DURO REVES PARA EL JUEZ PONZ DE QUILMES Cámara de Casación revocó no solo el fallo, sino el juicio mismo contra este Semanario
La Cámara de Apelación y Garantías Departamental deSan Martín, en su función de Tribunal de Casación ‘ad hoc’ por la Ley 13.812, compuesto por los jueces doctoresJosé Angel Mari-naro, Solange Cambet y Carlos Julio Hermelo, se expidió finalmente ante la apelaciónpresentada ante la condena de que fuera víctima el director del semanario «Verdad e Investigación», el periodistaJorge Tronqui a manos del Juez de Garantías de QuilmesGuillermo Ponz, en la causa 5210 que le iniciara el ex concejal Angel Gallese.
Como se recordará, «Verdad e Investigación» fue el medio de prensa de Berazategui que logró desbaratar una maniobra de intrigas, mentiras y pagos comprando voluntades, que tuvo como eje a un supuesto ‘arrepentido’, que fue el ahora fallecidoRubén ‘Pampa’ Aicardi, y en los cuales estuvieron involucrados el concejal Gallese, la abogadaMónica Frade, y los periodistas Alberto Moya, Daniel Sueldo y Ulises Caballero. La maniobra había consistido en pagarle a Aicardi, quien era ludópata (jugador compulsivo) una suma de dinero, a cambio de que éste involucrara al intendente local, Juan José Mussi, en una serie de supuestos delitos. Aicardi recibió en la oportunidad, un cheque del Banco Provincia -de lacuenta personal de Angel Gallese- por $ 1.000 que fue cobrado por el ‘Pampa’ Aicardi, tras lo cual inicialmente había anunciado una serie de «revelaciones» que prometían barullo político en contra de Mussi.Sin embargo, Rubén Aicardi, a último momento, desestimó la maniobra y decidió declarar -aún en su propia contra- en el Juzgado de Quilmes, donde desenmascaró la maniobra urdida por varias personas -entre ellas las nombradas- y declaró haber recibido mil pesos a cambio de ensuciar a Mussi.Ante ésto, «Verdad e Investigación» publicó una serie de notas, desenmascarando la maniobra y dando cuenta de la verdad sobre el espinoso asunto, lo que llevó a Gallese a radicar una causa penal contra Tronqui (director del Semanario) terminando el asunto, en un juicio oral a manos del juez Ponz, quien manejó en forma pésima la instancia y terminó fallando en contra del medio de prensa, condenando a Tronqui y dándole la razón a Gallese.En plena audiencia oral, el periodista intentó explicar cómo había sido la investigación y hasta destacar que la copia del cheque en cuestión, ya obraba en manos de la Justicia, aunque en otro juzgado, pero Ponz no hizo lugar prácticamente al periodista, y terminó ejecutándolo por «calumnias e injurias»... La causa -obvio- fue apelada por la defensa de Tronqui, y para evitar suspicacias de cualquier tipo, fue derivada al Tribunal de Casación del partido de San Martín.Finalmente, los jueces Marinaro, Cambet y Hermelo, tras un profundo análisis de la causa, emitieron su fallo -sin precedentes- dado que no solo revocó la condena impuesta por Ponz, sino que directamente revocó el juicio, con duros cuestionamientos al magistrado quilmeño por su actuación en el juicio. LOS CONSIDERANDOSEntre las llamativas determinaciones de los jueces, se lee a fs. 197 del fallo, un punto importante que el periodista Jorge Tronqui había reclamado en el juicio, aunque sin ser escuchado por el juez. La denuncia publicada por el semanario «Verdad e Investigación», era contra un concejal deBerazategui, es decir un funcionario público -representativo- por lo que. según el Código Penal,debía ser Gallese quien hubiera tenido que demostrar su inocencia, pero, tal como se expidieron los jueces, «de la simple lectura del fallo, surge que se invierte la carga de la prueba, colocando al querellado (Tronqui) como culpable por ‘mendaz’ para tener que demostrar su inocencia, lo cual resulta violatorio del artículo 18 de la Constitución Nacional». En otra parte del extenso fallo de la Cámara de Apelación y Garantías erigido en Tribunal de Casación de San Martín, en alusión a la actuación del juez Ponz, los jueces destacan que «El Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires debe ver que se demuestre la existencia en la valoración de la prueba, y lo cierto es que la parte recurrente, ha logrado evidenciar la existencia de absurdo en la determinación de la falsedad de la imputación que el a quo estimó realizada por Tronqui en perjuicio de Gallese o al menos, ello se vislumbra con lo que surge de las constancias que en copia certificada, acompañara la defensa y que obran en la IPP Nro. 271.161 que fuera oportunamente solicitada, y que tuvo su origen el 2/11/2005 como desprendimiento de la IPP Nro. 256.522» aludiendo así directamente a la existencia de la constancia del cheque emitido por Gallese, pagando a Aicardi $ 1.000, copia que obra -como se describe- en las citadas causas pero que en el juicio oral a Tronqui, el juez Guillermo Ponz no quiso citar pese al planteo del periodista director de «Verdad e Investigación». Sobre la sentencia afirmada por Ponz, el Tribunal de Casación destaca a fs. 198 que «la conclusión a la que arribó el sentenciante (juez Ponz) respecto a la inexistencia de los delitos que Tronqui le endilga al querellante Gallese, excede su competencia, toda vez que tal resolución debió ser deducida del resultado al que arribaran las investigaciones penales iniciadas para averiguar la verdad de tales hechos; ello así pues tal proceder configura un menoscabo de la garantía del juez natural, quien no efectuó precisión alguna acerca de su contenido o parcializó las pruebas obtenidas, para referirse solo a alguna de ellas» referido, obviamente, a que pese a estar la constancia del cheque en un juzgado también de Quilmes, aún así Ponz se apresuró a sentenciar a Tronqui sin esperar el resultado de la investigación sobre dicho pago a Aicardi.
