asesinato de ambos.
Estos grupos organizados en la Coordinadora de Organizaciones Revolucionarias Unidas (Coru) a instancias del ex presidente de Estados Unidos George Bush cuando era jefe de la CIA en 1976 , colaboraron con todas las dictaduras del Cono Sur, y especialmente en la Operación Cóndor.
También se habían responsabilizado por el atentado fallido contra el embajador de Cuba en Argentina Emilio Aragonés, en agosto de 1975.
Desde septiembre de ese año comenzó la persecución a personas ligadas y o que trabajaban en la embajada de Cuba, pero en 1976 , desde el mismo 24 de marzo varios trabajadores de esa misión fueron secuestrados, allanadas sus casas, robados. Varios de ellos entre están desaparecidos,
La embajada de Cuba fue víctima de una persecución constante y las investigaciones como las que realiza el profesor y jurista cubano José Luis Méndez Méndez han demostrado la participación permanente de esos grupos terroristas, bajo diversos nombres y fachadas con la dictadura argentina Y otras.
El reconocimiento judicial del secuestro y desaparición de Galañena Hernández y Cejas Arias, en el juicio de Orletti llevó a la condena del general retirado Rodolfo Cabanillas y de varios temibles agentes como Raúl Guglielminetti, Eduardo Alfredo Ruffo y Honorio Carlos Martínez Ruiz.
Nuevas informaciones que han llegado a la fiscalía y los testimonios de los sobrevivientes, demuestran que este juicio es la punta del iceberg. Hay mucho más que investigar en este caso y especialmente en la Operación Cóndor.
La justicia aún no ha llegado a uno de los grandes nidos de Cóndor en Miami y en la propia sede de la CIA. Aún permenecen libres en las calles, muchos de los responsables de crímenes no sólo contra Cuba, sino contra América Latina, como se ha demostrado. Esa impunidad atrasa a la justicia y prolonga la tragedia de las familias de laa víctimas.

jueves, 2 de agosto de 2012

El ministro Ferroviera, alias "Julio Alak", dijo algunas gansadas.



El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, dijo que “quedó despejada cualquier duda sobre el Servicio Penitenciario” tras la visita de diputados opositores al penal de Ezeiza.
“La campaña política contra el Gobierno da para todo y por suerte en estos días pudimos mostrar la política de reinserción social que se lleva adelante”, aseguró el funcionario.
Alak se reunió hoy con los diputados del PRO, Federico Pinedo y Gabriela Michetti; Eduardo Amadeo (Frente Peronista); Patricia Bullrich (Unión por Todos); y el legislador porteño Juan Pablo Arenaza.
Asimismo, explicó que “e Tribunal Oral Criminal (TOC) reconoció que todas las salidas habían sido ordenadas judicialmente y quedó esclarecida la falacia de que los internos salían sin custodia”, explicó el Ministro.
Finalmente, invitó a los partidos opositores a “formar asociaciones de jóvenes para que colaboren en el proceso de reinserción”.

martes, 31 de julio de 2012

El Congreso interpela a Hortel.


Piden que el jefe del Servicio Penitenciario dé explicaciones en el Congreso sobre las salidas de presos a actos políticos


política

El diputado nacional y vicepresidente de la Comisión de Seguridad Interior de la HCDN, Miguel Bazze (UCR Buenos Aires), presentó un proyecto por el cual cita a dicha comisión al titular del Servicio Penitenciario Nacional, Víctor Hortel, para que “informe de sobre el régimen de salidas de ciudadanos privados de su libertad alojados en las cárceles de ese servicio, sobre las posibles excepciones de las que habrían sido beneficiarios algunos de los internos y sobre la existencia de una agrupación política vinculada con las mencionadas excepciones”.

En los fundamentos, Bazze aseguró que “la posible existencia de irregularidades de la naturaleza que han tomado estado público a partir de la supuesta existencia de una agrupación política que habría logrado conceder salidas especiales a personas privadas de su libertad, es de una gravedad tal que no admite otra posibilidad que no sea que esta Cámara se aboque a trabajar en la más exhaustiva investigación a fin de llegar inmediatamente al esclarecimiento de esa situación”.

