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Sergio Schoklender fue el último liberado en la causa.
Es en la causa por el desvío de fondos públicos de la Fundación Madres de Plaza de Mayo. Días atrás, la Justicia, tomó la misma decisión con su hermano, Pablo Schoklender y también le concedió ese beneficio al contador Alejandro Gotkin.
En el marco de la causa por presuntas irregularidades con el manejo de fondos públicos por la construcción de viviendas sociales de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, la Cámara I de Capital Federal decidió excarcelar a Sergio Schoklender. La misma suerte corrieron días atrás Pablo Schoklender y Alejandro Gotkin.
El martes 5, la Cámara Federal concedió la excarcelación de Pablo Schoklender, procesado en la causa por supuestas irregularidades con el manejo de fondos públicos para la construcción de viviendas sociales.
Fuentes judiciales indicaron que la Sala I de la Cámara también le concedió ese beneficio al contador Alejandro Gotkin, presidente de la empresa Meldorek, que habría sido utilizada para el supuesto desvío de millones de pesos.
Los jueces Eduardo Freiler, Jorge Ballestero y Eduardo Farah coincidieron en que el juez Norberto Oyarbide no pudo demostrar que existe peligro de fuga por parte del menor de los Schoklender y Gotkin en caso de estar en libertad.
Además, recordaron que no hubo ningún elemento nuevo desde que fueran encarcelados y liberados por esta misma Cámara a principios de 2012, acusados por asociación ilícita y administración fraudulenta.
El año pasado la sala I de la Cámara había dispuesto las excarcelaciones, pero semanas atrás el juez federal Norberto Oyarbide los volvió a encarcelar cuando dictó los procesamientos con prisión preventiva de los hermanos y del contador, por conformar una asociación ilícita dedicada a defraudar al Estado.
Una mujer menuda está en el banquillo de los acusados. Está nerviosa. Hace muchos años, en 2009, un funcionario de derechos humanos de la Ciudad de Buenos la denunció por pintar crespones negros con la inscripción Víctimas del Terrorismo, en la Plaza de Mayo.
Recuerdo aquellos años. Fui testigo. Los martes Afyappa pintaba Víctimas del Terrorismo, y los jueves las Madres de Plaza de Mayo le pintaban arriba un pañuelo blanco.
Todos los alrededores de la Pirámide de Mayo estaban repletos de pintadas: “Iglesia basura”. “Los pibes del Casino presentes”.
Carlos Charly Pisoni, por entonces funcionario de derechos humanos de la Legislatura, un militante de la agrupación Hijos, hijo de dos miembros de la banda terrorista Montoneros y ambos desaparecidos, hizo la denuncia que culminó con estas dos jornadas de juicio oral.
En la primera audiencia, la Fiscal admitió que por más que lo intentó, no había podido dar con Pisoni. Raro, dado que es público que el militante kirchnerista trabaja de “ehhhh, bueno, ehhhh, trabajo en el espacio de la memoria en la Ex Esma” según lo que declaró hoy en la segunda jornada del juicio.
En el juicio por “PINTADAS”, desfilaron peritos de la Policía Federal, ingenieros especialista en removedores de pinturas, asistente social y por fin el denunciante, que acudió vestido para la ocasión: Con remera naranja de gran inscripción LOS PAÑUELOS NO SE MANCHAN. NI OLVIDO NI PERDÓN… y un pañuelo de Madres de Plaza de Mayo al cuello.
Pisoni no anda así vestido por la vida, sino que se reserva el cotillón para ciertas fiestas.
Pisoni y la Fiscal
El juez, que unos minutos antes recordó a los presentes que debía mantenerse el orden y el decoro y evitar consignas, ni siquiera esbozó un pero. La voz del juez cambió del lunes de la primera audiencia a este jueves de la condena a Cecilia Pando. La presencia de Taty Almeyda quizás. Los varios exaltados que sin llegar a ser una multitud se reunieron amenazantes y merodeaban los pasillos de las oficinas que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tiene en Avenida Coronel Díaz y Beruti. Vaya uno a saber.
Pisoni dijo lo suyo, y se reservó para el final una cita de ex presidente Néstor Kirchner que ni vale la pena mencionar. Dijo que era evidente que la que aparecía pintando la vereda era Cecilia Pando porque tenía unas zapatillas fucsia. Aclaró que nunca había dicho que Cecilia había hecho pintadas sobre los pañuelos blancos que las Madres de Plaza de Mayo tienen allí como Monumento Histórico.
A Pisoni se le preguntó si sabía quién había pintado de rojo las pintadas del grupo de Cecilia Pando. Dijo que no tenía idea. ¿Podrían haber sido las Madres de Plaza de Mayo?, preguntó el Dr. Vigliani, defensor de Cecilia Pando. Pisoni sonrió… y dijo: no creo que señoras de 90 años como las que están hoy presentes aquí, puedan hacer pintadas.
Vigliani se incorporó y le mostró una foto de dos viejitas con pañuelo blanco en las cabezas pintando de rojo las pintadas del grupo de Cecilia. Silencio.
Madres de Plaza de Mayo pintando un Monumento Histórico
Con el juicio, se pretendió intimidar via persecución judicial la militancia de Cecilia Pando.
Y el juicio dejó en claro varias cosas. Los peritos de la Policía Federal aseguraron que NUNCA en 13 años de carrera habían tenido que cotejar fotos de un archivo de 80.000 imágenes de delincuentes peligrosos por una causa de PINTADAS.
En el juicio se probó que NUNCA CECILIA Y SU GRUPO realizaron pintadas sobre los pañuelos de las Madres de Plaza de Mayo.
Dejó en claro este juicio que los medio de comunicación, TODOS, aun sabiendo la verdad, la falsean.
En persona hablé con un importante periodista de uno de los más importantes diarios de Argentina. Cuando Cecilia Pando salió de la sala de audiencias para esperar el cuarto intermedio, tuvieron que sacarla por una puerta trasera porque había mucha gente “extraña en los pasillos en actitud sospechosa y violenta”. Entonces tomé el teléfono y le conté al periodista lo que estaba ocurriendo.
Es obvio que los intereses pueden más que la verdad, Clarín incluido.
La fiscal pidió 6 meses de prisión en suspenso para Cecilia Pando por dañar un Monumento Histórico y pidió hacerla participar a Cecilia en un curso de Derechos Humanos del gobierno de la ciudad. El juez casi que le pidió prestada la condena a la Fiscal. Entre bueyes no hay cornadas decía mi abuelita.
Poca gente en la sala. Antes de comenzar, dos Madres de Plaza de Mayo entraron a la sala sin siquiera un buenos días. Reconocí a Taty Almeida… ironías del destino, uno de los hijos de Cecilia Pando cuando la vio entrar le cedió gentilmente su asiento… sin decir gracias las Madres se sentaron justo detrás de Cecilia. “Estar acá con ésta me revuelve las tripas” dijo Taty sin saber, o sabiendo, que estaba sentada gracias al hijo de Cecilia.
En medio de la audiencia, se levantaron y se fueron. El juez tuvo que detener la exposición de la Fiscal. Tampoco reprochó nada el juez… y encima las “viejitas” se fueron como vinieron… sin un: buenos días.
Y por fin alegó Vigliani, defensor de Cecilia, que dijo lo que ni el juez ni la fiscal ni el odio de los que odian y militan en la venganza les gusta escuchar.
Y luego habló Cecilia… con esa contundencia que nosotros le conocemos y que ellos temen. Con la contundencia de la Verdad.
En una pequeña sala de tres por tres estaban los jirones de una Argentina que el Kirchnerismo se ha encargado de desgarrar. Emilio Nani con sus heridas visibles del combate de La Tablada contra los terroristas que en el 89 atentaron contra la Democracia. Algunos de esos terroristas hoy militan junto al denunciante Pisoni. Y estaban las Madres de Plaza de Mayo con su dolor convertido en odio. Y estaba Carlos Pisoni, Víctima de un violencia feroz, de la que sus padres Montoneros desaparecidos, se encargaron de avivar en cierta manera.
Y estaba Cecilia, luchadora incansable y voz inclaudicable de los y de LAS que nunca se animaron y que por lo visto, JAMÁS SE VAN A ANIMAR.
Cecilia Pando, más sola que nunca, pagando las “pelotas” que los cobardes jamás tendremos.
Y los hijos de Cecilia, buena gente y sin resentimiento, pero sufriendo las heridas de una Argentina que no vivieron pero que le hacen vivir a la fuerza.
La asistente social que el juzgado le envió a Cecilia a su casa comentó algunas cosas que cabe la pena destacar. Cecilia es madre de 7 hijos, todos estudiantes. Vive en una propiedad alquilada con ingresos modestos. Tiene un auto modelo 96.
A ésta mujer condenaron por pintadas… y los medios no lo entienden y se suman cómplices a las mentiras. Y la gente no lo entiende y se suma a la indiferencia del a mí qué me importa… no entienden que mañana serán ellos. Que mañana será usted y seré yo.
Salí del juicio en que condenaron a Cecilia Pando con una certeza: Nos lo merecemos por cagones. Nos merecemos estos gobiernos y ésta justicia y éstas orgas.
Como decía un gran maestro de lucha al que Cecilia quería mucho: “Cuando dejemos de ser cobardes… ellos dejaran de hacerse los valientes”
El subsecretario de Transporte, Guillermo Dietrich, aseguró a LPO que presentará un informe ambiental que permitirá que las obras se terminen en julio.
La Justicia porteña le permitió al gobierno porteño continuar con las obras del Metrobús de la 9 de Julio, que estaban paralizadas por un amparo que pidió frenar la remoción de los árboles de la avenida, que desató la polémica entre el gobierno de Mauricio Macri y el de Cristina Kirchner.
El mismo juez que había dado lugar al amparo, Guillermo Scheibler, ordenó hoy al gobierno porteño que se abstenga de reducir la superficie de espacios verdes parquizados con motivo de la ejecución de la obra en cuestión.
Además ordenó al Ejecutivo de Macri que previo a reiniciar las intervenciones sobre el arbolado público existente en el área afectada a la obra acredite fehacientemente ante el Tribunal: a) que la totalidad del personal interviniente se encuentra debidamente capacitado para tales tareas; b) la participación de un especialista en la materia acompañando al tribunal sus datos y antecedentes profesionales; c) la supervisión de todo el proceso por parte de un reconocido organismo público especializado en la materia que pueda dar cuenta ante el Tribunal del cabal cumplimiento de “las reglas del arte, antes, durante y después de las tareas de trasplante”; d) haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15 in fine de la ley 3263 y e) un detalle del destino de los árboles trasplantados y la cantidad, especie y ubicación proyectada de la totalidad de los nuevos ejemplares a implantar.
En diálogo con LPO, el subsecretario de Transporte de la Ciudad, Guillermo Dietrich, aseguró que mañana le presentarán toda esa documentación al juez, lo que le permitirá al gobierno continuar con las obras.
"A pesar de los intentos desesperados del Pro por tergiversar la sentencia, al decir que lo que ordena la Justicia ya estaba previsto en sus planes, esta medida cautelar les impide proseguir las obras tal como lo pretendían hacer y deberán rediseñar integralmente el proyecto", sostuvo el actor del amparo que inició la causa, el ex legislador Facundo Di Filippo, quien agregó: "No podrán afectar ningún espacio verde, incluyendo plazas y plazoletas, y deben tomar medidas para no afectar la arboleda existente en la 9 de Julio. El gobierno no podrá realizar el desastre ambiental y paisajístico que tenía previsto".
Sin embargo, el principal argumento del macrismo es que la superficie de espacios verdes no se verá reducida, sino que por el contrario, será mayor una vez finalizada la obra.
Según Dietrich, el fallo (ver aparte) reconoce que la obra “se hizo conforme a todas las leyes y normativas vigentes”.
“Además de reconocer con toda la normativa en el tema del transporte, el fallo recordó que sobre la 9 de Julio ha habido numerosas intervenciones y resaltó que la avenida no tiene protección patrimonial que impida este tipo de obra”, explicó Dietrich a LPO.
“Ni siquiera el Obelisco tiene protección patrimonial”, enfatizó el funcionario y agregó que la avenida “fue cambiando muchísimo a través de los años”, refutando así los cuestionamientos de la oposición, que acusaban a Macri de destruir el aspecto original de la avenida.
El funcionario agregó que el juez pidió que el gobierno porteño nombrara a un responsable por el traslado de los árboles y que el responsable será el geólogo Francisco Inomata. Además, la Agencia de Protección Ambiental coordinará las obras.
Por otro lado, Dietrich señaló que el juez avaló el traslado de monumentos que también había levantado polémica. “Se hacen conforme a la ley”, explicó.
En cuanto a la supuesta afectación de restos arqueológicos señaló que “los demandantes nunca aportaron precisiones”, por lo que el juez desestimó ese punto.
Además, el subsecretario de Transporte señaló que el magistrado aclaró que no se puede judicializar el hecho de que el Metrobús comparta recorrido con la línea C del subte. Por último, Dietrich señaló que las obras del Metrobús estarán finalizadas en julio.
Cecilia Pando en el juicio oral junto al Dr. Vigliani
Cecilia Pando cobró notoriedad hace muchos años tras enviar una carta de lectores al diario La Nación. En dicha carta, Cecilia Pando apoyaba a Monseñor Baseotto, removido como capellán por el entonces presidente Néstor Kirchner.
Por causa de aquella carta, Néstor Kirchner pidió la baja del ejército del esposo de Cecilia Pando, el Mayor del Ejército Pedro Mercado.
La causa contra Cecilia Pando fue iniciada en 2009 tras la denuncia de Carlos "Charly" Pisoni, por entonces funcionario de derechos humanos de la legislatura porteña.
Carlos Pisoni, militante de HIJOS, hijo de dos miembros de la banda terrorista Montoneros, denunció que Cecilia Pando había realizado pintadas sobre las pinturas de pañuelos blancos de Madres de Plaza de Mayo.
Carlos "Charly" Pisoni
Si bien esto no fue así, las pintadas fueron en otro lugar, y sobre las pintadas de Afyappa, cada jueves Hebe Pastor de Bonaffini pintó pañuelos blancos tapando las pintadas que recordaban a las Víctimas que organizaciones terroristas como Montoneros habían asesinado en los años 70... la causa siguió su curso y llegó a juicio oral.
Primer día de juicio. Los peritos policiales citados como testigos se mostraron sorprendidos pues en más de diez años de carrera, era la primera vez que se les pedían pericias por una causa de pintadas en la vía pública. "Nuestro grupo está abocado a cotejar imágenes de delincuentes peligrosos que cometen delitos mayores".
Se le preguntó a la representante del Ministerio Público sobre el denunciante Carlos Pisoni, la misma le dice al juez que no pudo ubicarlo. Que en el domicilio declarado vive su abuelita y que preguntada a su abuelita esta contestó: “no tengo contacto con él más que por teléfono”.
Causó extrañeza que no pudieran ubicar a Carlos “Charly” Pisoni que ostenta cuenta de Twitter y de Facebook activas, como así también militancia en agrupación Hijos de Capital y alega trabajar en la ex Esma.
Organizaciones de ddhh invitan a concurrir
El juicio pasó a cuarto intermedio para hoy jueves. Parece que la fiscal finalmente, al quedar en evidencia en la primera audiencia, pudo dar con Carlos Pisoni... quien ha invitado para hoy jueves
A la Justicia no le interesa la salud de nuestros niños
Esta Medida Cautelar fué presentada con nuevos fundamentos técnicos, denunciando una obra mal hecha, y con nuevos elementos científicos que se suman a los estudios ya existentes a nivel nacional e internacional, los que demuestran que una exposición prolongada a campos electromagnéticos superiores a 0,3 microteslas comprometen mortalmente la salud de la poblacion aledaña a las subestaciones y a los cableados de alta y media tensión y en especial pone en riego la salud de los niños, ya que la electropolución esta asociada a la leucémia infantil. Todo esto parece no haberse leído, ni analizado, ni tenido en cuenta por la justicia a la hora de autorizar que se continue con las obras en la subestación Rigolleau, donde se tiene proyectado poner en funcionamiento otro transformador que duplicaría el riesgo sanitario en la zona.
Este reclamo fue presentado hace un año en el Juzgado Federal de Quilmes ante el juez Luis Armella, quien enfrenta una causa por corrupción. Este juez esperó que se terminara de poner en funcionamiento la subestación Rigolleau para no solo no fallar sobre la Medida Cautelar solicitada en ese momento, hecho que está fuera de la ley, sino para declararse incompetente. Derivado el tema al juez Ziulu quien en el 2008 fallara en favor de la empresa Edesur desatendiendo los reclamos y autorizando la continuación de las obras, hoy se vuelve a ignorar el reclamo vecinal y se ignora lisa y llanamente las evaluaciones realizadas por la Universidad de La Plata sobre el estudio sanitario que se llevara a cabo en las inmediaciones de la subestación Sobral, cuyo resultado comprueban que existe una mayor cantidad de vecinos enfermos y fallecidos en las cercanías de dicha subestación, que en las zonas más alejadas.
La empresa Edesur, el Enre, el intendente Patricio Mussi, el Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación Juan José Mussi, quien fuera padre y madre de esta obra en Berazategui, el ministro de Planificación Julio De Vido y la propia presidencia saben de este conflicto que ya lleva 9 años y que la contaminación electromagnética que producen este tipo de instalaciones se extiende por todo el país provocando enfermedad y muerte en la población.
Ha quedado demostrado que las empresas no son controladas por el Estado y que las autoridades forman parte de este avasallamiento a nuestros derechos ciudadanos de peticionar y ser escuchados y a nuestros derechos humanos a la vida y una mejor calidad de vida, ya que ha puesto el aparato represivo del Estado a disposición de las empresas para instalar estas obras, reprimiendo y persiguiendo a los vecinos.
Esta nueva resolución de la Justicia demuestra que al igual que las autoridades, en este conflicto, no están representando ni defendiendo al pueblo sino a intereses sectoriales.
NO PUEDE ESTAR EL " PROGRESO " SOBRE LA VIDA HUMANA, esto no es progreso es genocidio.
Los vecinos hacemos responsables de nuestra salud y la de nuestros hijos a esta la empresa prestataria del servicio eléctrico, a las empresas cómplices como Rigolleau, primera beneficiada con esta obra, a la Unión Industrial y todos los que propiciaron la instalación de esta mortal subestación en pleno corazón de la ciudad , a las autoridades y también a la Justicia.
Exigimos Justicia para nuestros niños Cierre y traslado de la subestación Rigolleau No a las subestaciones y sus cableados en zonas pobladas Atención oficial e inmediata a todas las víctimas de la contaminación Ley Sanitaria
El juicio que comenzó en Buenos Aires contra los responsables de la Operación Cóndor es un hecho histórico en la lucha contra la impunidad de los crímenes cometidos por los gobiernos militares y autoritarios de los años setenta y ochenta en varios países de la región, dijo hoy Amnistía Internacional.
“Es una oportunidad para que sobrevivientes y familiares obtengan justicia”, dijo la directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina, quien señaló que “ninguno de los juicios que se realizaron hasta ahora por las violaciones a los derechos humanos de los regímenes militares había abarcado el Plan Cóndor como una unidad”.
Los jueces argentinos se pronunciarán sobre la desaparición de 106 víctimas, la mayoría de ellas de nacionalidad uruguaya, pero también boliviana, chilena, paraguaya y una persona de nacionalidad peruana, que se exiliaron en Argentina huyendo de los regímenes militares en sus países. También se tratará el caso de tres argentinos secuestrados en Brasil. El juicio involucra a 25 presuntos responsables. Entre ellos los ex presidentes de facto argentinos Jorge Rafael Videla y Reynaldo Bignone.
La Operación Cóndor fue un plan coordinado por los gobiernos militares de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay para secuestrar, intercambiar y, eventualmente, matar a opositores durante las décadas de 1970 y 1980. En el contexto de este plan secreto se cometieron de forma generalizada abusos a los derechos humanos. Algunas personas han sido juzgadas en otros países por hechos concretos que se enmarcaban en el contexto de la Operación Cóndor, pero nunca se hizo un juicio de esta naturaleza.
Las investigaciones judiciales comenzaron en los años noventa. Más de diez años después se llega a la apertura de un juicio oral.
Al rechazar la pretensión de que se deje sin efecto el embargo trabado sobre el sueldo del ejecutado por exceder el límite fijado por el decreto ley 484/87, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial remarcó que la obligación alimentaria gravita en los ingresos como cualquier otra carga atinente a la manutención de la familia y el hogar, pero no se trata de una medida cautelar que pudiera dar lugar a la aplicación de las previsiones del artículo 218 del Código Procesal.
En el marco de la causa "Citibank N.A. c/Michalowicz Miguel Angel y otro s/ ejecutivo", el demandado apeló la resolución del juez de grado que había rechazado el pedido de levantamiento de embargo de haberes, recudiéndolo al 10% del 70% del sueldo neto que percibe el accionado.
Al considerar que el apelante había limitado su disconformidad con la decisión, sin esgrimir argumentos que permitan vislumbrar error o desacierto en las conclusiones alcanzadas por el primer sentenciante, los jueces que integran la Sala C determinaron que “no acompañó un recibo de haberes actual tendiente a acreditar que la reducción del embargo decidida le afecte del modo insinuado en el memorial y así demostrar fehacientemente el agravio que le ocasiona la decisión apelada”.
Si bien los magistrados tuvieron en cuenta que “el sueldo neto del demandado se encuentra afectado en un 30% como consecuencia del compromiso asumido al pago de la cuota alimentaria (art. 4 dto ley 484/87)”, explicaron que correspondía determinar” si el embargo de haberes decretado resulta contratio a la norma que rige la materia (dto ley 484/87)”.
Tras resaltar que “la atención de los alimentos deriva de una obligación legal que está a su cargo y que gravita en sus ingresos como cualquier otra carga atinente a la manutención de la familia y el hogar”, el tribunal entendió que “no se trata de una medida cautelar que pudiera dar lugar, en su caso, a la aplicación de las previsiones del art. 218 CPCC”.
En el fallo del 18 de octubre de 2012, los camaristas determinaron que “tomando como dato cierto el haber consignado en los recibos de sueldo acompañados, se advierte que el porcentaje del embargo establecido en la sentencia en crisis –fijado en el 10% del 70% restante de los haberes netos del Sr. Michalowicz- no alcanza el límite de inembargabilidad establecido en el art. 1 apartado 2 del mencionado decreto”.
En base a ello, la mencionada Sala concluyó al rechazar el recurso deducido que “la medida dispuesta en autos resulta ajustada a derecho en tanto afecta una porción menor a la autorizada como embargable y, en consecuencia, no se aprecia que altere el principio de intangibilidad de los haberes garantizado en la aludida norma”.