El secretario de la presidencia de Uruguay, Alberto Breccia, anunció que “el señor presidente ha decidido [que]se dicte un decreto por el cual se revoca, por razones de ilegitimidad, todos los actos administrativos dictados por el Poder Ejecutivo contemplados” en el artículo 3 de la legislación mencionada.
Asimismo, indicó que la Justicia “requerirá al Poder Ejecutivo que informe, dentro del plazo perentorio de treinta días de recibida la comunicación, si el hecho investigado lo considera comprendido” en la Ley de Caducidad de Pretensión Punitiva del Estado.
La normativa se encuentra vigente desde 1986. El reclamo histórico de los partidos que conforman el Frente Amplio es derogarla, pero ha sido respaldada por dos referéndums: uno en 1989 y otro en 2009. En 2011, fue declarada parcialmente inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia para que se investigara un caso particular conocido como “Fusilados de Soca”.
Uruguay ha sido continuamente criticado por no poder saldar cuentas con la Justicia en el tema de Derechos Humanos. La Comisión de la OEA encargada de ese ítem la declara “incompatible con el artículo XVIII (Derecho de justicia) de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y los artículos 1, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos” desde 1993.
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