“La falta seguridad es una innegable realidad en toda la Nación y es sin duda un problema complejo de difícil solución, en consecuencia el Estado debe actuar con la mayor seriedad”, indicó Bazze y agregó que “será más grave aún si se permite la existencia de hechos de semejante nivel de irresponsabilidad y de desconocimiento de las leyes que de comprobarse, sin duda denotan la existencia de una conducta autoritaria de parte de sus responsables”.

Victor Hortel recibió ayuda del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 20 para sus disparates "militantes".


Comunicado del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 20 de la Capital sobre la situación de Eduardo Vásquez

 
Buenos Aires, 31 de julio de 2012.-
Al Señora Directora del Centro de Información Judicial - Corte Suprema
de Justicia de la Nación.
Dra. María BOURDIN.
S / D
Tenemos el agrado de dirigirnos a la Señora Directora en nuestro carácter de integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 20 de Capital Federal, en el contexto de la causa Nro. 3562 seguida a Eduardo Arturo Vásquez en orden al delito de homicidio calificado por el vínculo, a fin de solicitarle tenga a bien dar a publicidad la información que se vuelca en el presente, con el objeto de encauzar y dar respuesta a los reclamos sociales y periodísticos vinculados a las actividades intra y extramuros desarrolladas por el encausado desde el mes de noviembre de 2011.
A esos fines, se hace saber que con motivo de solicitudes efectuadas por las autoridades del Servicio Penitenciario Federal que se detallarán infra, este Tribunal autorizó el traslado de Eduardo Vásquez a efectos de su participación en distintos eventos culturales.
En el primero de ellos, con motivo de las actividades culturales mencionadas en el Memorando 573/11 de la Dirección Nacional del Régimen Correccional del Servicio Penitenciario Federal y a partir del informe confeccionado por la División Educación de Complejo Penitenciario Federal Nro. 1 (Ezeiza) y requerido por el Jefe del Departamento Judicial de dicho centro carcelario mediante nota 7038/2011, se autorizó la participación de Vásquez en el evento cultural a realizarse por la agrupación “Vatayón Militante”, en el local “El Argentinazo” sito en Av. Corrientes 6257 de esta ciudad, el 25 de noviembre de 2011, quedando bajo exclusiva responsabilidad del Director del mencionado Complejo el mantenimiento de la seguridad y custodia del nombrado, debiendo reintegrar al mismo a su lugar de alojamiento una vez finalizado el evento.
El segundo traslado, vinculado a la participación de Vásquez, el 13 de enero de 2012, en el encuentro de talleres de extensión cultural a desarrollarse junto con la agrupación “Vatayón Militante” en el Complejo Penitenciario Federal Nro. II (Marcos Paz), fue autorizado por el Tribunal de Feria Nro. 3. La solicitud obedeció al requerimiento formulado mediante Nota 530/12 de la Dirección de Judicial (Dirección de Secretaría) del Servicio Penitenciario Federal (S.P.F.) en cumplimiento de las directivas impartidas mediante Memorando 35/11 de la Dirección Nacional del Régimen Correccional.
El tercer traslado, autorizado por éste Tribunal con motivo del requerimiento efectuado mediante Nota Nro. 806/2012 del Departamento Judicial del C.P.F. I (vinculada al Memorando 20/2012 de la Dirección Principal de Trato y  Tratamiento del S.P.F.), fue para que Eduardo Vásquez, como integrante del grupo musical de su unidad de alojamiento, participara el 6 de junio de 2012 del evento realizado en el Complejo Penitenciario Federal IV con motivo del 34º aniversario de ese establecimiento, el 1º aniversario del Centro de Rehabilitación para  Drogadependientes “Beata Madre Teresa de Calcuta” y el 17º aniversario del inicio de actividades del C.R.D.
La cuarta remisión, también autorizada por éste órgano colegiado, con motivo de la Nota 5603/2012 del Departamento Judicial del C.P.F. I, fue para que Vásquez fuera trasladado, el 24 de junio de 2012, a la Academia Superior de Estudios Penitenciarios “Roberto Pettinato”, para participar en la "29 Feria de Trabajo, Arte y Cultura" impulsada y promovida por la Dirección General de Régimen Correccional y el Ente de Cooperación Técnica y Financiera. Resulta de obviedad reiterar que quedó bajo exclusiva responsabilidad del Director del mencionado Complejo el mantenimiento de la seguridad y custodia del nombrado, debiendo reintegrarse al mismo, a su lugar de alojamiento, una vez finalizado el evento.
Finalmente, con motivo de Nota (sin número) del Departamento Judicial del C.P.F. I y de la Nota 10.683 de la Dirección de Judicial del S.P.F. (que refiere a la Resolución Nro. 1127/12 de la Dirección Nacional del Régimen Correccional) se autorizó el traslado del encartado, el 29 de junio de 2012, al Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para participar en el “Festival de Rock” a realizarse en dicho establecimiento.
Cabe señalar que la información vertida es reflejo de lo tramitado en el Legajo de Personalidad de Eduardo Arturo Vásquez; y que dicho expediente, como así también la totalidad de la causa Nro. 3562, ha estado a disposición de las partes desde el ingreso del sumario a éste Tribunal, que tuviera lugar el 28 de abril de 2011.-
Por último, se pone en vuestro conocimiento que lo acontecido con el referido Vásquez se encuentra dentro de los cánones de tratamiento de las personas privadas de su libertad, en los términos de la ley 24.660 y que el referido registra conducta ejemplar (10) en los últimos tres trimestres calificados.
Saludamos a la Sra. Directora con distinguida consideración.

Patricia G. Mallo (juez de Cámara)
Pablo G. Laufer (juez de Cámara)
Luis Fernando Niño (juez de Cámara)
Ricardo Santiago Lombardo (secretario de Cámara)

jueves, 26 de julio de 2012

Las reformas al Código Civil y Comercial de la Nación, que pronto serán debatidas en el Congreso.


Los chicos y el nuevo Código Civil: los cambios que se vienen

Las modificaciones serán debatidas en las próximas semanas
Las reformas al Código Civil y Comercial de la Nación, que pronto serán debatidas en el Congreso, plantean cambios estructurales en el proceso de adopción que buscan, sobre todo, acortar los tiempos de espera, uno de los puntos más cuestionados del sistema actual.
Pero ese no es el único cambio que traerá a la vida de millones de chicos y chicas el nuevo Código Civil, en el que vienen trabajando desde hace años expertos y jueces de todo el país. Según explica el propio Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte Suprema de Justicia y quien encabezó la comisión de reforma, el nuevo texto pone énfasis en la protección de los niños "conforme a la convención internacional de derechos con numerosas consecuencias prácticas”, y facilita la adopción ampliando las personas que pueden hacerlo "acelerando los trámites y dando una serie de seguridades para evitar abusos con los niños", al tiempo que "se reconoce el verdadero rol de los jóvenes y su autonomía progresiva".
La adopción, un gran avance
Con respecto a la adopción, en el texto propuesto sesimplifican los trámites para obtener la custodia legal de los niños pero no disminuyen las condiciones que deben cumplir quienes quieran adoptar. Se incluye la figura de niños en “situación de adoptabilidad”, esto es, niños que continúen en situación de desamparo tras seis meses de trabajo social con la familia biológica.
Esta noción de “adoptabilidad” permite limitar a 60, 90 o 180 días lo que ahora puede llevar, al menos, un año.
En el Código que se proyecta “queda prohibida expresamente la entrega directa en guarda de niños, niñas y adolescentes mediante escritura pública o acto administrativo”, es decir, la guarda provisoria con la sola intervención de escribano. Y “la declaración judicial de la situación de adoptabilidad no puede ser dictada si algún familiar o referente afectivo del niño o niña ofrece asumir su guarda o tutela y tal pedido es considerado adecuado al interés de éste”.
Según María Elena Naddeo, presidenta de la Comisión Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud de la Legislatura porteña, se busca “evitar la cronicidad de niños, niñas y adolescentes en los hogares convivenciales o lugares de abrigo, cuando están separados de su grupo familiar”. En la actualidad, “el organismo administrativo adopta una medida excepcional por un máximo de 90 días, con posibilidades de prórrogas, a fin de lograr la recuperación de los vínculos con la familia de origen cuando no hubiere situación de abuso o maltrato comprobado”, explicó.
Con ella coincide Beatriz Gelman, psicóloga y también titular de Adoptare, para quien “por lo general, los trámites suelen ser extensos y, sólo en casos excepcionales (aquellos que involucran a chicos más grandes o con alguna discapacidad), se logra facilitar el proceso”.