Los magistrados entendieron que «en el pronunciamiento, se consideraron falsos los epítetos atribuidos al director del periódico ‘Verdad e Investigación’ solo en virtud de no haberse probado que el querellante (Gallese) ‘le había dado dádivas al Pampa Aicardi, para que declare contra Juan José Mussi’ obviando toda referencia a la prueba obrante en dichas investigaciones, de modo que el defecto que pesa sobre la comprobación de la falsedad de las imputaciones, no deriva solamente de la falta de ponderación d elementos esenciales sino de la desconexión entre las conclusiones arribadas en torno a ello, y los testimonios que daban cuenta de ello pero que fueron descalificadas en el debate». El Tribunal define que «no queda otra opción que casar el fallo por errónea aplicación de los arts. 210 y 373 del Código de Procedimiento Penal, en relación al art. 109 del Código Penal... exhibiendo un vicio de arbitrariedad que la deslegitima como acto jurisdiccional válido... pues las resoluciones judiciales deben ser motivadas, bajo sanción de nulidad. Y cuando carecen de la debida y adecuada motivación, las decisiones se encuentran viciadas de arbitrariedad y configuran una violación a las reglas del debido proceso». DURO REVESEl fallo de la Cámara de San Martín, constituye sin dudas, un resguardo a la Libertad de Expresión y fundamentalmente, a los derechos de cada ciudadano, a la vez que busca el esclarecimiento final del asunto, revocando no solo la condena aplicada por Ponz sino el juicio todo, ya que este Semanario había declarado ante distintas autoridades judiciales, la maniobra y el pago por parte de Gallese, para que Rubén Aicardi incrimine a Mussi en distintos supuestos hechos al margen de la ley. La estrategia fue elaborada, según lo declaró el propio ‘Pampa’ Aicardi, por Angel Gallese -concejal en ese momento- y la abogada quilmeña Mónica Frade, tras lo cual se reunieron con los periodistasAlberto Moya, Daniel Sueldo y Ulises Caballero, para que éstos «se encarguen» de la parte periodística de lo que definieron como «El Arrepentido». El propio Aicardi explicó sobre las reuniones, donde esta gente le proponía lo que tenía que denunciar públicamente contra el intendente de Berazategui, a cambio de dinero, y hasta cayeron en un programa televisivo de Canal 7 (ATC) cuyos productores, en la investigación llevada a cabo en la Justicia, declararon que, efectivamente, quienes se pusieron en contacto con ellos fueron los tres periodistas citados mas arriba. Aicardi no solo declaró, asumiendo su error, sobre cómo se urdió toda la trama, sino que reveló que Angel Gallese le pagó $ 1.000 a cuenta para que ataque «de acuerdo a lo convenido» y en la causa judicial, consta la copia del cheque, precisamente cobrado por el propio Rubén Aicardi.Todo ésto fue citado por Tronqui en el juicio oral ante el implacable juez Ponz, quien no hizo lugara los dichos de Tronqui e igual lo condenó, aunque ahora, a la luz de la decisión del Tribunal de Casación, quedó al descubierto -según los propios jueces determinantes- que Ponz actuó con abierta arbitrariedad y violando los derechos civiles y constitucionales del periodista Jorge Tronqui.Como suele decirse, «por fin un tiro para el lado de la Justicia...» y un respiro para la Libertad de Expresión. Viene el segundo capítulo, donde el protagonista pasa a ser el periodismo No ?
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