martes, 31 de enero de 2012

Buenos Aires: Mesas Informativas por Famatina y contra Ley Antiterrorista.


Domingo 5.

Hora: A determinar.

Lugar: Plaza Italia, calles 7 y 44, diagonal 77 y diagonal 74. Ciudad de La Plata.

Motivo: Recolección de firmas para continuar con la campaña de repudio a los proyectos de megaminería a cielo abierto que realizan e intentan llevar adelante empresas trasnacionales en nuestra cordillera de Los Andes, y para solidarizarnos con los ambientalistas que fueron detenidos e imputados bajo la Ley Antiterrorista sancionada por el oficialismo en diciembre pasado.

Reseña: Expresaremos nuestra solidaridad con el pueblo riojano que se opone a la explotación en el cerro Famatina, protegiendo su territorio de la destrucción, contaminación y saqueo. Consideramos estratégica esta lucha que el pueblo argentino viene desplegando de punta a punta del país y rechazamos la explotación de minerales con los métodos contaminantes, ya que destruyen las fuentes de agua en uno de los ecosistemas semidesérticos de mayor fragilidad del país. En ese marco, exigimos la derogación de la Ley de Inversiones Mineras y normas complementarias que impuso el menemismo en la década del ’90 y que el kirchnerismo mejoró en beneficio de las trasnacionales. Por otra parte, pedimos que inmediatamente se derogue la Ley Antiterrorista sancionada por el kirchnerismo en el Congreso Nacional para cumplir con exigencias del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), controlado por los Estados Unidos; iniciativa enviada a la Cámara baja por la presidenta Cristina Fernández que contaba con el rechazo de organismos de derechos humanos, asociaciones civiles, organizaciones sociales y figuras del derecho como el juez de la Corte Suprema, Raúl Zaffaroni. A las desafortunadas declaraciones de los gobernadores de San Juan, José Luis Gioja, que comparó a los asambleístas con los nazis y de La Rioja, Luis Beder Herrera, que juró que la megaminería a cielo abierto y con uso de cianuro no contamina, ahora se sumó la aplicación de la Ley Antiterrorista Nacional y Popular. Utilizando el artículo 213 bis del Código Penal, incluido dentro de ese marco legal, el fiscal provincial subrogante de Catamarca, Julio Landivar, imputó a 9 ambientalistas (que ya fueron liberados). Al momento de su detención, los manifestantes realizaban un bloqueo selectivo y pacífico contra los camiones y proveedores de la minera La Alumbrera en el departamento de Santa María, Catamarca. Cuando fueron liberados, la Policía les hizo firmar un acta que los obliga a no hablar con la prensa bajo pena de revocarles la libertad. En tanto, recordamos que el corte contra los camiones que trasportan materiales de la empresa minera en Belén ya lleva casi dos semana y ahora se sumó otra manifestación de iguales características sobre la ruta 40, en la entrada de Amaicha del Valle, provincia de Tucumán. Quienes luchamos por el respeto de nuestro medio ambiente y por la vida, en contra de la entrega de nuestro patrimonio a empresas trasnacionales, no somos terroristas. Por tal motivo, exigimos la nulidad de la imputación a los ambientalistas y exhortamos al gobierno nacional a una urgente derogación de la Ley Antiterrorista, porque claramente atenta contra derechos consagrados en nuestra Constitución Nacional. El orden jurídico: El Código Penal de la Nación establece en su Capítulo V "Otros atentados contra el orden público": "ARTICULO 213 bis. - Será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este código, tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación". Por su parte, la reciente Ley Antiterrorista 25.886 establece en su artículo séptimo una modificatoria al artículo 33 del Código Procesal Penal de la Nación. El mismo establece cuál es la competencia federal y debe aplicarse a hechos que sucedan en una ruta nacional como la 40. Allí se incorpora justamente el artículo 213 bis del Código Penal, que reprime las agrupaciones terroristas.

Convoca – Contacto: Movimiento Libres del Sur y del Movimiento Universitario Sur - 0221-154096120 // 0221-154950771

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