Por su lado, la asesora general tutelar de la Ciudad de Buenos Aires, Laura Musa, aseguró que "en la discusión sobre adopción, uno de los temas del anteproyecto del Código Civil, tenemos que hablar del origen de los chicos" porque "hay que cambiar la idea de que los niños pobres están disponibles para ser pasados a las clases medias como si fueran objetos"."En el imaginario existe la idea de que hay un montón de chicos pobres disponibles para ser adoptados. La deconstrucción de este discurso cuesta mucho, porque quienes lo promueven tienen recursos y tienen medios de comunicación", señaló la abogada en el marco del debate sobre adopción, uno de los temas que serán reformados en el Código Civil.
Para la especialista, “existe una presión por forzar que los chicos que están en situación de vulnerabilidad social sean para la adopción” y entendió que "más allá de los tiempos jurídicos, hoy es complicado adoptar porque no hay gran cantidad de niños huérfanos. Y no es obligación del Estado proveer de niños a las personas que no pueden tener chicos".
Emilio García Méndez, presidente de la Fundación Sur Argentina, explicó que esta situación se da en la Argentina "porque las políticas sociales funcionan. Entonces hay menos familias que llegan a la instancia de tener que entregar a sus hijos en adopción”.“La paradoja en la adopción es que el tema más importante no está en la adopción en sí, sino antes, en los procesos jurídicos, que llevan a los chicos a estar en estado de adoptabilidad”, aseguró García Méndez.
Los casos excpecionales que ocurren en la realidad 
Pero, más allá de que se coincide en lo positivo de los cambios por venir, hay expertos, en infancia y derecho, que hablan de casos específicos que deberían tenerse en cuenta. Uno de ellos es Alejandro Molina, ex juez y abogado dedicado a atender cuestiones de familia, niñez y adolescencia, para quien "hay una realidad natural que nos lleva a encontrarnos con casos especiales en los que los niños son confiados por sus progenitores al cuidado de personas de su amistad o confianza y finalmente comprenden que no se harán cargo de ellos, aceptando que sean adoptados por esos guardadores "de hecho" o delegados del ejercicio de la autoridad parental, que el proyecto, como decimos más arriba, designa como responsabilidad parental". Y agrega: "más aun, si la entrega directa ha generado un vínculo satisfactorio entre el niño y sus guardadores de hecho, estimamos decisivo el mismo por encima del vínculo entre progenitores y adoptantes porque lo que está de por medio es el interés superior del niño y este interés queda configurado en la vinculación de referencia" (ver aparte).
A su vez, Marisa Russomando, psicóloga, directora de Espacio La Cigüeña, sostuvo que la actualización del texto traerá una nueva idea de familia en un sentido más amplio y actual. "El concepto que tenemos de ella está cambiando, pero no se agota ni se pierde. Lo que se busca en cada nueva manera de construirla es el deseo de vínculo, ya sea en las familias monoparentales, ensambladas o conformadas por homosexuales, entre otras variables", puntualizó.

