viernes, 11 de diciembre de 2015

Un juez condenó a la Fundación Madres de Plaza de Mayo de Hebe de Bonafini a pagarle 33,7 millones de pesos a la Corporación Buenos Aires Sur, manejada por el PRO en la Ciudad.

Según informó el sitio iJudicial, el juez Marcelo López Alfonsín, titular del juzgado N° 18 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió hacer lugar a la demanda impulsada por la Corporación contra la Fundación por incumplimiento contractual, tras la disolución de común acuerdo en el año 2008, del “Consorcio de Cooperación” suscripto con el objetivo de facilitar, desarrollar, incrementar y concretar planes de vivienda, entre los que se encontraba la puesta en marcha de una planta de fabricación de paneles de poliestireno. En la resolución firmada el 10 de noviembre, el magistrado
La suma de la condena impuesta se compone de 32.460.617 pesos correspondientes al capital adeudado conforme lo dispuesto en el convenio de disolución del Consorcio de Cooperación, en el cual la Fundación, ante su interés de continuar con el proyecto, acordó comprar por dicho monto la participación de la Corporación en el consorcio (compra que no fue concretada ya que, a pesar de haber acordado suma y forma de pago, posteriormente la Fundación cuestionó la tasación efectuada por el Banco Ciudad); también se suman 236.446 pesos por el pago efectuado por orden judicial por la Corporación Buenos Aires Sur al propietario del inmueble ubicado en la avenida Pedro de Mendoza 3825 en el cual se emplaza la fábrica de paneles para la construcción de viviendas, ante alquileres impagos; y finalmente 1.057.350,42 pesos por pagos extrajudiciales, también correspondientes a meses de alquiler no pagados por la Fundación (a pesar que en la Carta de Intención para la disolución del consorcio se especifica y acuerda que la Corporación cede a la Fundación sus derechos como locatario del contrato respecto del inmueble calle P. de Mendoza 3825 a partir del mes de agosto de 2008).
En la sentencia, el magistrado analizó la documentación recopilada en la causa como el contrato de Constitución del Consorcio de Cooperación entre la Fundación Madres de Plaza de Mayo, y la Corporación del Sur, suscripto el 28 de febrero de 2007; la Carta de Intención firmada el 31 de enero de 2008 donde la Fundación manifiesta la intención de comprar la participación de la Corporación en el consorcio, ésta acepta la venta y se acepta la oferta en forma irrevocable; el convenio de disolución; e incluso el Informe de la Auditoria General de la Nación sobre desvío de fondos públicos entregados a la Fundación Madres de Plaza de Mayo por la construcción de viviendas sociales en el marco de la Misión Sueños Compartidos.
En los fundamentos de su sentencia, López Alfonsín sostuvo que “por carecer de forma absoluta de significación jurídica para la resolución del caso, no se considerarán las manifestaciones de la demandada en cuanto a la entidad o bondad del proyecto de viviendas sociales, ni sus referencias políticas relativas al cambio de comportamiento contractual en conjunto con el cambio de autoridades en el Gobierno de la Ciudad”.
También remarcó que “tanto la carta de intención como el convenio de disolución aparecen ante este juzgador como actos realizados por la libre voluntad e intención de las partes, que han reglado la terminación de un negocio llamado Consorcio de Cooperación”.
“La única observación que realiza la demandada es relativa a la causal esgrimida para la disolución, entendiendo la Fundación que la verdadera fue la pérdida de affectio societatis, y que se vio obligada a aceptar la disolución para la continuidad del proyecto, cuya suerte se encuentra reflejada en la causa y pormenorizadamente analizada en el Informe de la Auditoria General de la Nación y por la causa penal iniciada a su respecto, […] en las que resultara imputado el firmante de la carta de intención y del convenio de disolución por parte de la Fundación”, expresó.
Y agregó: “De tales asertos meramente enunciativos no existe constancia alguna, surgiendo de los documentos suscriptos por el apoderado de la Fundación no sólo una iniciativa o propuesta plasmada en una carta de intención y ratificada en un convenio, invocándose la causal de cumplimiento del objeto, sino también la decisión definitiva de disolver el consorcio de común acuerdo, como se manifiesta y se firma. Nada obra en los elementos arrimados a la causa que conduzca siquiera a una presunción que la voluntad de la demandada estuviera viciada o condicionada en sentido jurídico al proponer y convenir lo que se acordara, por lo que la aplicación de la teoría de los actos propios le impide ahora alzarse contra situaciones por ella misma creadas, jurídicamente relevantes y plenamente eficaces”.
Tras afirmar que “no existen dudas en cuanto a la plena efectividad de lo manifestado por ambas partes en la Carta de Intención”, el juez delimitó los hechos y obligaciones contractuales a la venta de los activos propiedad de la Corporación Sur que integran el Consorcio en la suma de $ 32.420.617, la asunción por parte de la Fundación de la totalidad de los pasivos del Consorcio desde su constitución hasta la disolución y por su actividad futura, con garantía de indemnidad a la Corporación, y la cesión por parte de la Corporación del contrato de locación del inmueble de la calle pedro de Mendoza 3825.

domingo, 29 de noviembre de 2015

El delincuente Luis Armella en apuros.

Hace ya una semana, Juan José Mussi, ex intendente de Berazategui, ex Secretario de Medio Ambiente de la Nación y actual presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente de la Legislatura bonaerense, fue citado a declarar como imputado por el juez Claudio Bonadio por un presunto desvío de fondos que debía destinarse al saneamiento del Riachuelo.
A pedido de la presidenta Cristina Kirchner, el actual diputado K, habría autorizado utilizar esos recursos para instalar un pabellón en Tecnópolis para los años 2012 y 2013. El convenio fue firmado por unos $21 millones y la construcción fue encargada a la Universidad de Tres de Febrero (UNTREF).
El juez Claudio Bonadio investiga si para la construcción del pabellón de Tecnópolis hubo un desvío de fondos de la Acumar que tienen como destino el saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo, una de las más contaminadas del mundo. La contaminación del Riachuelo alcanza niveles críticos y tiene consecuencias directas sobre la salud y la calidad de vida de los habitantes de la zona.
Según informaron algunos medios periodísticos, en 2012 Mussi aumentó el dinero destinado al área de Fortalecimiento Institucional de la Acumar -y de allí se dispuso la partida para el pabellón de Tecnópolis-, cuando los niveles de contaminación del Riachuelo, era -y los es aún- más crítica que años atrás.
Un dato interesante a tener en cuenta es que cuando ese aumento de dinero se puso a consideración del Consejo Directivo de Acumar, se aprobó sin tomar en cuenta el pedido de postergación que solicitaron los representantes de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esos representantes se abstuvieron en la votación.
Según los investigadores, la Acumar podría haber contratado a los mismos proveedores que contrató la Untref porque la Universidad no realizó -según lo investigado- ni el proyecto ni el diseño del pabellón de Tecnópolis.
Para esa misma época, con Juan J. Mussi dirigiendo el ACUMAR, el periodista Horacio Verbitsky denunciaba los presuntos ilícitos que estaría cometiendo el Juez Federal de Quilmes Luís Armella encargado de ejecutar la sentencia de la Corte respecto al saneamiento del Riachuelo. El periodista de Página/12 recordaba que el Dr. Mussi, aliado político del senador Aníbal Fernández, fue uno de los padrinos para la designación en el juzgado federal de Quilmes del Dr. Armella, quien actualmente se encuentra sometido a Juicio Político por el Consejo de la Magistratura.

jueves, 19 de noviembre de 2015

Los delincuentes paraguayos, identificados e inhabilitados para votar.

Ahora faltaría que devuelvan lo que nos estafaron y los funcionarios que promovieron esto vayan presos.
EN LOS DOS PADRONES
Descubren más de 15 mil paraguayos listos para votar ilegalmente en Argentina 

Luego de un cruce informático de padrones de ambos países, la Cámara Nacional Electoral (CNE), que preside Alberto Dalla Vía, determinó que sólo 7123 ciudadanos paraguayos en todo el país están en condiciones de votar en las elecciones argentinas del 27 de octubre y dispuso medidas para impedir que sufraguen eventuales votantes ilegales de Paraguay.
“Éste es un tema que nos preocupa desde hace años y queríamos darle una solución”, dijo Dalla Via a LA NACION luego de firmar la acordada 58/2013 de la Cámara, junto a los otros miembros, Santiago Corcuera y Rodolfo Munné.
 
 
 
Tanto denuncias periodísticas como de organizaciones no gubernamentales dieron cuenta en los últimos años de una gran afluencia de ciudadanos de Paraguay que ingresaban por la frontera de Formosa los días de elecciones. Todas las miradas apuntaron siempre al gobierno provincial de Gildo Insfrán.
 
 
 
En la acordada judicial se determinó el número de ciudadanos paraguayos habilitados en el padrón argentino y se les pidió a los 24 jueces electorales que los identifiquen en cada uno de sus distritos y establezcan sus domicilios y lugares de votación.
 
 
 
Además, les ordenó a la Dirección de Migraciones del Ministerio del Interior, a la Gendarmería y a la Prefectura que dispongan los máximos controles fronterizos para evitar el ingreso de potenciales votantes ilegales en el día de las elecciones.
 
 
 
Según el texto, una de las entidades civiles denunció a fines de 2011 que una gran cantidad de ciudadanos paraguayos habían votado en Formosa en las elecciones del 23 de octubre de ese año y que la CNE dispuso en 2012 la instrucción penal para investigar esa denuncia. El juzgado electoral de ese distrito constató los domicilios y la nómina se redujo de 10.000 a 890 ciudadanos paraguayos.
 
 
 
También agregó que la justicia electoral de Paraguay remitió los padrones a la Argentina, en un hecho “inédito”, y que el informe del Centro de Cómputos, tras el cruce de datos, determinó la existencia de 15.648 coincidencias entre los dos padrones, “de las cuales, luego de la depuración efectuada, 7123 (en todo el país, no sólo en Formosa) subsisten como electores paraguayos que también se encuentran incluidos como electores argentinos activos”.
 
 
 
Así, la CNE dispuso “remitir a las secretarías electorales la nómina de electores paraguayos cuyos datos coinciden con los obrantes en el Registro Nacional de Electores como pertenecientes a electores argentinos activos, a los efectos de que los jueces federales electorales adopten las medidas pertinentes a fin de detectar eventuales inscripciones irregulares en los subregistros de electores y resolver lo que corresponda respecto de tales situaciones registrales, debiendo informar al Tribunal periódicamente del resultado de las diligencias realizadas”.
 
 
 
A la Dirección Nacional de Migraciones, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval les pidió que “adopten las medidas y recaudos necesarios a efectos de extremar los controles de los pasos fronterizos los días fijados para la celebración de elecciones nacionales, así como también los dos previos y posteriores a las mismas”.

miércoles, 18 de noviembre de 2015

Enriquecimiento ilícito de Scioli.

La polémica sobre el fallo que involucra al candidato presidencial por el FpV continúa alimentándose de información que genera aún más dudas

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El juez de Garantías N° 3 de La Plata, Pablo Raele, dispuso la semana pasada del sobreseimiento de Daniel Scioli en la denuncia por enriquecimiento ilícito que lo involucraba, pero evitó que la noticia tome estado público.
Por tal motivo, el magistrado dio orden a sus colaboradores de que no trascendiera la resolución, y se tomó una licencia hasta este fin de semana.
El sobreseimiento del candidato del Frente para la Victoria se tornó irrevocable, ya que no llegó a la Cámara de Apelaciones.
El fiscal a cargo de Investigaciones Complejas, Jorge Paolini, que meses atrás fue víctima amenazas vinculadas a otro expediente sensible acerca de funcionarios platenses, decidió no apelar la decisión del juez.
Un dato llamativo del caso, de acuerdo a lo confirmado , es que el fiscal Paolini es sobrino del ministro de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Ricardo Casal. Los evidentes contactos siguen marcando un ala de sospecha al polémico fallo.

miércoles, 11 de noviembre de 2015

Pidieron que se investigue a Diego Valiero y al fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes en la causa por las cosechadoras


El denunciante amplió su presentación y pidió investigar al ministro de Economía y al fiscal de Estado por el caso de las cosetruchas.

La causa penal en la que se investiga la desaparición de más de 5 millones de pesos para la construcción de cosechadoras que nunca se hicieron sumó un nuevo ingrediente. El denunciante, Guillermo Mulet, presentó este martes una ampliación de denuncia en la que involucra al ministro de Economía, Diego Valiero; al fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes; y a miembros del Directorio del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos. El caso tenía en la lupa al ministro de Producción, Roberto Schunk, quien había otorgado esa suma de dinero al Grupo Senor, a través de la empresa B.S.V. antecesora de Grandes Máquinas. El abogado pidió ahora investigar la supuesta conducta de “partícipe necesario” de estos altos funcionarios. La historia se remonta al año 2009, cuando el Grupo Senor presentó un proyecto para instalar en Concepción del Uruguay una planta para la construcción de cosechadoras. El Gobierno le otorgó entonces un crédito por 574.000 pesos, en 2011 otro por 4 millones y en 2012 otro por 1 millón a través del Fondo de Inversiones de Entre Ríos (Finver)

Las cosechadoras no se construyeron y la planta terminó siendo un galpón vacío. Lo único que se había hecho con los fondos otorgados fue la carcasa de una cosechadora Maag Mitos que sirvió como anuncio de la misión comercial a Angola. Todo terminó siendo un papelón que la fotografía capturó en una imagen del 13 de marzo de 2012, en la Casa Rosada, donde se la ve a la presidenta Cristina Fernández y al gobernador Sergio Urribarri a bordo de lo que sería la cosechadora que exportaríamos los argentinos y, principalmente, los entrerrianos.

Tras la denuncia de Mulet, el fiscal Ignacio Arambarry solicitó una serie de medidas tendientes a establecer su verosimilitud y, a partir de ahí, avanzar en una investigación por la posible comisión del delito de defraudación a la administración pública por parte de funcionarios del Gobierno provincial y de los titulares de la empresa de Grandes Máquinas Concepción del Uruguay S.A.

A más de dos años de la denuncia, la Procuración General a cargo de Jorge Amílcar García avanzó con los titulares de la firma, que dicho sea de paso quebró.

PARTÍCIPES NECESARIOS

Mulet - en su ampliación de denuncia a la que tuvo acceso Página Judicial - sostiene que Valiero y Rodríguez Signes “abrían actuado consistiendo, apoyando y actuando sin probidad, realizando con su conducta un aporte necesario sin el cual los integrantes de Grandes Máquinas de Concepción del Uruguay S.A., Ricardo Vicente y Ricardo Javier Senor, Sergio Eduardo Scravaglieri y Carlos Ariel Boll no habrían podido concretar su maniobra delictiva”, la que consistió en solicitar al Poder Ejecutivo la asistencia financiera para la instalación de la empresa. Para el abogado del foro local la conducta imputada a los funcionarios “resultaría ser la de partícipe necesario cuyo aporte fue esencial a los fines del hecho delictivo”. (Ver archivo en Adjuntos)

El argumento más sólido en la investigación, hasta el momento, son los tres decretos donde constan los montos y condiciones para los créditos que se otorgó a Grandes Máquinas Concepción del Uruguay S.A., entre 2009 y 2012.

En los decretos, a los que accedió Página Judicial, surge claramente la responsabilidad del Ministerio de la Producción (antes Secretaría de la Producción) como órgano de contralor de la ejecución del proyecto y el cumplimiento de las condiciones fijadas a la empresa, como también la “correcta utilización del crédito”.

Pero la situación de los funcionarios es más comprometida considerando que ya en 2010 se había establecido, como condición para el desembolso del dinero, fijar un cronograma de entregas bimestrales conforme avanzara la puesta en marcha del proyecto productivo, para lo cual la cartera a cargo de Schunk debía realizar informes técnicos previos “sobre el cumplimiento de las metas fijadas”.

El artículo 2, inciso d) de los decretos Nº 4432/09 GOB y Nº 96/11 dice lo siguiente: “En caso de incumplimiento en las obligaciones asumidas por la empresa, esta deberá abonar en forma inmediata la totalidad del dinero otorgado con más los intereses establecidos”. Ello no ocurrió, por lo tanto el Gobierno debería haberse presentado como damnificado ante el juez o ejecutar el seguro de caución que la firma presentó como garantía ante el Instituto Autárquico del Seguro de Entre Ríos.

Estas dos motivaciones impulsaron a Mulet a denunciar al fiscal de Estado, como responsable de defender el patrimonio público y a los miembros del IAPSER, entre ellos el responsable General de Gerencia de Asesoría Letrada del instituto, Julio Lisandro Rodríguez Signes, hermano del fiscal de Estado. Para el denunciante, la conducta de Rodríguez Signes “encuadraría en la figura de incumplimiento de los deberes de funcionario público, en tanto que verificado el incumplimiento por parte de Grandes Maquinas Concepción del Uruguay S. A. con respecto a las obligaciones asumidas en los distintos tramos del crédito otorgado por el Gobierno de Entre Ríos a través del Fondo de Inversiones de Entre Ríos, el mismo no habría procedido a hacer efectivas las garantías otorgadas por la empresa (seguro de caución) sin que esta parte conozca si los créditos generados en el incumplimiento asumido por la empresa fueron verificados en el Concurso Preventivo, hoy quiebra, seguido en contra de la empresa”.

El expediente tramita en el Juzgado de Transición a cargo de Paola Firpo. La pesquisa a cargo del fiscal, Gervasio Labriola.

sábado, 31 de octubre de 2015

La designación del secretario Laureano Durán, a cargo del Juzgado Federal Nº1 de La Plata, resulta inconstitucional y vulnera la garantía de la independencia judicial.

ADC y Poder Ciudadano presentaron ayer un amicus curiae en el caso “Uriarte”. Allí, se sostuvo que la designación del secretario Laureano Durán, a cargo del Juzgado Federal Nº1 de La Plata, resulta inconstitucional y vulnera la garantía de la independencia judicial.

La Asociación por los Derechos Civiles (ADC) junto a Poder Ciudadano presentaron un amicus curiae ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en respaldo a la declaración de inconstitucionalidad de la designación de Laureano Durán como juez subrogante y del artículo 7 del Reglamento de Subrogancias del Consejo de la Magistratura.

El amicus aporta argumentos al máximo tribunal para decidir en la causa “Uriarte, Rodolfo Marcelo y otro c/ Consejo de la Magistratura” en la cual se discute la validez de la designación del secretario Durán por parte del Consejo de la Magistratura, en tanto la misma no respetó los estándares locales e internacionales sobre designación de jueces/zas. En efecto, el procedimiento de la ley 26.376 indica que ante la vacancia, el órgano judicial debe ser cubierto provisoriamente por un/a juez/a de igual competencia. Si ello no fuera posible, se deberá acudir a la lista de abogados elaborada por el Poder Ejecutivo con el acuerdo del Senado.

La Corte Suprema, en el caso “Asociación de Magistrados y Funcionarios”, consideró que dicha ley 26.376 en ninguna hipótesis “contempla la posibilidad de que los secretarios judiciales puedan ser incluidos en las listas de abogados … que debe confeccionar el Poder Ejecutivo Nacional, con acuerdo del Senado de la Nación…”, sin que esa exclusión conlleve a la desigualdad de trato. En el caso del secretario Durán, si bien el Poder Ejecutivo había remitido un listado de conjueces al Senado, el Consejo de la Magistratura concretó la designación del secretario a pesar de no figurar en tal lista.

A su vez, el Reglamento de Subrogaciones, aprobado por el Consejo de la Magistratura al incluir a los secretarios judiciales en la conformación de las listas de conjueces, vulnera la normativa constitucional (artículo 99 inciso 4) y la jurisprudencia de la Corte Suprema. Ello conlleva la afectación de la garantía de independencia judicial, reconocida tanto a nivel interno como internacional.

Es preciso destacar la gravedad institucional del caso en tanto el Juzgado Federal Nº 1 de La Plata, en el cual subroga Durán, tiene a su cargo la organización de las elecciones en la provincia de Buenos Aires y representa el 40% del padrón electoral.

El narcokirchnerismo trata de acomodar una Corte adicta.

El ministro de Justicia, Julio Alak, brindó detalles de la postulación de los dos candidatos del Poder Ejecutivo para cubrir vacantes en la Corte Suprema Corte de JusticiaLa opinión del diputado nacional del PRO Pablo Tonelli

El ministro de Justicia, Julio Alak, brindó detalles de la postulación de los dos candidatos del Poder Ejecutivo para cubrir vacantes en la Corte Suprema Corte de Justicia, Eugenio Sarrabayrouse y Domingo Sesín, durante una presentación ante los periodistas que realizó esta mañana en la Sala de Conferencias de la Casa de Gobierno, durante el cual leyó la carta enviada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner al Senado.

Expresó que la nominación de los dos nuevos candidatos responde a la necesidad de "garantizar el normal desempeño" del máximo tribunal, tras lo cual pidió que ese proceso "no quede sometido a los avatares del proceso electoral" en curso. Destacó la "probidad, inteligencia y apego a la labor judicial" de los candidatos Eugenio Sarrabayrouse y Domingo Sesín, al leer el mensaje de la Presidenta dirigido al Senado de la Nación.

Asimismo criticó la "actitud antidemocrática" de los senadores opositores, en "una maniobra que genera inconvenientes en la integración y el servicio de justicia" que presta la Corte y consideró que la actitud de la oposición negándose a tratar el pliego de Roberto Carlés es una "clara actitud autoritaria y antirepublicana que va en detrimento de la Constitución".

En relación al retiro del pliego que postulaba a Roberto Carlés como juez de la Corte Suprema y la puesta en marcha del proceso de nominación de dos nuevos candidatos para dicho tribunal, el Diputado del PRO Pablo Tonelli afirmó que:

“No es momento para que la presidenta postule candidatos a integrar la Corte Suprema. Se trata de una responsabilidad que claramente corresponde al próximo presidente, que será elegido en pocos días más. La presidenta debe dedicarse a vaciar los cajones del escritorio y dejar las cosas lo más ordenadas que sea posible”.

“Ya empezó la transición hacia un nuevo gobierno y no es razonable que la actual presidenta adopte decisiones de tanta trascendencia como proponer dos nuevos integrantes de nuestro máximo tribunal judicial. Se viene un cambio hacia la normalidad institucional y el respeto por la división de Poderes”, concluyó el Diputado recientemente reelecto y miembro de la Comisión de Justicia y de Asuntos Constitucionales.