lunes, 18 de octubre de 2010

Carpinetti en el Barrio El Molino.

Barrio El Molino – Proyecto de Comunicación
VISTO:
Que los reiterados reclamos no son escuchados por las autoridades correspondientes los vecinos del Complejo Habitacional El Molino 2, barrio San Rafael, barrio La Sirena y Lomas de Mte Verde, piden soluciones inmediatas haciendo llegar este pedido al concejal Sr. Julio Carpinetti.
Entubamiento del sanjon que nace en el arroyo las Piedras continuando paralelas a las ex vías del ferrocarril cruzando así los barrios mencionados, luminarias, veredas y arreglo de las calles: Diagonal 1 (barrio San Rafael), Belgrano entre Falucho y Alvear (barrio El Molino), Larrea, calle 12 (barrio La Sirena), Sta Maria de Oro entre Franklin y Rió de Janeiro, Rió de Janeiro entre Las Heras y Sta Maria de Oro.
Considerando:
Que es responsabilidad del Departamento Ejecutivo escuchar y dar soluciones a estos reclamos.
Que los vecinos así como cumplen con sus obligaciones de pagar impuestos tienen sus derechos a reclamar lo que es justo para el bienestar de la comunidad.
Que el pedido de entubamiento del sanjon es por seguridad e higiene de todos los vecinos ya que hay roedores y todo tipo de basura lo cual los días de lluvia se desborda y todo sale a la superficie trayendo así todo tipo de enfermedades a niños como a todos en general, impidiendo también el trancito peatonal y el acceso a escuelas ,trabajos y todas las rutinas diarias que debe cumplir cada vecino.
Que las luminarias en condiciones son importantes por seguridad a todos los vecinos
Que por lo intransitables que están las calles es urgente las refacciones de estas es indispensable y urgente la realización de veredas, principalmente el pasillo que es lindero al Club deportivo La Sirena y las viviendas del Complejo Habitacional 2 por el cual transitan las personas para tener acceso de la calle 57ª a la calle Falucho.
Por todo lo expuesto anteriormente este bloque eleva el siguiente;
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
-Art 1°: Solicitar al departamento ejecutivo respuesta inmediata a los vecinos de los mencionados barrios.
-Art 2°: De forma

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