lunes, 30 de diciembre de 2013

Dora Molina participó del operativo que el MTP realizó en 1989. Tuvo dos fallos a favor para asumir el cargo, pero el TSJ revocó la sentencia.

Le prohíben trabajar en la Ciudad por haber estado en el copamiento a La Tablada

 

 Tuve dos fallos a favor y sin embargo nunca me reincorporaron. Clarín presentó un amparo contra la Ley de Medios y frenó su aplicación cuatro años", se queja Dora Molina. La mujer ganó en 2007 un concurso para ingresar en la planta permanente de la Agencia Recaudadora de la Ciudad (AGIP), pero su condena por haber participado del copamiento de La Tablada le impidió asumir el cargo y, a pesar de contar con decisiones favorables en primera instancia y la Cámara, hace pocos días el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño revocó las sentencias.
Transcurrieron más de 24 años desde que el Movimiento Todos por la Patria (MTP) intentó tomar el Regimiento de Ejército de La Tablada, y pasaron más de diez desde que el ex presidente interino Eduardo Duhalde indultó a quienes habían sido condenados por participar del hecho. Pero Molina aún padece las consecuencias de haber actuado, junto con Enrique Gorriarán Merlo y otros 80 militantes, un 23 de enero de 1989, con la supuesta intención de evitar un levantamiento carapintada.
En 2003, luego de cumplir con diez de los 15 años de condena que recibió y de haber sido incluida en el indulto declarado por Duhalde, Molina comenzó a trabajar en la Dirección General de Rentas de la Ciudad, renombrada AGIP años más tarde. En 2007, decidió presentarse a un concurso para incorporarse a la planta permanente del organismo. "Sabía que iba a tener que pelearla", reconoce Molina, aunque nunca imaginó que ese "pelearla" iba a significar pasar por todas las instancias judiciales de la Ciudad y luego intentar llegar a la Corte Suprema. En 2007, las condiciones de admisibilidad para quienes pretendieran ser empleados de la administración pública porteña estaban reguladas por el artículo 7 de la Ley 471. “Quienes hubieran sido condenados por delito doloso o por delito contra la Administración Pública" estaban impedidos de ingresar a la planta permanente del gobierno capitalino.
Con el patrocinio de la Defensoría del Pueblo porteña, Molina planteó que la norma "obstaculizaba la resocialización del condenado, estigmatizándolo y sometiéndolo a un nuevo castigo, es decir, a una doble punición, y que por ende era contraria a los principios que surgen" de la Constitución Nacional, de la Convención Americana de  Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Por eso, pidió que la cláusula fuera declarada inconstitucional. Mientras la causa estaba en la justicia, la Legislatura porteña modificó la ley y prohibió el ingreso de las personas que estuvieran procesadas o condenadas por "delito contra la Administración Pública", pero quitó la restricción para los delitos dolosos. 
El magistrado Roberto Gallardo, que al momento de la presentación subrogaba por la licencia de Patricia López Vergara el juzgado Contencioso Administrativo y Tributario número 6, rechazó el pedido para aplicar la nueva normativa, pero decidió que la vieja era "inconstitucional" y ordenó que Molina fuera incorporada "como empleada de planta permanente".
El gobierno decidió apelar el fallo y el expediente pasó a la Cámara, que confirmó la decisión de que Molina fuera reincorporada, aunque anuló la declaración de inconstitucionalidad. La reacción del Ministerio Público fue la misma y la causa llegó al Tribunal Superior de Justicia porteño.
El máximo órgano judicial de la Ciudad rechazó, en un fallo dividido, la demanda de Molina, y por eso Sol Blasco, abogada del Área de Seguridad Ciudadana y Violencia Institucional de la Defensoría, decidió llevar el caso hasta la Corte Suprema. "Planteamos que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia es arbitraria porque no se expide sobre el planteo. La Ley 471 era tan anticonstitucional que fue modificada con objeciones sobre esa índole", explicó. "Creemos que hay cuestiones federales y garantías constitucionales que están afectadas. Y pedimos que se declare la inconstitucionalidad de la vieja ley o aplique la nueva", completó la abogada para justificar la intervención de la Corte. "Lo que padecí fue una limitación completamente arbitraria, una doble condena", lamentó Molina.

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