El derecho a conocer el origen 
Las personas adoptadas tendrán garantizado “el derecho a conocer los orígenes”. Se trata del derecho a “acceder al expediente judicial en el que se tramitó su adopción, y demás información que conste en registros judiciales o administrativos”. Si la persona es menor de edad, el juez “debe disponer la intervención del equipo técnico del tribunal, del registro de adoptantes correspondiente o de los equipos interdisciplinarios de mediación”. La familia adoptiva “puede solicitar asesoramiento a esos organismos”. Cada expediente debe tener “la mayor cantidad posible de información” acerca del origen de la persona que fue adoptada. Quienes adopten “deben comprometerse expresamente a hacer conocer sus orígenes al adoptado”.
El apellido de los bebés, un cambio notorio
El nuevo Código propuesto también abre el debate sobre el apellido de los bebés porque establece que los padres podrán poner a sus hijos el apellido de uno u otro, o ambos, en cualquier orden. Se estima que la reforma podría ser aprobada este año y entraría en vigencia a mediados de 2013.
Cuando esto suceda, una persona nacida de una pareja llevará el apellido de alguno de los integrantes de esa pareja. La decisión de cuál será corresponde a los cónyuges: es una decisión igualitaria voluntaria en una convención privada (entre el padre y madre de ese niño) en que cualquier apellido puede ir primero . Si no fuese posible llegar a un acuerdo, “ se determina por sorteo realizado en el Registro de las Personas”. Es opcional agregar el segundo apellido y pasado el tiempo, una vez que el interesado demuestre “edad y madurez” suficientes, “se puede agregar el apellido” que había quedado excluido inicialmente.
El anteproyecto confirma, además, que todos los hijos de un mismo matrimonio deben llevar el mismo apellido que el primogénito, para evitar que haya diferencias de apellidos incluso entre hermanos de padre y madre. Por otra parte, “el hijo extramatrimonial con un solo vínculo filial” llevará el apellido “de ese progenitor”.

El progenitor afín, acorde a los nuevos tiempos
Por otro lado, el nuevo proyecto de Código Civil y Comercial establece la figura del “progenitor afín”, que se trata del “cónyuge o conviviente con quien tiene a su cargo el cuidado personal del niño. El afín debe cooperar con la crianza y educación de los hijos del otro, realizar los actos cotidianos relativos a su formación y adoptar decisiones ante situaciones de urgencia”. El caso viene a ejemplificar un sentido central del proyecto: reemplazar el actual Código, centenario, no tanto para establecer nuevos criterios como para registrar los cambios que se han producido en la sociedad.

La prestación alimentaria obligatoria
A partir de las modificaciones propuestas en el nuevo Código, los padres “deben la prestación alimentaria hasta los 21 años o incluso hasta los 25 si, por razón de sus estudios o preparación para un oficio o arte, no puede proveerse de medios. La obligación alimentaria cesa si se acredita que el hijo mayor de 18 años cuenta con recursos suficientes para procurárselos por sí mismo”.

Las voces de los chicos y su participación en las decisiones
El anteproyecto incorpora la perspectiva del ejercicio de los derechos por parte de las personas que no han alcanzado la mayoría de edad, a quienes diferencia entre adolescentes (“persona menor de edad que cumplió trece años”) y “menor de edad”, que es quien no ha alcanzado los 18. En ambos casos, una persona menor de edad puede ejercer “sus derechos a través de sus representantes legales”. Pero quien “cuenta con edad y grado de madurez suficiente puede ejercer por sí los actos que le son permitidos por el ordenamiento jurídico”. En caso de que “haya conflicto de intereses con sus representantes legales, puede intervenir con asistencia letrada”. Quien no ha alcanzado la mayoría de edad, estipula el anteproyecto, tiene derecho a ser oído “en todo proceso judicial que le concierne, así como a participar en las decisiones sobre su persona”. El texto propuesto, además, presupone cierta progresión en la toma de decisiones. Así, las y los adolescentes de entre 13 y 16 años “tienen aptitud para decidir por sí respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física”. Ante un tratamiento invasivo, la decisión será de los padres pero el chico ha de brindar su consentimiento. Por lo demás, desde los 16 “el adolescente es considerado como un adulto para las decisiones atinentes al cuidado de su propio cuerpo”.

La imagen y la fertilización asistida
Por otro lado, el nuevo Código Civil plantea cambios en otras áreas que involucran aniños, niñas y adolescentes. Veamos.
- Derecho a la imagen. Para captar o reproducir la voz o la imagen de una persona es necesario contar con su autorización, salvo que participe en actos públicos, que exista un interés científico, cultural o educativo, o se trate del derecho de informar. Ante fallecimiento, el consentimiento lo pueden efectuar los herederos.
- Maternidad subrogada. Es el llamado “alquiler de vientre”. El proyecto crea la figura de la “gestación por sustitución” y la autoriza con el consentimiento previo, informado y libre de las partes intervinientes. Prohíbe que la gestante reciba retribuciones por llevar adelante la gestación. Apunta a la necesidad de una futura ley para las especifidades.
- Fertilización asistida. Considera persona al embrión implantado en el vientre, mediante las técnicas de fertilización asistida. Regula la filiación en casos en que se recurrió a esas técnicas. Acepta la reproducción con material genético de terceras personas, pero la filiación no se determinará por el dato genético, sino por la voluntad de la pareja.

domingo, 22 de julio de 2012

"Inconstitucionalidad de la aplicación de la ley de Impuestos a la Ganancia aplicada a la jubilación".


Opiniones en Libertad 



En el reclamo por "la inconstitucionalidad de la aplicación de la ley de Impuestos a la Ganancia aplicada a la jubilación".
El jubilado Marcelo Asmar, representado por la doctora Mónica Castañeira, presentó un amparo en el Juzgado Federal Nº2 contra la AFIP reclamando "la inconstitucionalidad de la aplicación de la ley de Impuestos a la Ganancia aplicada a la jubilación" y logró que esa instancia judicial fuese habilitada.
La resolución que acogió el amparo salió el pasado 13 de julio -antes del inicio de la feria judicial-, declarando "la inconstitucionalidad de la aplicación de la Ley de Impuestos a la Ganancia sobre la jubilación, que no es una ganancia, sino la justa retribución de una tarea", consideró la letrada.
"El impuesto a la ganancia sobre el haber jubilatorio no corresponde, porque no hay ganancia -añadió-. La ganancia existe en aquel que tiene una inversión que corre un riesgo empresarial y tiene o no ganancia".
En la opinión de Castañeira, es "autoritario el tema, porque los que tienen haberes -ya sean activos o pasivos- son cautivos porque sí o sí les descuentan. Además, este caso es el de un haber de un jubilado que ya aportó cuando estaba en actividad". Así, se declaró "inconstitucional la aplicación de la Ley de Impuesto a la Ganancia sobre la jubilación".
En la resolución se detalló que la jubilación de Asmar "no es susceptible de ser alcanzada por el impuesto a la ganancia, teniendo en cuenta el carácter alimentario del beneficio, y que es producto de los aportes extraordinarios realizados por el peticionante durante su vida laboral a fin de acceder a una vejez decorosa". El amparista tiene 95 años.
Ahora hay que esperar lo que defina la AFIP, que puede llegar a apelar.

Posted: 21 Jul 2012 05:25 PM PDT
Legisladores provinciales de la oposición profundizaron los cuestionamientos contra la decisión del gobierno bonaerense de disponer una extensión automática de las licencias para la explotación de bingos a través de una resolución del Instituto de Loterías y Casinos, al señalar que esa medida no puede adoptarse sin el respaldo de una ley, por lo que, adelantaron, analizan recurrir a la Justicia.
Representantes del Frente Amplio Progresista (FAP) y de la Coalición Cívica (CC) cargaron ayer contra el gobernador Daniel Scioli, quien decidió avanzar con la renovación de los permisos de explotación de salas de juego a cambio del pago de un canon que le reportaría 1.500 millones de pesos con el objetivo de conseguir fondos adicionales en medio de la complicada situación financiera que atraviesa la Provincia.
La operatoria alcanza a 14 salas de juego ubicadas en territorio bonaerense cuyas licencias están próximas a vencer y que ahora serán extendidas por unos 15 años. Para la renovación, la Provincia estableció el pago de un canon extraordinario e inmediato, que alcanzaría los 1.100 millones de pesos, y otro, accesorio y en 60 cuotas, en torno a los 400 millones de pesos.
Ayer, el diputado bonaerense del FAP Juan Carlos Juárez dijo que desde ese bloque se analiza la posibilidad de ir a la Justicia para frenar la extensión de las licencias de bingos, al considerar que ese trámite "debería
hacerse a través de una ley.
"No es muy buen ejemplo desde el punto de vista educativo que una provincia tenga que recurrir a financiarse con el juego, porque además el Gobierno va a recibir un adelanto más o menos de 2 mil millones de pesos, frente a los 50 mil millones que va a recaudar el juego durante todo ese tiempo", aseguró Juárez.
El diputado sostuvo que "como el acuerdo con los Bingos llega hasta el 2027, es decir va a alcanzar a otras tres gestiones más, entendemos que cualquier avance en este sentido debe ser mediante la sanción de una Ley".
Juárez dijo que desde su espacio impulsarán una modificación a la ley de Bingos porque las salas de juego "tienen que tener un canon mucho más importante que el que se les cobra".

"ESCANDALOSO"

Los cuestionamientos de Juárez se sumaron a los del presidente del bloque de diputados de la CC, Walter Martello, quien calificó a la medida como "una de las situaciones más escandalosas en lo relacionado entre juegos de azar y política".
"Se va a renovar por 15 años licencias que aún no están vencidas. Es un mecanismo inédito en la administración pública, que además, se hace a cambio de un canon irrisorio y no es por el pago del aguinaldo, ya que el monto no alcanza para cubrirlo", sostuvo Martello.
En ese sentido, Martello afirmó que la operación significa un "formidable negocio para los bingueros avalado por el gobernador y el directorio de Lotería de la provincia".
Como Juárez, Martello también lanzó una advertencia sobre las posibles implicancias legales de la renovación de licencias.
"Estamos viendo la posibilidad de denunciar al gobernador por incumplimiento de las leyes que adhieren a los pactos de lucha contra la corrupción. Ya que se plantean pautas específicas en cuanto a las contrataciones. Además pretendemos que se nos dé la posibilidad de un debate parlamentario".
"Con esta medida, por cada 100 pesos que reciben los bingos por las máquinas tragamonedas, el Estado obtiene sólo 5 pesos".

miércoles, 18 de julio de 2012

El genocidio de Scioli.


NOTIVIDA, Año XII, Nº 840, 17 de julio de 2012
Provincia de Buenos Aires
 PROTOCOLO PARA “ABORTOS NO PUNIBLES”
La provincia de Buenos Aires ha implementado un nuevo mecanismo sistemático para eliminar a personas inocentes, los niños por nacer. La “adecuacion” al fallo de la Corte Suprema de Justicia del pasado 13 de marzo, esgrimida por el Gobierno provincial, no tiene más asidero que el móvil ideológico ni encuentra otra explicación que la presión del Ejecutivo nacional que primero politiza y corrompe la administración de justicia y después avasalla las autonomías provinciales.
El ministro de Salud provincial, Alejandro Collia, presentó hoy el Protocolo de “Aborto no Punible” (Resolución 3146/12), “se fundamenta en la necesidad de contar con pautas que garanticen el acceso al aborto en los supuestos contemplados como no punibles en los términos del Artículo Nº 86, Inciso 1 y 2 del Código Penal y del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
Los especialistas del ministerio de Salud presentaron el nuevo Protocolo ante los titulares de las comisiones de Salud de Diputados y Senadores, Viviana Nocito y Marcelo Carignani, respectivamente. En el encuentro también estuvieron presentes la ministra de Gobierno, Cristina Álvarez Rodríguez y el subsecretario de Derechos Humanos de la Provincia, Nicolás Carvalho.
El Protocolo dice que a partir de la interpretación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible en tres supuestos:
1. Si se ha realizado con el fin de evitar un peligro para la vida ò la salud de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
 2. Si el embarazo proviene de una violación, conforme la manifestación de la propia victima o su representante legal y con prescindencia de la denuncia y/o calificación penal del hecho.
3. Si el embarazo proviene de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota ó demente.
Asimismo agrega que “al concluir que el aborto practicado a una mujer víctima de violación no es punible otorga protección legal al equipo de salud que realiza la práctica, garantizando así el acceso a la misma. La realización de la práctica no implica ninguna responsabilidad administrativa, civil, ni penal para el equipo de salud”.
Con la implementación del Protocolo, el Gobierno de la provincia de Buenos Aires renuncia servilmente al declamado federalismo y se hace cómplice de los crímenes que la  Resolución  faculte. 
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NOTIVIDA, Año XII, Nº 840, 17 de julio de 2012
Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja