miércoles, 25 de diciembre de 2013

Luego de la absolución de los acusados por las coimas en el Senado, entre los cuales se encontraba el ex presidente Fernando de la Rúa, la Justicia pidió investigar a los que impulsaron la causa, como Mario Pontaquarto, el juez Daniel Rafecas (foto), el legislador Aníbal Ibarra y el ex jefe de Gabinete Alberto Fernández.

rafecas-juicio

Los camaristas Miguel Pons, Guillermo Gordo y Fernando Ramírez dictaminaron que los hechos imputados no existieron y elevaron una denuncia para que el Consejo de la Magistratura evalúe el desempeño de Rafecas, el magistrado federal que estuvo a cargo de la instrucción de la causa.
Asimismo no descartaron la posibilidad de la causa haya sido armada políticamente, basándose en que hubo algunas reuniones entre Pontaquarto y Fernández antes de hacer pública la denuncia, en el 2003. Así argumentaron: “”No quedó nada claro el motivo ni la necesidad de esas reuniones, de manera previa a la confesión”.
“Por el contrario, la existencia de un precio, la presencia en el episodio de autoridades políticas, como así también un curioso y concomitante sumario administrativo labrado en la Secretaría de Inteligencia, constituyen episodios que, como denunciaron las defensas, pudieron dar lugar a la preconstitución de prueba, con el objeto de manipular la dirección de la investigación”, agregaron.
Cabe señalar que el juez Rafecas, que recolectó todas las pruebas que formaron parte del expediente, está bajo la vista de los camaristas, quienes cuestionaron la manera en que este recolectó la evidencia con la que se quiso probar el pago de sobornos, alegando una “sustancial violación a las reglas del debido proceso”.

martes, 24 de diciembre de 2013

El ex presidente Fernando De la Rúa y los siete acusados por los presuntos sobornos para la tramitación en el Senado de la reforma laboral, en 2000 fueron absueltos.

de la rua absuelto por coimas en el senado

Lo determinaron  los jueces Miguel Pons, Guillermo Gordo y Fernando Ramírez, quienes consideraron que: “no se probó el presunto pago los $5 millones de pesos para la aprobación de la ley de reforma laboral, a pesar de la confesión del secretario parlamentario Mario Pontaquarto”.
No se pudo probar además la reunión en la Casa Rosada donde, según la acusación: “De la Rúa autorizó el pago de coimas con la frase, ‘Eso arréglenlo con De Santibañes’” que así lo había declarado en un primer momento Pontaquarto, pero luego el arrepentido tuvo  contradicciones.
Los jueces absolvieron también: al ex ministro de Trabajo Alberto Flamarique, el ex jefe de la Secretaría de Inteligencia Fernando de Santibañes y cuatro ex senadores peronistas: Alberto Tell, Augusto Alasino, Remo Constanzo y Ricardo Branda.
La fiscal Sabrina Namer, antes del fallo solicitó que ‘De la Rúa fuera condenado a seis años de prisión’.
El ex presidente  en su alegato final le pidió a  los jueces que : “Dicten una sentencia ejemplarizadora, que al absolverme restablezca mi dignidad y la confianza en la Justicia”.

El juez en lo contencioso administrativo federal Pablo Cayssials rechazó hoy una medida cautelar presentada por el fiscal José Campagnoli para que sea restituido en su cargo tras ser suspendido en su cargo por presunto mal desempeño.

Campagnoli sigue suspendido

El magistrado no hizo lugar a la petición de Campagnoli de ser restituido en su cargo quien fuera suspendido por un Jury de Enjuiciamiento.

La Cámara Federal de Casación Penal avaló hoy la prueba que se utilizó para investigar al exempleado de la Fundación Madres de Plaza de Mayo Sergio Schoklender

La Cámara de Casación avaló las pruebas en la investigación contra Sergio Schoklender

BUENOS AIRES.- La Sala IV del Tribunal no hizo lugar a un planteo de la defensora oficial de Sergio Schoklender, Perla Martínez, de declarar nulas gran cantidad de pruebas en el expediente en donde meses atrás la Cámara Federal declaró nulo su procesamiento y apartó al juez Norberto Oyarbide del caso.

La defensa de  Sergio Schoklender había pedido la nulidad "del allanamiento llevado a cabo en su domicilio, de la recolección de la prueba por ser deficiente, de las declaraciones testimoniales por la falta de notificación, de los informes dictaminados por los organismos que prestaron colaboración, de los balances y estados contables aportados por la Fundación Madres de Plaza de Mayo", entre otras pruebas.

"Tampoco el recurrente, alcanzó a demostrar el agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior que le genera la decisión dictada por el a quo, a efectos de equipararla a un pronunciamiento de carácter definitivo y habilitar así la intervención de esta Cámara", dijeron los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Gemignani.

Sergio Schoklender, así como otra gran cantidad de personas, había sido procesado por Oyarbide por asociación ilícit
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lunes, 23 de diciembre de 2013

Diez asesinos de la CNU, a juicio oral.

ARGENTINA

Por Daniel Cecchini y Alberto Elizalde Leal

Con pedido de extradición. Beatriz Arenaza y Daniel Ullúa. A juicio oral. Los imputados Gustavo Demarchi y Pedro Asaro

Lo resolvió el juez federal marplatense Santiago Inchausti, en una causa que los imputa como miembros de una asociación ilícita y autores de ocho homicidios cometidos en esa ciudad.
Casi cuatro décadas después de ocurridos los hechos, la justicia federal marplatense dio un paso histórico al elevar a juicio oral, por primera vez en el país desde la recuperación de la democracia, una causa relacionada con el accionar de la Concentración Nacional Universitaria (CNU). Se trata de la causa N° 13.793, caratulada ?Averiguación de delito de acción pública (CNU)?, que tiene como acusados a diez integrantes de esa organización de ultraderecha que operó como brazo represivo ilegal del Estado antes del golpe del 24 de marzo de 1976 y muchos de cuyos miembros operativos se sumaron luego a los grupos de tareas de la dictadura.
La decisión fue tomada por el titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3 de Mar del Plata, Santiago Inchausti, y la elevación a juicio involucra al ex fiscal Gustavo Demarchi, José Luis Granel (a) Pepé, Juan Carlos Asaro (a) Juanca, Luis Roberto Coronel, Roberto Alejandro Justel, Mario Ernesto Durquet, Raúl Rogelio Moleón, Juan Pedro Asaro (a) Piero, Marcelo Arenaza y Fernando Alberto Otero.
A los acusados se les imputa los delitos de asociación ilícita y homicidio calificado en perjuicio de Enrique Elizagaray, Guillermo Enrique Videla, Jorge Enrique Videla, Jorge Lisandro Videla, Bernardo Alberto Goldemberg (todos ellos asesinados el 21 de marzo de 1975, en una operación que la CNU marplatense denominó ?5 x 1?), de Daniel Gasparri y Jorge Stoppani (asesinados el 25 de abril de 1975), y de María del Carmen Maggi (asesinada el 9 de mayo de 1975).

Crímenes de lesa humanidad. A pesar del tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos, la elevación a juicio fue posible debido a que el juez Inchausti consideró que se trata de crímenes de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles. Se trata de una consideración de singular importancia, no sólo para esta causa sino porque sienta jurisprudencia para los múltiples procesos relacionados con los delitos cometidos por la Concentración Nacional Universitaria, la mayoría de ellos radicados en juzgados federales de Mar del Plata y de La Plata.
En ese sentido, el fallo cita la resolución del Tribunal de Alzada, que señaló que ?la investigación de la Concentración Nacional Universitaria sólo reviste interés para esta causa, en la medida que ese acuerdo delictivo formó parte de un ataque sistemático y generalizado contra una parte de la población civil en el contexto del terrorismo de Estado?.
Además, el Tribunal de Alzada caracterizó con claridad la estofa de las acciones de la CNU, equiparándolas con las de la Alianza Anticomunista Argentina (Triple A): ?Se afirmó la existencia de grupos paramilitares o parapoliciales con identidad de objetivos que atacaron en forma sistemática a opositores políticos de tendencia de izquierda bajo el amparo de estructuras del Estado, lo cual es suficiente para reforzar la hipótesis de que el accionar de la CNU no era aislado sino que se hallaba en sintonía con el accionar de otros grupos que respondían a una misma política de Estado. Ello ?al decir de los camaristas? independientemente de que se logren acreditar vinculaciones operativas entre ambos grupos para la ejecución de los hechos?.
La elevación a juicio también tuvo en cuenta las consideraciones de la Cámara Federal en el sentido que ?el objeto procesal se encuentra delimitado a investigar un período de tiempo determinado del acuerdo delictivo del que formaron parte no sólo los miembros de la Concentración Nacional Universitaria sino también personas estrechamente vinculadas a esa organización. Es decir, que la presente investigación no se corresponde con el momento de formación y disolución de la asociación ilícita, sino con esta específica conformación y un modo particular de funcionamiento derivado de su actuación a través de las estructuras del Estado y sus relaciones con otros componentes del sistema de represión ilegal?. Y que la ?particular estructura organizativa de funcionamiento de la asociación ilícita en el período de tiempo investigado en esta causa (...) obedeció al modo en que pasó a llevarse a cabo la política estatal de persecución sistemática de opositores políticos a nivel nacional, que hasta entonces no se había servido de instrumentos legales que acompañaran el accionar de los grupos paraestatales fomentados o tolerados por el propio Estado, uno de los cuales era, precisamente, la Concentración Nacional Universitaria?. Y que ?fue en el marco de esa institucionalidad concebida para ejecutar el plan de exterminio, que varios miembros de la Concentración Nacional Universitaria, o estrechamente ligados a esa agrupación, pasaron a integrarse a las estructuras del Estado, desde donde actuó la asociación ilícita investigada en la causa?.
La resolución del juez cita también múltiples testimonios recogidos por la Fiscalía que demuestran que los grupos de tareas de la CNU actuaban con protección policial. Según el fiscal, ?aquellos que presenciaron el accionar de quienes irrumpieran en los domicilios de las víctimas, coincidieron en mencionar cómo los grupos ingresaban a la viva voz de ?policía?, extremo que le otorgaba la falsa apariencia de legitimidad en la que se amparaban?. Y agrega que, por lo tanto, ?puede advertirse que la organización ilícita enmascarada en CNU, operativamente, se hallaba debidamente cubierta; y no sólo eso, sino que el hecho de haber estado amparada por las fuerzas de seguridad, ante los actos delictivos atribuidos, demuestra que la agrupación contó con un apoyo fundamental y estratégico para actuar con la impunidad demostrada en los hechos que aquí se investigan?.

Justicia, no para todos. Demarchi, Granel, los dos hermanos Asaro, Coronel, Justel, Durquet, Moleón, Arenaza y Otero deberán sentarse en el banquillo de los acusados el año próximo, cuando se lleve a cabo el esperado juicio oral. Mientras tanto, otros imputados en la causa escaparon de manera momentánea o definitiva a la acción de la Justicia.
Nicolás Caffarello y Oscar Héctor Corres están, hasta ahora, con falta de mérito, aunque en el caso de éste último, la resolución del juez fue revocada por el tribunal superior, que devolvió las actuaciones a Inchausti requiriéndole un nuevo pronunciamiento. Por otra parte, Fernando Delgado, Eduardo Salvador Ullúa y Raúl Arturo Viglizzo se encuentran prófugos, con pedido de captura internacional, mientras que Beatriz Arenazza y Daniel Ullúa están detenidos en España, donde la justicia de ese país debe resolver los pedidos de extradición que pesan sobre ellos.
A su vez, Patricio Fernández Rivero (a) El Manco ?uno de los jefes históricos de la CNU? tiene suspendido el proceso judicial en virtud de un dictamen forense sobre su salud mental. Finalmente, Ricardo Oliveros, José Catuogno y José Luis Piatti nímenes: murieron antes de pagarlos.

domingo, 22 de diciembre de 2013

La Justicia federal recibió una denuncia contra la presidente Cristina Fernández de Kirchner, para que se la investigue por la presunta comisión de diversos delitos, en el marco de los saqueos registrados en los últimos días a partir de las protestas policiales en gran parte del país.

Un dirigente peronista presentó una causa penal contra la Jefe de Estado por los graves incidentes que se produjeron en el país
Saqueos: denunciaron a CFK por homicidio culposo

La presentación, del empresario y dirigente peronista Juan Mussa, fue radicada en el juzgado de Julián Ercolini, en los tribunales federales porteños, se supo hoy de fuentes del caso.

Allí pide que "se investigue la posible comisión de homicidio culposo agravado, abandono de personas, incumplimiento de los deberes de funcionario público yviolación a la Constitución Nacional y leyes de ética pública".

Y solicitó que se rescate de "los archivos del Senado de la Nación" la "declaración de la Presidente sobre los graves hechos que estaban aconteciendo el 18 de diciembre de 2001", antes de la caída de Fernando De la Rúa.

Según Mussa "la entonces senadora dijo que 'dada la situación anómica que ofrece el gobierno nacional y en virtud de la circunstancia de saqueo y caos que el Poder Ejecutivo no puede ni sabe resolver, es imprescindible y urgente que el Dr. Fernando De la Rúa presente su renuncia a la Presidencia de la Nación y entregue el gobierno de manera perentoria. De lo contrario, será responsable de las dramáticas consecuencias que provoca esta impotencia de gestión'". 

miércoles, 18 de diciembre de 2013

En el día de hoy, el abogado del empresario Lázaro Báez, Juan Pablo Gregori, solicitó una medida cautelar para “resguardar la confidencialidad de la información contable, societaria y comercial” que según él mismo “se encuentra en poder de terceras personas” y “lucran con su difusión”.

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 La presentación busca cercenar el derecho individual a investigar, difundir y recibir información, consagrado como un derecho humano con jerarquía constitucional por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 
Según Báez, las notas publicadas en el diario La Nación por el periodista Hugo Alconada Mon se basan en datos contables que “deberían ser resguardados” por la Justicia.
La investigación exhibe negocios entre empresas de Báez y la familia Kirchner, propietaria de distintos hoteles en el sur del país. De acuerdo a la información a la que accedió el periódico, Báez alquiló habitaciones en los complejos que compraron los Kirchner a cambio de millonarios ingresos.
La Nación informó que dichos ingresos no fueron incluidos en las declaraciones juradas de Néstor y Cristina Kirchner. Esta mañana, esa versión fue desmentida por el secretario general de la Presidencia, Oscar Parrilli.
Según el abogado de Báez, las notas confirman que el periodista tuvo acceso a “ciertos contratos confidenciales firmados por Valle Mitre S.A.”.
Asimismo agrega que esa información sólo pudo haber sido conseguida en el contexto de “una verificación impositiva o que obran en poder del organismo recaudador en función de los deberes de información que pesan sobre los contribuyentes”.
“La información divulgada no es, ciertamente, de aquella que deba ser publicada, informada o certificada de algún modo ante los registros que controlan el normal funcionamiento de las sociedades comerciales”, agrega la presentación judicial.
Hasta ahora, Báez había cuestionado las informaciones periodísticas que lo imputaban como autor de distintos delitos. Es más, había utilizado su propio diario para desmentir las versiones. Sin embargo, este tipo de pedidos judiciales busca censurar el rol de la prensa en una sociedad democrática.