miércoles, 6 de junio de 2012

Fernando Ariel Carrera liberado.

“Masacre de Pompeya”: ordenaron la excarcelación a Fernando Carrera

Lo dispuso este miércoles el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 14 de la Capital. Este martes, la Corte Suprema de Justicia había hecho lugar a un recurso extraordinario que había interpuesto su defensa, ordenando que la sentencia condenatoria sea revisada  

 
El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 14 de la Capital Federal resolvió este miércoles conceder la excarcelación a Fernando Ariel Carrera, bajo caución personal.
Cabe recordar que el pasado martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación había hecho lugar a un recurso extraordinario presentado por la defensa de Carrera dejando sin efecto una resolución de la Cámara Federal de Casación Penal y determinando que la sentencia dictada por aquel tribunal oral en el caso conocido como “Masacre de Pompeya” debía ser revisada.

Martina Ariana González, la niña de dos años desaparecida en la terminal ferroviaria de Retiro, fue hallada en buen estado de salud, en la misma estación, por personal que trabaja en el lugar.



Aun no quedó claro dónde estuvo la niña en estos cuatro días en los cuales se desconoció su paradero.
El Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires se hizo cargo de la pequeña por el momento, en tanto que los padres ya fueron notificados.
Según fuentes de la Comisaría 46º de la ciudad de Buenos Aires, la niña fue encontrada por empleados del ferrocarril Mitre quienes dieron inmediato aviso a las autoridades.

lunes, 4 de junio de 2012

La Corte Suprema falló negando la posibilidad de compra de dólares.


Piden informe a la AFIP en una causa por imposibilidad de compra de dólares

Lo dispuso un juez federal de Mar del Plata, en el marco de un amparo. Desestimó el pedido del fiscal para que se rechace la acción, así como el dictado de una cautelar para que se le permita al amparista comprar la moneda mientras se sustancia el proceso


 
El juez Alfredo López, titular del Juzgado Federal Nº 4 de Mar del Plata, pidió a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que evacúe el informe circunstanciado previsto en el artículo 8º de la ley 16.986, en el marco de una acción de amparo iniciada por una persona a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución General 3210/2011 de dicho organismo, referida al programa de consulta de operaciones cambiarias.
Se trata del informe referido a los antecedentes y fundamentos legales de la medida impugnada, los que deberán ser evacuados dentro de los 10 días de requeridos (según la ley 16.986).
En el caso, el representante del Ministerio Público Fiscal había solicitado al magistrado la desestimación de la acción. Al respecto, el juez señaló que “la desestimación de ese modo de un amparo, más teniendo en cuenta la naturaleza de la pretensión incoada, debe ser decidido con criterio restrictivo y suma cautela pues se podría asimilar a una denegación de justicia”.
Por otro lado, el magistrado no hizo lugar al dictado de una medida cautelar para que la AFIP le permita al amparista, mientras se sustancia el proceso, comprar o vender la cantidad y calidad de divisas que requiera.
Sobre este punto, el magistrado advirtió que en el “estadio liminar que se encuentran las actuaciones, no existen elementos de juicio que permitan tener por acreditado el peligro en la demora del demandante, pues éste exige que la probabilidad de la tutela jurídica definitiva que se espera con la sentencia a pronunciarse, no pueda en los hechos realizarse; es decir, que los efectos del fallo a dictarse resulten estériles. Pero en el caso, ello es improbable que suceda; y más aún que de dictarse la medida solicitada podría configurarse un anticipo de jurisdicción favorable acerca del resultado final del asunto; toda vez que es necesario avanzar sobre la cuestión de fondo”.
En consecuencia, agregó, “teniendo en cuenta lo ut- supra expuesto y que en el sub- examine se observa que el peligro en la demora invocado por la actora, no se encuentra acreditado –al menos por el momento- para contrarrestar el accionar de la AFIP cuestionado, corresponde NO HACER LUGAR A LA MEDIDA CAUTELAR REQUERIDA”.

domingo, 3 de junio de 2012

Se pidió la detención del delincuente Emanuel Guidone, alias "DJ Memo".



El fiscal penal de Santiago del Estero Oscar Zanni pidió la detención y declaración en rebeldía de Emanuel Guidone, mejor conocido como DJ Memo de la banda Wachiturros, por haber faltado a la pericia psicológica por la causa en la que está acusado por abuso sexual.
El magistrado pidió que se arreste al artista de cumbia luego de que se negara a ir al análisis psicológico que la causa demanda.
Erica, la niña de 13 años, supuestamente abusada por DJ Memo aseguró: “me empezó a besar, me manoseó y me agarró la mano y me hizo pasar por ahí abajo; y yo le dije que no que me deje, que me suelte y él me decía «dale, dale, dale», y después me agarró cuando yo le dije que no, me quise parar y él me agarró más fuerte y me agarró del cuello, por atrás. Y me hacía para abajo, se sacó él eso, me lo pasó por cerca de la boca. Sus genitales me los pasó por el rostro”.

Pablo Albarracini es reconocido en su derecho.




En el día de hoy, el padre del testigo de Jehová que permanece internado con balas en su cuerpo cuestionó la resolución tomada por la Corte Suprema de Justicia al respecto. El fallo avaló la decisión del paciente de no recibir una transfusión sanguínea debido a las creencias de su religión. 
“Pablo está deteriorándose, con un peso muy bajo. Sigue atado a la cama y cada vez que se despierta esta con una mirada desesperada”, dijo Jorge Albarracini al describir la situación de su hijo, que está internado en la clínica Bazterrica de Recoleta.
Y agregó, respecto a la CSJN que “le falta frescura. Se manejan como los Testigos de Jehová. Tienen un párrafo y lo siguen a morir. No innovan, no nos van a tratar individualmente, nos van a tratar de acuerdo a lo que está pre escrito”.
“Los testigos no van a cambiar su postura, porque con su idea de la vida eterna no les importa la vida en la tierra”, argumentó Albarracini antes de visitar a su hijo.
El joven tiene dos balas en su cuerpo, una en la cabeza y otra en una de sus piernas. Ambas cirugías son sangrantes y deben ser realizadas para que sobreviva, razón por la cual necesita de transfusiones sanguíneas.
También cuestionó a los integrantes de la congregación a la que pertenece su hijo al señalar que “son los testigos de Jehová que están atrás de ella y atrás de esto. Ellos están pendientes de la vida eterna, ignoran y desprecian todo lo demás, incluso el sufrimiento que pasa uno de ellos”.
La Corte respondió a una medida cautelar presentada por Albarracini, que con las firmas de Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt, aseguró “al no existir constancias en autos que indiquen que la negativa de recibir un tratamiento médico contrario a sus creencias religiosas, no existió en el caso algún interés público relevante que justificara la restricción a la libertad personal del nombrado”.
Asimismo declaró “formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto (por la esposa del paciente) y se confirma el pronunciamiento apelado”.

El fiscal Marcelo Romero quiere que lo asciendan.



Marcelo Romero, fiscal que sigue la causa por los sobornos en la Cámara de legisladores de Buenos Aires, aseguró que pedirá el celular del diputado camporista Ottavis, quién habría recibido un mensaje que advertía sobre un cash de 150 mil pesos para votar la reforma tributaria. 
“Se hizo presente en la fiscalíala diputada Arata , una de las involucradas en el supuesto soborno. Lo que hay que establecer es si existió este hecho y si constituye un delito. Lo que tenemos hasta ahora son dichos de diputados que dicen que hay una foto dando vueltas, del diario Clarín, y evidentemente la Justicia no puede estar ajena frente a esta información”, manifestó el magistrado en declaraciones radiales.
Y agregó “si llega a ser verdad, sería un delito gravísimo; o se podrá establecer que no existió nada”.
“Si eventualmente hay que investigar los buzones, donde quedan registrados estos mensajes, hay que solicitarlo. El mensaje de texto está equiparado a la correspondencia epistolar”, afirmó Romero.
Finalmente, sobre la posibilidad de que alguno diga que se trató de un “chiste”, Romero concluyó: “En ese caso alguien va a tener que dar explicaciones de qué tipo de broma es esta”.

sábado, 2 de junio de 2012

El sacerdote Julio César Grassi recuperó su libertad luego que la Cámara en lo Penal de Morón revocó una resolución que aplicó su detención domiciliaria en marzo pasado.



El Tribunal Oral Criminal 1 (TOC1) de Morón había llevado a cabo esa medida debido a que Grassi supuestamente violó reglas de conducta tales como el haber ingresado a la Fundación Felices los Niños (algo que había sido prohibido) y porque se refirió públicamente a las víctimas.
Pero los camaritas Mario Moldes, Fabián Cardoso y Elisabet Miriam Fernandez consideraron que el TOC1 no debería haberse expedido sobre esta cuestión, pues ya lo había hecho el Tribunal de Casación Provincial.
Grassi fue condenado por “abuso sexual agravado, corrupción de menores agravada por su condición de sacerdote” a 15 años de prisión, pero permanece libre hasta que la sentencia quede firme. La causa es tratada actualmente por la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires.