lunes, 23 de diciembre de 2013

Diez asesinos de la CNU, a juicio oral.

ARGENTINA

Por Daniel Cecchini y Alberto Elizalde Leal

Con pedido de extradición. Beatriz Arenaza y Daniel Ullúa. A juicio oral. Los imputados Gustavo Demarchi y Pedro Asaro

Lo resolvió el juez federal marplatense Santiago Inchausti, en una causa que los imputa como miembros de una asociación ilícita y autores de ocho homicidios cometidos en esa ciudad.
Casi cuatro décadas después de ocurridos los hechos, la justicia federal marplatense dio un paso histórico al elevar a juicio oral, por primera vez en el país desde la recuperación de la democracia, una causa relacionada con el accionar de la Concentración Nacional Universitaria (CNU). Se trata de la causa N° 13.793, caratulada ?Averiguación de delito de acción pública (CNU)?, que tiene como acusados a diez integrantes de esa organización de ultraderecha que operó como brazo represivo ilegal del Estado antes del golpe del 24 de marzo de 1976 y muchos de cuyos miembros operativos se sumaron luego a los grupos de tareas de la dictadura.
La decisión fue tomada por el titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3 de Mar del Plata, Santiago Inchausti, y la elevación a juicio involucra al ex fiscal Gustavo Demarchi, José Luis Granel (a) Pepé, Juan Carlos Asaro (a) Juanca, Luis Roberto Coronel, Roberto Alejandro Justel, Mario Ernesto Durquet, Raúl Rogelio Moleón, Juan Pedro Asaro (a) Piero, Marcelo Arenaza y Fernando Alberto Otero.
A los acusados se les imputa los delitos de asociación ilícita y homicidio calificado en perjuicio de Enrique Elizagaray, Guillermo Enrique Videla, Jorge Enrique Videla, Jorge Lisandro Videla, Bernardo Alberto Goldemberg (todos ellos asesinados el 21 de marzo de 1975, en una operación que la CNU marplatense denominó ?5 x 1?), de Daniel Gasparri y Jorge Stoppani (asesinados el 25 de abril de 1975), y de María del Carmen Maggi (asesinada el 9 de mayo de 1975).

Crímenes de lesa humanidad. A pesar del tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos, la elevación a juicio fue posible debido a que el juez Inchausti consideró que se trata de crímenes de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles. Se trata de una consideración de singular importancia, no sólo para esta causa sino porque sienta jurisprudencia para los múltiples procesos relacionados con los delitos cometidos por la Concentración Nacional Universitaria, la mayoría de ellos radicados en juzgados federales de Mar del Plata y de La Plata.
En ese sentido, el fallo cita la resolución del Tribunal de Alzada, que señaló que ?la investigación de la Concentración Nacional Universitaria sólo reviste interés para esta causa, en la medida que ese acuerdo delictivo formó parte de un ataque sistemático y generalizado contra una parte de la población civil en el contexto del terrorismo de Estado?.
Además, el Tribunal de Alzada caracterizó con claridad la estofa de las acciones de la CNU, equiparándolas con las de la Alianza Anticomunista Argentina (Triple A): ?Se afirmó la existencia de grupos paramilitares o parapoliciales con identidad de objetivos que atacaron en forma sistemática a opositores políticos de tendencia de izquierda bajo el amparo de estructuras del Estado, lo cual es suficiente para reforzar la hipótesis de que el accionar de la CNU no era aislado sino que se hallaba en sintonía con el accionar de otros grupos que respondían a una misma política de Estado. Ello ?al decir de los camaristas? independientemente de que se logren acreditar vinculaciones operativas entre ambos grupos para la ejecución de los hechos?.
La elevación a juicio también tuvo en cuenta las consideraciones de la Cámara Federal en el sentido que ?el objeto procesal se encuentra delimitado a investigar un período de tiempo determinado del acuerdo delictivo del que formaron parte no sólo los miembros de la Concentración Nacional Universitaria sino también personas estrechamente vinculadas a esa organización. Es decir, que la presente investigación no se corresponde con el momento de formación y disolución de la asociación ilícita, sino con esta específica conformación y un modo particular de funcionamiento derivado de su actuación a través de las estructuras del Estado y sus relaciones con otros componentes del sistema de represión ilegal?. Y que la ?particular estructura organizativa de funcionamiento de la asociación ilícita en el período de tiempo investigado en esta causa (...) obedeció al modo en que pasó a llevarse a cabo la política estatal de persecución sistemática de opositores políticos a nivel nacional, que hasta entonces no se había servido de instrumentos legales que acompañaran el accionar de los grupos paraestatales fomentados o tolerados por el propio Estado, uno de los cuales era, precisamente, la Concentración Nacional Universitaria?. Y que ?fue en el marco de esa institucionalidad concebida para ejecutar el plan de exterminio, que varios miembros de la Concentración Nacional Universitaria, o estrechamente ligados a esa agrupación, pasaron a integrarse a las estructuras del Estado, desde donde actuó la asociación ilícita investigada en la causa?.
La resolución del juez cita también múltiples testimonios recogidos por la Fiscalía que demuestran que los grupos de tareas de la CNU actuaban con protección policial. Según el fiscal, ?aquellos que presenciaron el accionar de quienes irrumpieran en los domicilios de las víctimas, coincidieron en mencionar cómo los grupos ingresaban a la viva voz de ?policía?, extremo que le otorgaba la falsa apariencia de legitimidad en la que se amparaban?. Y agrega que, por lo tanto, ?puede advertirse que la organización ilícita enmascarada en CNU, operativamente, se hallaba debidamente cubierta; y no sólo eso, sino que el hecho de haber estado amparada por las fuerzas de seguridad, ante los actos delictivos atribuidos, demuestra que la agrupación contó con un apoyo fundamental y estratégico para actuar con la impunidad demostrada en los hechos que aquí se investigan?.

Justicia, no para todos. Demarchi, Granel, los dos hermanos Asaro, Coronel, Justel, Durquet, Moleón, Arenaza y Otero deberán sentarse en el banquillo de los acusados el año próximo, cuando se lleve a cabo el esperado juicio oral. Mientras tanto, otros imputados en la causa escaparon de manera momentánea o definitiva a la acción de la Justicia.
Nicolás Caffarello y Oscar Héctor Corres están, hasta ahora, con falta de mérito, aunque en el caso de éste último, la resolución del juez fue revocada por el tribunal superior, que devolvió las actuaciones a Inchausti requiriéndole un nuevo pronunciamiento. Por otra parte, Fernando Delgado, Eduardo Salvador Ullúa y Raúl Arturo Viglizzo se encuentran prófugos, con pedido de captura internacional, mientras que Beatriz Arenazza y Daniel Ullúa están detenidos en España, donde la justicia de ese país debe resolver los pedidos de extradición que pesan sobre ellos.
A su vez, Patricio Fernández Rivero (a) El Manco ?uno de los jefes históricos de la CNU? tiene suspendido el proceso judicial en virtud de un dictamen forense sobre su salud mental. Finalmente, Ricardo Oliveros, José Catuogno y José Luis Piatti nímenes: murieron antes de pagarlos.

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